Con el objeto de informar a nuestros socios y simpatizantes de los logros de la asociación, periódicamente iremos publicando en nuestra página de FACEBOOK las resoluciones administrativas y judiciales en las que hayamos intervenido. El objetivo es doble, por una parte, dar a conocer nuestra labor, y por otra informar de situaciones, que a buen seguro sufrirán muchos de nuestros compañeros y amigos, para que conozcan sus derechos en materia de armas.
Inauguramos esta nueva sección con el caso de un socio, al que llamaremos SOCIO DE ANARMA, que en el año 2009 tiene un altercado con un vecino en la vía pública. En el mismo no se producen agresiones de ningún tipo, solamente voces altisonantes y algunas supuestas amenazas. Esta situación acaba con la aparición de la Policía local de la localidad que procede a la identificación de SOCIO DE ANARMA y el vecino.
No produce denuncia alguna por ninguna de las partes y se actúa por tanto de Oficio celebrándose juicio de faltas al respecto del incidente en fecha 29/10/2009 fallando su señoría en Absolución de nuestro asociado y asumiendo las costas causadas de oficio.
En el 2014 el SOCIO DE ANARMA procede a la renovación de su licencia de armas tipo E en su Intervención de Armas de Barcelona. Resultándole DENEGADA por poseer antecedentes POLICIALES. Inmediatamente se pone en contacto con la asociación. Quien en nuestro departamento jurídico se le indica que los antecedentes policiales no son motivo de denegación de licencia y que además estos prescriben a los SEIS meses. Aunque en cualquier caso aunque NO estuviesen prescritos, NO LE PUEDEN DENEGAR LA LICENCIA POR ANTECEDENTES POLICIALES.
Es por ello que procedemos a elaborar un recurso ante su Intervención de Armas, recurso que una vez resuelto por ICAE (su Intervención de Armas sólo realiza la instrucción) se muestra DESFAVORABLE A LA CONCESIÓN DE LICENCIA.
A continuación procedemos a realizar un recurso ante la Subdelegación del Gobierno en Barcelona. Siendo el resultado del mismo también DESFAVORABLE a la concesión de licencia de SOCIO DE ANARMA.
Ante este resultado y sabiendo que la ley es clara en este aspecto (sólo se podrá denegar la licencia en caso de ANTECEDENTES PENALES FIRMES Y POR DELITOS DOLOSOS O DE SANGRE), decidimos remitir un nuevo escrito a la Subdelegación del Gobierno en Barcelona, AVISANDO que su conducta es claramente PREVARICADORA, es decir, están dictando una resolución a sabiendas que es injusta, como bien nos detalla el artículo 404 del código penal. Especificamos en nuestro último recurso la figura penal y las penas asociadas al mismo.
El resultado de este último escrito es la resolución FAVORABLE a SOCIO DE ANARMA, como se puede ver en el documento que adjuntamos.
Por razones de LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos) se omiten datos de carácter personal y otros que permitan identificar a SOCIO DE ANARMA.
