CASO DE ÉXITO DE ANARMA (2014/001)

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PA_Willy
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Re: CASO DE ÉXITO DE ANARMA (2014/001)

Mensajepor PA_Willy » 20 Mar 2014 23:25

pacopi escribió:Sin animo de polemizar, creo que yo no retuerzo ningun hecho, y que en realidad por tu parte no has entendido nada, o no sabes como funciona el tramite de concesión de Licencias de Armas................................. me explico:


Es curioso que pones en duda todo lo aportado por la organización que ha llevado el recurso administrativo, que ha iniciado el hilo, que ha narrado lo sucedido y que ha aportado el último escrito. Sólo tienes que leerlo para entender cuál fue desde el inicio la postura de la ICAE. Está todo en el primer post.

Y es evidente, que ha habido un cambio de criterio de la autoridad gubernativa y de la IA. Después de varias negativas cambian de parecer sin nuevas pruebas ni circunstancias a las ya alegadas.

Conozco el procedimiento. No veo en qué forma lo que tú describes contradice lo que he escrito yo. Todos sabemos que la autoridad gubernativa (que desconoce la materia concreta), se deja asesorar por las IA,s y suele resolver en el mismo sentido. Igual que hacen en muchos otros asuntos como las infracciones a la 1/92.

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pacopi
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Re: CASO DE ÉXITO DE ANARMA (2014/001)

Mensajepor pacopi » 20 Mar 2014 23:46

PA_Willy escribió:
pacopi escribió:Sin animo de polemizar, creo que yo no retuerzo ningun hecho, y que en realidad por tu parte no has entendido nada, o no sabes como funciona el tramite de concesión de Licencias de Armas................................. me explico:


Es curioso que pones en duda todo lo aportado por la organización que ha llevado el recurso administrativo, que ha iniciado el hilo, que ha narrado lo sucedido y que ha aportado el último escrito. Sólo tienes que leerlo para entender cuál fue desde el inicio la postura de la ICAE. Está todo en el primer post.

Y es evidente, que ha habido un cambio de criterio de la autoridad gubernativa y de la IA. Después de varias negativas cambian de parecer sin nuevas pruebas ni circunstancias a las ya alegadas.

Conozco el procedimiento. No veo en qué forma lo que tú describes contradice lo que he escrito yo. Todos sabemos que la autoridad gubernativa (que desconoce la materia concreta), se deja asesorar por las IA,s y suele resolver en el mismo sentido. Igual que hacen en muchos otros asuntos como las infracciones a la 1/92.


Si lees mi post anterior lo entenderás.

En los casos de Licencias E, la I.C.A.E. no interviene para nada
, que yo recuerde lo hace en las Licencias B y F, que se reserva para sí.

En cuanto a lo expuesto por la organización, honestamente creo que hay algo que no sabemos.

Saludos

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PA_Willy
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Re: CASO DE ÉXITO DE ANARMA (2014/001)

Mensajepor PA_Willy » 21 Mar 2014 00:18

pacopi escribió:Si lees mi post anterior lo entenderás.

En los casos de Licencias E, la I.C.A.E. no interviene para nada
, que yo recuerde lo hace en las Licencias B y F, que se reserva para sí.

En cuanto a lo expuesto por la organización, honestamente creo que hay algo que no sabemos.

Saludos


Vamos a ver, la solicitud de la licencia E se hace en la IA correspondiente. Esta IA, recopilará los documentos necesarios, entre ellos un certificado de antecedentes penales (no policiales), justificante de tasas, etc.

Lo que hace esa IA es comprobar si, además, figura alguna otra circunstancia que permita informar negativamente sobre la solicitud de renovación. Entre otras, de forma sistemática (opinión nuestra aparte), están incluyendo cualquier anotación que pueda ser considerada un antecedente policial desfavorable (justo el caso actual). A continuación, remiten el expediente de licencia/renovación a la autoridad gubernativa que debe resolver.

¿Cómo dices que la IA no participa en el trámite-concesión?

Las solicitudes para la licencia E se presentan en las IA,s de turno. No directamente en Delegaciones/Subdelegaciones del Gobierno.

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pacopi
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Re: CASO DE ÉXITO DE ANARMA (2014/001)

Mensajepor pacopi » 21 Mar 2014 00:30

PA_Willy escribió:
pacopi escribió:Si lees mi post anterior lo entenderás.

En los casos de Licencias E, la I.C.A.E. no interviene para nada
, que yo recuerde lo hace en las Licencias B y F, que se reserva para sí.

En cuanto a lo expuesto por la organización, honestamente creo que hay algo que no sabemos.

Saludos


Vamos a ver, la solicitud de la licencia E se hace en la IA correspondiente. Esta IA, recopilará los documentos necesarios, entre ellos un certificado de antecedentes penales (no policiales), justificante de tasas, etc.

Lo que hace esa IA es comprobar si, además, figura alguna otra circunstancia que permita informar negativamente sobre la solicitud de renovación. Entre otras, de forma sistemática (opinión nuestra aparte), están incluyendo cualquier anotación que pueda ser considerada un antecedente policial desfavorable (justo el caso actual). A continuación, remiten el expediente de licencia/renovación a la autoridad gubernativa que debe resolver.

¿Cómo dices que la IA no participa en el trámite-concesión?

Las solicitudes para la licencia E se presentan en las IA,s de turno. No directamente en Delegaciones/Subdelegaciones del Gobierno.


Hola de nuevo........................

Esta intervención tuya me reafirma en que no conoces el tramite para la obtención/renovación de una Licencia de Armas, y no quiero ofenderte con esta frase, por supuesto.

La I.C.A.E a la que yo me refiero es la Intervención Central de Armas y Explosivos, que se encuentra en Madrid, y que en realidad es "la jefa" de las Intervenciones de Armas donde el ciudadano tramita sus solicitudes.

Esta ICAE, como te explicaba yo anteriormente, no interviene en las concesiones o denegaciones de Licencias tipo E, ya que delegó esa competencia en los Subdelegados del Gobierno en las distintas provincias (los antiguamente conocidos como Gobernadores Civiles), y por lo tanto tampoco suele ver los recursos contra las denegaciones de estas Licencias, sino que esos recursos son vistos o bien por la misma Subdelegación (recurso de reposición), o bien por el Magistrado correspondiente si se acude al Contencioso.

Espero haberme explicado mejor en esta ocasión.

Saludos

kapap
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Re: CASO DE ÉXITO DE ANARMA (2014/001)

Mensajepor kapap » 21 Mar 2014 16:40

No creo que ANARMA diga cosas que no son ciertas. En todo caso las aclaraciones de pacopi dejan cierta duda que simplemente colgando los escritos que presento ANARMA quedarian claras.

Y por experiencia propia os digo que por mucho escrito amenazante que se envie a una administracion los informes tecnicos en los que se basan siempre ponen la coletilla de "salvo superior parecer" con lo cual para probar una prevaricacion en via administrativa solo cabe tener la ayuda del "Dios". Eso lo digo porque aqui rapidamente se dice denuncia por prevaricacion y al final en un caso que conozco en mi familia y de fondo parecido hubo que indemnizar al funcionario denunciado (presunto prevaricador). Luego comentandolo con alumnos me entere como funciona realmente el tema y a partir de ahi me cambio la imagen idilica de la razon y la justicia.

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Re: CASO DE ÉXITO DE ANARMA (2014/001)

Mensajepor PA_Willy » 21 Mar 2014 16:45

pacopi escribió:Hola de nuevo........................

Esta intervención tuya me reafirma en que no conoces el tramite para la obtención/renovación de una Licencia de Armas, y no quiero ofenderte con esta frase, por supuesto.

La I.C.A.E a la que yo me refiero es la Intervención Central de Armas y Explosivos, que se encuentra en Madrid, y que en realidad es "la jefa" de las Intervenciones de Armas donde el ciudadano tramita sus solicitudes.

Esta ICAE, como te explicaba yo anteriormente, no interviene en las concesiones o denegaciones de Licencias tipo E, ya que delegó esa competencia en los Subdelegados del Gobierno en las distintas provincias (los antiguamente conocidos como Gobernadores Civiles), y por lo tanto tampoco suele ver los recursos contra las denegaciones de estas Licencias, sino que esos recursos son vistos o bien por la misma Subdelegación (recurso de reposición), o bien por el Magistrado correspondiente si se acude al Contencioso.

Espero haberme explicado mejor en esta ocasión.

Saludos


En primer lugar, las IA,s territoriales son organización periférica de la ICAE. Pero a nivel administrativo y de instrucción de expdientes es una misma entidad. Por eso la ICAE participa en el caso actual de la primera solicitud desestimativa decretada por la IA de Barcelona:

Es por ello que procedemos a elaborar un recurso ante su Intervención de Armas, recurso que una vez resuelto por ICAE (su Intervención de Armas sólo realiza la instrucción) se muestra DESFAVORABLE A LA CONCESIÓN DE LICENCIA.


Es la ICAE la que tiene la competencia. Delega en su organización periférica (IA,s provinciales).

En segundo lugar, si como dices, es un recurso presentado ante la Subdelegación del Gobierno frente a una resolución de la IA/ICAE no es un recurso de reposición sino de alzada, dado que el primero puede interponerse ante resoluciones que pongan fin a la vía administrativa (no era nuestro caso), mientras que el segundo (nuestro caso) se presenta ante el órgano superior al que dictó el primer acto administrativo (en este caso, la Subdelegación del Gobierno frente a la IA provincial). Si el recurso fuera contra una resolución de la Subdelegación del Gobierno y presentado ante el mismo órgano poniendo fin a la vía administrativa, entonces sí estaríamos frente a un recurso de reposición. Aclarémonos.

En tercer lugar, me gustaría saber dónde se dice que la ICAE tenía la competencia para otorgar esta licencia y la ha delegado en las Subdelegaciones del Gobierno... La competencia para otorgar esta licencia es de las Subdelegaciones:

Concesión y vigencia
Las licencias de armas tipo E serán concedidas por los Subdelegados del Gobierno y por los Delegados del Gobierno en Ceuta y Melilla, teniendo una vigencia de 5 años.


https://www.guardiacivil.es/es/servicio ... rmase.html

Porque además, la ICAE no puede delegar nada en este sentido ante las Subdelegaciones dado que no existe dependencia jerárquica de ningún tipo de la segunda hacia la primera (fundamental para cualquier delegación de funciones, como bien sabes).

Y cuarto, las licencias B y F, las otorga el Director General de la Guardia Civil, no la ICAE. Habrá informe previo, naturalmente, como lo hay por las IA,s en la licencia E que otorgan las Subdelegaciones del Gobierno. Pero el ICAE, no tiene facultades administrativas en el otorgamiento o no, de las licencias de armas. Si quieres te enumero sus funciones.

Y tranquilo, no me ofendes.

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Re: CASO DE ÉXITO DE ANARMA (2014/001)

Mensajepor demoniotasmania » 21 Mar 2014 17:02

Felicidades a ANARMA y al socio que por fin puede tener su licencia pese al intento de no dársela. :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla:
¡Aman más sus armas y sus caballos que a la propia vida! Crónica romana sobre los antiguos hispanos y su apego a sus armas, símbolos de su libertad. ANARMA Socio 499 http://anarma.org/

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Re: CASO DE ÉXITO DE ANARMA (2014/001)

Mensajepor kernelsuse » 21 Mar 2014 17:41

ANARMA escribió:Ante este resultado y sabiendo que la ley es clara en este aspecto (sólo se podrá denegar la licencia en caso de ANTECEDENTES PENALES FIRMES Y POR DELITOS DOLOSOS O DE SANGRE), decidimos remitir un nuevo escrito a la Subdelegación del Gobierno en Barcelona, AVISANDO que su conducta es claramente PREVARICADORA, es decir, están dictando una resolución a sabiendas que es injusta, como bien nos detalla el artículo 404 del código penal. Especificamos en nuestro último recurso la figura penal y las penas asociadas al mismo.
[/img]


1º Enhorabuena a Anarma.

Permitirme una pregunta:
¿Y por qué en lugar de un tercer recurso no se le sienta en un tribunal a alguien para que se le condene por prevaricación?

Me parece que les ha salido barato prevaricar y por eso siguen...
EL DOCUMENTAL QUE NO QUIEREN QUE VEAS
https://youtu.be/3PLwzxqlEoE
EN ESPAÑA NO HAY DEMOCRACIA
https://youtu.be/teXgD2lX4IM
APROBADA LEY QUE PERMITE PORTAR ARMAS
https://youtu.be/R2JP-7WyoCs
ENTREVISTA ANARMA
https://www.ivoox.com/12206234

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Re: CASO DE ÉXITO DE ANARMA (2014/001)

Mensajepor senecancan » 27 Mar 2014 14:20

Intervengo solamente para aclarar a PA_Willy su afirmación de que no es posible la delegación de competencias entre órganos de la misma administración cuando no hay dependencia jerárquica.

El Art. 13.1 de la Ley 30/1992 (por abreviar) del Procedimiento Administrativo Común establece lo que sigue: Copio y pego.

"Los órganos de las diferentes Administraciones públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o de las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de aquéllas."

Y sobre el tema de este hilo, yo supongo que el interesado ha ido a renovar su licencia E, anticipadamente a su caducidad. Asi, las Intervenciones de Armas pueden conceder una autorización temporal hasta que se resuelva el expediente o por tres meses como máximo. Con el tema de esos antecedentes (que no lo son) la ha denegado. A esa denegación se recurre y la Intervención envía el recurso (interpretando que es de alzada y quitándose un "muerto" de encima) a su órgano superior: La ICAE, quien también la deniega - estamos hablando de la autorización temporal-.

Por fin la Subdelegación del Gobierno también deniega la renovación de la licencia E, otorgando plazo para recurso de reposición y admitiendo, posteriormente, que las argumentaciones presentadas en ese recurso (previamente informadas por el órgano instructor) desvirtúan su anterior resolución y concediendo la licencia, por fin.

Todo es muy lioso y difícilmente explicable para un ciudadano sin experiencia (que no la tiene que tener) en procedimiento administrativo. Pero así son las cosas en este país. Saludos

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Re: CASO DE ÉXITO DE ANARMA (2014/001)

Mensajepor Branigan » 18 Abr 2014 22:06

Sea como fuere, la cosa ha salido bien. Dadas las circunstancias sociales que estamos viviendo en estos momentos y dadas las situaciones que se producen en el tema de las armas, haber conseguido algo, ya es mucho.
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