muretti escribió:Dos opciones: coleccionismo y uso.
Para coleccionismo se debe de acreditar que eres coleccionista y demas amen de que vas a adquirir dos piezas en un año. Despues de ahi, lo que tu bolsillo te permita pero ojo solo coleccionismo.
Para uso, el primer paso es acreditar ser coleccionista pues es requisito que este primeramente inscrito el revolver y después solicitar autorización para su uso. Se hara la guia correspondiente y dandose de baja este del libro pues el fin de tenencia de este no es para colección. En caso de solicitud de uso, no se exige la compra del 2º
Yo en eso no estoy de acuerdo.
No es que haya dos opciones, es que la segunda opción presupone la primera. Me explico.
Para coleccionista: 1º se debe acreditar que eres coleccionista y demás papeleo, así como que 2º vas a adquirir dos piezas en un año.
Para uso: 1º se debe acreditar que eres coleccionista y demás papeleo, incluido lo de que que 2º vas a adquirir dos piezas en un año. Una vez tenemos la 3º autorización de coleccionista de réplicas (ACR o LCR), tenemos que 4º inscribir un arma al menos en el libro, 5º federarse o ser socio de un club, y 6º solicitar la AER. Con la AER concedida, 7º solicitar la expedición de guía para las armas que se vayan a usar sin que ello suponga que se den de baja en el libro.
El artículo 4 y el 6 de la Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre, por la que se desarrolla el régimen aplicable a las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas dice
Artículo 4. Requisitos.
1. En la solicitud de reconocimiento de la condición de coleccionista de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas deberá aportarse la siguiente documentación:
Asimismo, deberá acreditarse lo siguiente:
a) Titularidad de un mínimo de 2 reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas. En el supuesto de pretender obtener la condición de coleccionista respecto a una sola reproducción o réplica, deberá firmarse una declaración comprometiéndose a adquirir otra reproducción o réplica durante el año inmediatamente siguiente al reconocimiento de la condición de coleccionista.
Artículo 6. Revocación.
La vigencia de la condición de coleccionista de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas estará condicionada al mantenimiento de los requisitos previstos. El artículo 8 y el 10 de la Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre, por la que se desarrolla el régimen aplicable a las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas dice
Artículo 8. Requisitos.
En la solicitud para la obtención de la autorización especial de uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas se deberá aportar la siguiente documentación:
(...)
Asimismo, deberá acreditarse lo siguiente:
a) Inscripción de las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas en el libro-registro.
Artículo 10. Revocación.
La vigencia de la autorización especial de uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas estará condicionada al mantenimiento de los requisitos previstos, (...)Si uno de los requisitos para ser coleccionista (y tener el Libro donde inscribir las armas) es tener al menos dos armas, y es obligatorio para serlo el mantenimiento de los requisitos previstos, se perdería tal condición por revocación si en el plazo de un año no se adquiere una segunda arma.
Si uno de los requisitos es la vigencia de la autorización especial de uso es el mantenimiento de los requisitos previstos, y uno de los requisitos es la
inscripción de las armas en el libro de coleccionista 1º si no se cumple el requisito de la 2ª arma, se pierde la condición de coleccionista
y el libro por tanto, y
2º carece de sentido decir que al expedir la guía el arma se dará de baja en el libro, porque desaparecería la inscripción. Otra cosa es que se deje nota en el libro de que se le ha expedido guía, pero sin dar de baja la inscripción.
De todos modos, y aunque a mi ese argumento me resulta convincente, como cosas más raras se han visto yo he formulado una consulta a la ICAE para que se aclare esa cuestión porque me parece bastante importante, ya que puede dar lugar a revocaciones de las autorizaciones de uso.
Por otra parte como todavía no pueden expedir las guías, hay tiempo para averiguarlo.