Permiso especial para adquirir municion en armeria

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esenciapura
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Permiso especial para adquirir municion en armeria

Mensajepor esenciapura » 22 Abr 2009 14:09

Buenas, esta mañana he presentado en mi IA la solicitud para obtener este permiso. Me gustaría saber si alguien lo tiene cuanto le ha tardado y las pegas o requisitos que le han impuesto, así como lo que conlleva la adquisición de ese permiso, se que podré (si me lo conceden) compro municion en armeri ahasta el cupo que me pongan , pero ¿podré almacenar en casa mas de 150 cartuchos? , el propio interventor me dice que tiene que revisar la legislación.:8:8:8

Si alguien me puede ayudar se lo agradecería.

Un saludo.

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Oscar1975
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RE: Permiso especial para adquirir municion en armeria

Mensajepor Oscar1975 » 22 Abr 2009 15:50

En cuanto a cuanto tarda nada te puedo decir, y en cuanto a la cantidad de cartuchos que puedes almacenar, solo decirte que no puedes almacenar más de los que te indica el artículo 212 del R.Explosivos:

1. Los titulares de licencias para armas largas rayadas podrán adquirir únicamente hasta 1000 cartuchos anuales por arma, presentando la guía de pertenencia, en la cual la armería estampará, por cada adquisición, la siguiente anotación: Vendidos X cartuchos, consignando la fecha de entrega y sello oficial correspondiente.

En ningún caso se podrá tener en depósito un número superior a 200 cartuchos.

2. Sólo podrán adquirirse 100 cartuchos anuales por arma corta, presentando la guía de pertenencia, en la cual la armería efectuará la anotación a que se alude en el apartado anterior. El número de cartuchos que pueden tenerse en depósito para arma corta no será superior a 150.

Oscar.
ESPERANDO LA BAJA DE ARMAS.ES

esenciapura
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RE: Permiso especial para adquirir municion en armeria

Mensajepor esenciapura » 22 Abr 2009 16:31

Gracias por tu respuesta, y perdona mi insistencia, sé que no puedo tener más de 200 cartuchos de arma larga y 150 de arma corta, por tanto si tengo una carbina y una pistola del 22, puedo tener en casa hasta 350 cartuchos, que desde mi punto de vista es suficiente para ir a entrenar en un momento puntual que te apetezca.
La pregunta es cual es el requisito que tengo que cumplir para que me lo concedan, por que en Madrid, me dicen por teléfono que no suele haber problemas y en mi IA me han puesto una cara esta mañana como si fuera imposible.:? Por esto quiero estar preparado para una posible reclamación. :((
Yo entiendo que cumpliendo el no poder transportar mas de 150 cartuchos y no almacenar más de 350 no debo tener problemas no?.
Si alguien tiene este permiso me podría decir si le pidieron algo en especial o algun requisito nuevo.
Muchas gracias.

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RE: Permiso especial para adquirir municion en armeria

Mensajepor xload » 23 Abr 2009 11:25

esenciapura, lo estasentendiendo mal, el reglamento dice:

En ningún caso se podrá tener en depósito un número superior a 200 cartuchos.

Es el numero de cartuchos metalicos que peudes almacenar en total, no por arma ni calibre.
  

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luis32
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RE: Permiso especial para adquirir municion en armeria

Mensajepor luis32 » 23 Abr 2009 11:47

Pues en mi intervencion de armas NO admiten ningun aumento de cupo de ningun tipo..no se si esto es legal o no..pero nunca lo han aprobado.
  Responsabilidad y diversión para todos Â Â 

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RE: Permiso especial para adquirir municion en armeria

Mensajepor esenciapura » 23 Abr 2009 20:11

Gracias por las aclaraciones, yo creía que al igual qeu puedes adquirir hasta 1000 cartuchos con la guia de la carabina y hasta 100 con la guia del arma corta, total 1150 cartuchos que puedes adquirir en la armería, con el almacenamiento ocurría igual, por que si fueran de diferente calibre sí sería posible hacerlo.:_(

De todas formas gracias.

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RE: Permiso especial para adquirir municion en armeria

Mensajepor esenciapura » 26 Abr 2009 10:38

xload, comentarte que en el curso de recarga, confirmaron que puedo tener 200 cartucho para arma larga y 150 para arma corta, con el razonamiento que si son de diferente calibre puedo tenerlos y si son del mismo calibra, pues tambien. Haber si puedo consultarlo en la IA y que nos lo confirmen.

un saludo.

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RE: Permiso especial para adquirir municion en armeria

Mensajepor Divemaster » 27 Abr 2009 04:21

El tiempo que tardan en concederte la autorización especial para la adquisición de cartuchería es bastante relativo, aunque la media está en torno al mes y medio - dos meses. Te suelen decir que te llamarán cuando lo tengan para que lo recogas (no lo harán, así que pasados un par de meses pasate por allí a recogerlo que seguro que ya lo tienen)

En cuanto a pegas... depende: si eres un deportista federado y has pedido una ampliación para comprarte .22 o 9mm es raro que te pongan alguna pega; si eres policía y quieres la munición para entrenar con tu arma reglamentaria o particular, entonces te pueden pedir que lo demuestres (manda huevos) por ejemplo siendo socio de algún club de tiro.

Un saludo
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RE: Permiso especial para adquirir municion en armeria

Mensajepor casull454 » 27 Abr 2009 13:44

[citando a: luis32]
Pues en mi intervencion de armas NO admiten ningun aumento de cupo de ningun tipo..no se si esto es legal o no..pero nunca lo han aprobado.


Yo diría que tu intervención está obligada a admitirlo a trámite. Otra cosa es que te lo concedan o no.

El particular que desee adquirir anualmente cartuchos en número superior al establecido, ha de estar provisto de un permiso especial expedido por la Dirección General de la Guardia Civil, solicitado por conducto de la Intervención de Armas.

El personal en posesión de licencia "F", podrá adquirir para su consumo un número ilimitado de cartuchos siempre que lo haga en las propias instalaciones de las Federaciones y sin que pueda sacarlos del recinto de las mismas. Las Federaciones adoptarán las medidas de control adecuadas para evitar que dichos cartuchos puedan salir al exterior.

Si el personal en posesión de licencias "F", fuera del supuesto anterior, deseara adquirir anualmente mayor cantidad de cartuchos que los cupos establecidos anteriormente, ha de estar provisto de un permiso especial expedido por la Dirección General de la Guardia Civil y solicitado a la Intervención Central de Armas y Explosivos.


http://www.guardiacivil.org/quesomos/organizacion/operaciones/icae/cartuchos.jsp


Saludos.
La culpa es del IPSC.


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