pacopi escribió:Hola de nuevo........................
Esta intervención tuya me reafirma en que no conoces el tramite para la obtención/renovación de una Licencia de Armas, y no quiero ofenderte con esta frase, por supuesto.
La I.C.A.E a la que yo me refiero es la Intervención Central de Armas y Explosivos, que se encuentra en Madrid, y que en realidad es "la jefa" de las Intervenciones de Armas donde el ciudadano tramita sus solicitudes.
Esta ICAE, como te explicaba yo anteriormente, no interviene en las concesiones o denegaciones de Licencias tipo E, ya que delegó esa competencia en los Subdelegados del Gobierno en las distintas provincias (los antiguamente conocidos como Gobernadores Civiles), y por lo tanto tampoco suele ver los recursos contra las denegaciones de estas Licencias, sino que esos recursos son vistos o bien por la misma Subdelegación (recurso de reposición), o bien por el Magistrado correspondiente si se acude al Contencioso.
Espero haberme explicado mejor en esta ocasión.
Saludos
En primer lugar, las IA,s territoriales son organización periférica de la ICAE. Pero a nivel administrativo y de instrucción de expdientes es una misma entidad. Por eso la ICAE participa en el caso actual de la primera solicitud desestimativa decretada por la IA de Barcelona:
Es por ello que procedemos a elaborar un recurso ante su Intervención de Armas, recurso que una vez resuelto por ICAE (su Intervención de Armas sólo realiza la instrucción) se muestra DESFAVORABLE A LA CONCESIÓN DE LICENCIA.
Es la ICAE la que tiene la competencia. Delega en su organización periférica (IA,s provinciales).
En segundo lugar, si como dices, es un recurso presentado ante la Subdelegación del Gobierno frente a una resolución de la IA/ICAE no es un recurso de reposición sino de alzada, dado que el primero puede interponerse ante resoluciones que pongan fin a la vía administrativa (no era nuestro caso), mientras que el segundo (nuestro caso) se presenta ante el órgano superior al que dictó el primer acto administrativo (en este caso, la Subdelegación del Gobierno frente a la IA provincial). Si el recurso fuera contra una resolución de la Subdelegación del Gobierno y presentado ante el mismo órgano poniendo fin a la vía administrativa, entonces sí estaríamos frente a un recurso de reposición. Aclarémonos.
En tercer lugar, me gustaría saber dónde se dice que la ICAE tenía la competencia para otorgar esta licencia y la ha delegado en las Subdelegaciones del Gobierno... La competencia para otorgar esta licencia es de las Subdelegaciones:
Concesión y vigencia
Las licencias de armas tipo E serán concedidas por los Subdelegados del Gobierno y por los Delegados del Gobierno en Ceuta y Melilla, teniendo una vigencia de 5 años.
https://www.guardiacivil.es/es/servicio ... rmase.htmlPorque además, la ICAE no puede delegar nada en este sentido ante las Subdelegaciones dado que no existe dependencia jerárquica de ningún tipo de la segunda hacia la primera (fundamental para cualquier delegación de funciones, como bien sabes).
Y cuarto, las licencias B y F, las otorga el Director General de la Guardia Civil, no la ICAE. Habrá informe previo, naturalmente, como lo hay por las IA,s en la licencia E que otorgan las Subdelegaciones del Gobierno. Pero el ICAE, no tiene facultades administrativas en el otorgamiento o no, de las licencias de armas. Si quieres te enumero sus funciones.
Y tranquilo, no me ofendes.