En alguna ocasión, cuando he tenido que guiar en F , un arma nueva o guiada anteriormente en otro tipo de licencia, en mi IA me han exigido un certificado de mi federación, que acredite que el arma en cuestión es válida como arma de concurso. Y ahora viene la pregunta, ¿alguien puede decirme, en que apartado del reglamento de armas dice que es necesario el citado certificado?.
He leído en el reglamento, sobre la distancia mínima exigible(130mm.) que tiene que haber entre punto de mira y alza, pero no he leído nada sobre la necesidad de tener que aportar un certificado federativo.
Espero que alguien pueda aclararme esta duda .
Gracias y un saludo.
ACREDITACIí“N DE ARMA DE CONCURSO.
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Re: ACREDITACIÓN DE ARMA DE CONCURSO.
Buenas!
Que yo sepa, en ninguno. Pero como la orden que regula las armas consideradas de concurso especifica una serie de condiciones, en función de la modalidad a que está destinada, quien mejor que la federación correspondiente para certificar que ese arma, ya guiada en F, sigue cumpliendo con los parámetros establecidos. Por otro lado, con las últimas reformas de procedimiento administrativo, quizás algún día nos acepten una declaración responsable...
No se lo digas a nadie, pero una vez leí que una federación o club no cobraba por el certificado.
Quizás sea leyenda urbana...
Saludos
Que yo sepa, en ninguno. Pero como la orden que regula las armas consideradas de concurso especifica una serie de condiciones, en función de la modalidad a que está destinada, quien mejor que la federación correspondiente para certificar que ese arma, ya guiada en F, sigue cumpliendo con los parámetros establecidos. Por otro lado, con las últimas reformas de procedimiento administrativo, quizás algún día nos acepten una declaración responsable...
No se lo digas a nadie, pero una vez leí que una federación o club no cobraba por el certificado.

Saludos
- marchoso
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Re: ACREDITACIÓN DE ARMA DE CONCURSO.
Saludos Compañero.
Son los artículos 136 y 140 del 137/93 derogado por el 976/2011.
Aparte de las circulares 1715/2011 del 13 de junio y 56/2011 del 13 de enero.
En definitiva se han currado el sustento de las retribuciones económicas de los certificados.
Un saludo
Son los artículos 136 y 140 del 137/93 derogado por el 976/2011.
Aparte de las circulares 1715/2011 del 13 de junio y 56/2011 del 13 de enero.
En definitiva se han currado el sustento de las retribuciones económicas de los certificados.
Un saludo

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Re: ACREDITACIÓN DE ARMA DE CONCURSO.
Buenas!
Gracias, Marchoso.
Por cierto, se puede obtener copia de las circulares mencionadas?
Saludos
Gracias, Marchoso.
Por cierto, se puede obtener copia de las circulares mencionadas?
Saludos
- grafitti
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Re: ACREDITACIÓN DE ARMA DE CONCURSO.
marchoso escribió:Saludos Compañero.
Son los artículos 136 y 140 del 137/93 derogado por el 976/2011.
Aparte de las circulares 1715/2011 del 13 de junio y 56/2011 del 13 de enero.
En definitiva se han currado el sustento de las retribuciones económicas de los certificados.
Un saludo
joer...permiteme:








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Re: ACREDITACIÓN DE ARMA DE CONCURSO.
Te puedo facilitar toda la respuesta de la ICAE.
Ya que en anarma intentemos eliminar los dichosos certificados cuando hay un BOE publicado de armas de concurso.
Un saludo
Ya que en anarma intentemos eliminar los dichosos certificados cuando hay un BOE publicado de armas de concurso.
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Re: ACREDITACIÓN DE ARMA DE CONCURSO.
Buenas!
Si está colgado en la página de ANARMA ya me vale. Tener constancia de las circulares de la ICAE es casi tan necesario - a veces más - como el conocimiento del RA.
Saludos
Si está colgado en la página de ANARMA ya me vale. Tener constancia de las circulares de la ICAE es casi tan necesario - a veces más - como el conocimiento del RA.
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- marchoso
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Re: ACREDITACIÓN DE ARMA DE CONCURSO.
Pues es tan simple como manifestar que al no ser documento público no se te puede aplicar, simplemente es una indicación interna de ellos.
Un saludo
Un saludo

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Re: ACREDITACIÓN DE ARMA DE CONCURSO.
Gracias por la pronta respuesta.
Un saludo.
Un saludo.
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Re: ACREDITACIÓN DE ARMA DE CONCURSO.
Buenas!
Coincido, pero el que no coincide suele ser el guardia que tengo al otro lado del mostrador. Y eso que en mi IA son de lo más razonable del mundo.
Saludos
marchoso escribió:Pues es tan simple como manifestar que al no ser documento público no se te puede aplicar, simplemente es una indicación interna de ellos.
Un saludo
Coincido, pero el que no coincide suele ser el guardia que tengo al otro lado del mostrador. Y eso que en mi IA son de lo más razonable del mundo.
Saludos
Re: ACREDITACIÓN DE ARMA DE CONCURSO.
marchoso escribió:Pues es tan simple como manifestar que al no ser documento público no se te puede aplicar, simplemente es una indicación interna de ellos.
Un saludo
Vamos, que no es mas que otro atropello mas de nuestros derechos llevado a cabo por el caudillo del ICAE. Este caudillo que en una especie de mini golpe de estado, se salta las leyes a la torera e intenta imponer su criterio a golpe de circular interna. Y para mas inrri, no hay ningún funcionario honesto en el ICAE ni en las IAS, que se atrevan a contradecir al susodicho caudillo denunciando ante las instituciones esta situación a todas luces ilegal.
Un saludo.
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