
Nueva comunicacion sobre licencia "D"
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Re: Nueva comunicacion sobre licencia "D"
Esto me recuerda las palabras del presidente sobre las renovables en España. "En España habra renovables Si o Si.." Pues la ICAE igual, los que mejor salen paradas son las federaciones ya que cualquier tirador de "D" a partir de ahora tiene que sacarse la "F" para competir o subir de categoría y meter armas, lo que significa mas ingresos para las federaciones. De hay que esten calladitas... 


Re: Nueva comunicacion sobre licencia "D"
Los órganos administrativos pueden dirigir Instrucciones de Servicio a sus unidades subordinadas, pero la ICAE no es un Organo Administrativo sino una unidad de caracter Tecnico, no juridico, de apoyo tecnico y caracter consultivo a los órganos superiores del Ministerio. No tiene competencias en materia de interpretación del Reglamento de Armas, que están atribuidas a la CIPAE.
LA ICAE es competente, por ejemplo, apara asesorar a la CIPAE sobre si un determinado arma, en base a sus caracteristicas técnicas debe clasifi arse como automatica, o si un instrumento debe ser considerado arma peligrosa, pero está emitiendo dictámenes netamente jurídicos sin competencia para ello.
No os deslumbreis con las estrellas del coronel. La ICAE ejerce funciones administrativas y en el Ambito administrativo tiene rango de jefatura de servicio.
Invito a reflexionar sobre ello
Saludos.
LA ICAE es competente, por ejemplo, apara asesorar a la CIPAE sobre si un determinado arma, en base a sus caracteristicas técnicas debe clasifi arse como automatica, o si un instrumento debe ser considerado arma peligrosa, pero está emitiendo dictámenes netamente jurídicos sin competencia para ello.
No os deslumbreis con las estrellas del coronel. La ICAE ejerce funciones administrativas y en el Ambito administrativo tiene rango de jefatura de servicio.
Invito a reflexionar sobre ello
Saludos.
Re: Nueva comunicacion sobre licencia "D"
Reyi66 escribió:Los órganos administrativos pueden dirigir Instrucciones de Servicio a sus unidades subordinadas, pero la ICAE no es un Organo Administrativo sino una unidad de caracter Tecnico, no juridico, de apoyo tecnico y caracter consultivo a los órganos superiores del Ministerio. No tiene competencias en materia de interpretación del Reglamento de Armas, que están atribuidas a la CIPAE.
LA ICAE es competente, por ejemplo, apara asesorar a la CIPAE sobre si un determinado arma, en base a sus caracteristicas técnicas debe clasifi arse como automatica, o si un instrumento debe ser considerado arma peligrosa, pero está emitiendo dictámenes netamente jurídicos sin competencia para ello.
No os deslumbreis con las estrellas del coronel. La ICAE ejerce funciones administrativas y en el Ambito administrativo tiene rango de jefatura de servicio.
Invito a reflexionar sobre ello
Saludos.
Si algún compañero ha visto alguna respuesta de la ICAE a alguna consulta, habrá observado que la ICAE nunca cita la norma que ampara sus competencias para contestar. Hace unos días no remitió un informe jurídico relativo a la prohibición de competir con rifles guiados en D, pero ese informe no dice en qué norma basa su competencia para emitirlo ¿sabeis por qué? Pues porque no tienen competencia para ello.
Lo dicho, no os deslumbren las estrellas, con nosotros la ICAE realiza funciones ADMINISTRATIVAS, y su rango administrativo es una jefatura de servicio. Respeto mucho a los sacerdotes, pero el rito lo marca el Papa, y ellos solo cantan misa.
Saludos
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