Mensajepor 44LARGO » 10 May 2013 06:16
Hola
Se entiende que sí se puede, ya que para eso están la guías de circulación y transporte aéreo nacional o extranjero, que no sólo se utilizan cuando vendemos armas. Sirven para transportar armas, sin más.
Tendrías que llevar a la IA un modelo 790 con una tasa de guía de circulación pagada, depositar tu arma en un embalaje adecuado, avisar y pagar a Seur o similar indicando la IA de destino.
Y luego para la vuelta, lo mismo, pero al revés.
De todas formas lo mejor es que preguntes en tu IA, por que lo mismo vas a recogerla a la intervención de destino y te dicen que no te la entregan si no tienes armero en el lugar de vacaciones, si el arma está en D o en F. Nunca sabe uno por donde van a salir y conviene tenerlo todo atado y bien atado ANTES.
Ss
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44LARGO el 10 May 2013 06:24, editado 1 vez en total.