licencia de armas A

Técnicas y tácticas de tiro para profesionales de la seguridad
Yvan5
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Re: licencia de armas A

Mensajepor Yvan5 » 15 May 2021 08:19

Aunque las intervenciones de uno de los "contertulios" de este hilo no puedo (ni me apetece) leerlas porque lo tengo como ignorado, os cuento mi caso porque creo que puede ser interesante.

- Con licencia A desde 1983, federado desde 1984 (con algún parón de un par de años por temas de trabajo fuera).
- En un momento determinado paso al mundo del funcionariado civil y pierdo la licencia A, por lo que tengo que pasar toda mi "ferralla" a F.
- En ese momento no se me pide nada, se canjean las guías directamente (todo lo que tenía era guiable en F) con los certificados correspondientes de la federación en su caso.
- Unos años después vuelvo a mi antiguo trabajo y recupero la A, con lo que - y es algo que nunca entenderé por qué lo hice - vuelvo a pasar mis armas a esa licencia. Tampoco hay ningún problema para el canje de las guías.
- Pero como todo tiene su final, tres años más tarde acaba mi vida laboral y vuelvo a pedir el canje de las guías a F, y SORPRESA... como constaba en mi expediente que había perdido la licencia F unos años antes, y a pesar de haber mantenido la actividad deportiva e incluso ascendido a 1ª, tuve que hacer el examen correspondiente.
- En ningún caso se me pidió nigún reconocimiento ni médico ni psicológico.

Es decir, el mismo caso, dos tratamientos distintos

En cuanto a lo del canje de las licencias, IT 11/17 del ET menciona, entre los cometidos del Negociado de Documentación (punto 2.4) "f) Efectuar las autorizaciones para cambios de titularidad de las armas y canje a guías de
pertenencia documentadas con licencia de armas civil. "

Y ya en el índice el punto 8.4 se titula CANJE DE GUÍA MILITAR A CIVIL y el 8.5 CANJE DE GUÍA CIVIL A MILITAR

Luego, las guías se canjean, y si alguien se tuvo que examinar para pasar un arma de A a F... es que no se leyó las normas o los que tenían que hacer el trámite no la conocían..

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Re: licencia de armas A

Mensajepor orion14 » 15 May 2021 10:26

Asi es. Ahora mismo ni tendrías que examinarte de nuevo para F al hacer la interpretación referente a las licencias D y E extensiva.
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Re: licencia de armas A

Mensajepor waikinin » 15 May 2021 11:36

El compañero orion14 tiene toda la razón en lo explicado.
No hay más.

DavidNaroca
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Re: licencia de armas A

Mensajepor DavidNaroca » 19 May 2021 00:26

Leído el Hilo, me gustaría me resolvieran una duda o mejor dicho, me confirmaran un dato.

La licencia A creo que no se obtiene como licencia tal como sucede con el resto, "creo" y aquí es donde me surge la duda, que va vinculada a la TIM (Tarjeta de Identificación Militar)

Un soldado raso tiene una TIM y usa armamento militar... ¿Tiene entonces licencia A, o es solo para l escala de suboficiales en adelante esta licencia?

Mi caso es que pregunte a mi IA y me dijo que a pesar de haber sido militar profesional yo no he tenido Licencia A pues eso solo para suboficiales y oficiales y tendría que pasar las pruebas si quería una licencia E.

Si alguien sabe decirme a ciencia cierta si la licencia A es solo para suboficiales o como está vincula a la TIM en función de su rango, se lo agradecería.. (ya es por curiosidad)

Saludos :saluting-soldier:

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Re: licencia de armas A

Mensajepor waikinin » 19 May 2021 00:30

Compañero, esto es lo que dice el artículo 114 del Reglamento de Armas:

“Artículo 114.

1. Al personal que a continuación se indica, siempre que se encuentre en servicio activo o disponible, le será considerada como licencia A su tarjeta de identidad militar o carné profesional:

a) Oficiales Generales, Oficiales Superiores, Oficiales, Suboficiales Superiores, Suboficiales y sus asimilados del Ejército de Tierra, de la Armada, del Ejército del Aire y de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas y los Cabos Primeros especialistas veteranos de la Armada.”

waikinin
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Re: licencia de armas A

Mensajepor waikinin » 19 May 2021 00:32

Repetido.

DavidNaroca
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Re: licencia de armas A

Mensajepor DavidNaroca » 19 May 2021 07:27

Muchas gracias Waikinin.. Queda bastante claro.!

Salu2

Lendaaaaaa
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Re: licencia de armas A

Mensajepor Lendaaaaaa » 26 Jul 2021 20:38

Gracias a los que contestaron, me ha servido mucho la informacion que hay en este hilo

oskariuskarius
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Re: licencia de armas A

Mensajepor oskariuskarius » 02 Abr 2022 05:26

empapándome del hilo me surgen unas dudas:

-Teniendo la A puedes adquirir armas de la B, D y E y guiarlas como tal, pero puedes o no puedes cazar?
-Teniendo la A, como está el tema de tiro deportivo (me refiero a club de tiro), IPSC, etc? tienes que examinarte de todo, nada, algo? (para obtener la F?)
-Qué es la "guía A-TDE" que he leído por ahí? Algún tipo de guia A ampliada de federativa y/o deportiva?

Gracias

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Re: licencia de armas A

Mensajepor orion14 » 17 May 2022 20:00

oskariuskarius escribió:empapándome del hilo me surgen unas dudas:

-Teniendo la A puedes adquirir armas de la B, D y E y guiarlas como tal, pero puedes o no puedes cazar?
-Teniendo la A, como está el tema de tiro deportivo (me refiero a club de tiro), IPSC, etc? tienes que examinarte de todo, nada, algo? (para obtener la F?)
-Qué es la "guía A-TDE" que he leído por ahí? Algún tipo de guia A ampliada de federativa y/o deportiva?

Gracias


La licencia de armas no suple a la licencia de caza ni a la de tiro deportivo.

Por un lado está la licencia de armas. En este caso "A" con la que puedes guiar armas que (de no poseerla) estuviesen amparadas con la B, la D y la E. Para cazar con las armas largas guiadas con "A" aparte de la licencia de armas deberas estar en posesión de la licencia de caza que expiden las comunidades autónomas.
Para practicar tiro deportivo puedes guiar con la "A" tantas armas como tu categoría deportiva te permita. Para eso debes estar federado en una federación de tiro olímpico.

Por otro lado están las guías. Las guías "A-TDE" son las guias de armas de concurso amparadas con licencia A equivalentes a las guias de armas de concurso amparadas con licencia F.
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Re: licencia de armas A

Mensajepor BOTOGE » 21 May 2022 13:47

El personal que tiene licencia de armas tipo A, si pasa a situación distinta a la de activo, no tiene que examinarse para la licencia de armas tipo D o E.
Para la F, pues parece ser que hay Federaciones de Tiro que si hacen que pasen sus exámenes, pero no es cosa de la Guardia Civil.
Hay cuerpos que si tienes la A no permiten tener a la vez licencias de armas civiles (Ejército, Guardia Civil, creo que Policía Nacional también).
También hay la picaresca de personal que tiene la A que pasa a otra situaciòn distinta a activa y solicita que le den la F, si bien cuando se solicita su historial deportivo, resulta que nunca han participado en ninguna competición en su vida.

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Re: licencia de armas A

Mensajepor Mesillero » 21 May 2022 16:32

El personal que ha tenido licencias profesionales A, S, C. aunque no esté activo está exento de pasar las pruebas de capacitación de las licencias E y D. (siempre que lo pueda acreditar) en cambio un compañero PN. retirado por enfermedad que perdió la A y no le concedieron la B si se tuvo que examinar para la F.
lo dicho por orion14 va a Misa.

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Re: licencia de armas A

Mensajepor zzahinos » 21 May 2022 18:41

Es cierto q no se tiene q examinar, además lo digo a sabiendas q un amigo mio , inspector de policía nacional se jubilo este año pasado y tenia escopetas amparadas en la
Licencia A, al jubilarse las tubo q depositar , pero solicito las licencias de rifle y escopeta y le vinieron concedidas sin ningun tipo de examen asi q no cabenas
Vueltas , y el compañero si solicita la licencia de armas D y E y F , no tendra q examinarse para nada , y se ahorrara el tramite de tener q depositar sus armas el dia q se jubile

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Re: licencia de armas A

Mensajepor Manueles » 21 May 2022 22:14

Police95 escribió:Buenos días gente:
Tengo una dudilla, a ver si me la podéis solucionar
como sabéis la licencia de armas A tiene la eficacia de las licencias B,D y E.
mi caso es el de ser policial local, y cuando adquirí mi arma personal tuve solicitar autorización a la jefatura de mi cuerpo para la adquisición de la misma.
Mi duda es la siguiente: para la adquisición de cualquier otro arma que engloban las licencias D y E (carabinas, rifles o escopetas) también tendría que solicitar autorización a jefatura para su adquisición? o podría adquirirlas libremente como un particular cualquiera?

Un saludo y gracias de antemano. :D


---------------------------------------

No tienes que pedir autorizacion a nadie , solo un cerficado de que eres funcionario en activo.

tanto para la segunda arma corta de defensa , la primera se supone que te la adjudican

pero si tienes escopeta si tendras que examinarte de cazador en caso de que la utilices para ello.

------------------------------

RESUMIENDO el arma reglamentaria si quieren no te la prestan o ceden ,

pero el arma particular con A es un derecho del cual no te pueden impedir comprartela

te sorprenderias de la cantidad de jefecillos que se creen con derecho a supuestamente negartela

con el arma particular no puedes patrullar sencillamente por que te puedes comprar un 44 magnum

y no esta el horno para bollos.

-----------------------

Un juez si te puede suspender temporalmente del arma. dependiendo de la gravedad

de lo ocurrido.

Saludos

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Re: licencia de armas A

Mensajepor oskariuskarius » 24 May 2022 20:06

orion14 escribió:
oskariuskarius escribió:empapándome del hilo me surgen unas dudas:

-Teniendo la A puedes adquirir armas de la B, D y E y guiarlas como tal, pero puedes o no puedes cazar?
-Teniendo la A, como está el tema de tiro deportivo (me refiero a club de tiro), IPSC, etc? tienes que examinarte de todo, nada, algo? (para obtener la F?)
-Qué es la "guía A-TDE" que he leído por ahí? Algún tipo de guia A ampliada de federativa y/o deportiva?

Gracias


La licencia de armas no suple a la licencia de caza ni a la de tiro deportivo.

Por un lado está la licencia de armas. En este caso "A" con la que puedes guiar armas que (de no poseerla) estuviesen amparadas con la B, la D y la E. Para cazar con las armas largas guiadas con "A" aparte de la licencia de armas deberas estar en posesión de la licencia de caza que expiden las comunidades autónomas.
Para practicar tiro deportivo puedes guiar con la "A" tantas armas como tu categoría deportiva te permita. Para eso debes estar federado en una federación de tiro olímpico.

Por otro lado están las guías. Las guías "A-TDE" son las guias de armas de concurso amparadas con licencia A equivalentes a las guias de armas de concurso amparadas con licencia F.


Y en el caso de federarte para tirar en clubs y guiar tus armas en A-TDE, es necesario hacer las mismas pruebas/exámenes como si de un civil se tratase?
Gracias

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Re: licencia de armas A

Mensajepor Fulminante » 25 May 2022 23:23

YUNK escribió:
cuando lean esto los del foro van a flipar


De lo único que flipamos todos es de lo ignorante que eres, pero ignorante de verdad. No tienes ni idea de lo que hablas y como siempre tratas con la soberbia que te caracteriza al personal. Das mucha pereza muchacho....

Como aunque ya te han callado la boca pero seguro que estás refunfuñando, lee en la imagen de abajo y deja de marear al personal con tu excelsa sabiduria. te lo pongo en amarillito subrayado para que hasta tu lo puedas leer sin perderte entre los párrafos.









Un saludo a todos menos al que se cree prepotente pero es un ridículo

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Re: licencia de armas A

Mensajepor orion14 » 27 May 2022 18:06

oskariuskarius escribió:
orion14 escribió:
oskariuskarius escribió:empapándome del hilo me surgen unas dudas:

-Teniendo la A puedes adquirir armas de la B, D y E y guiarlas como tal, pero puedes o no puedes cazar?
-Teniendo la A, como está el tema de tiro deportivo (me refiero a club de tiro), IPSC, etc? tienes que examinarte de todo, nada, algo? (para obtener la F?)
-Qué es la "guía A-TDE" que he leído por ahí? Algún tipo de guia A ampliada de federativa y/o deportiva?

Gracias


La licencia de armas no suple a la licencia de caza ni a la de tiro deportivo.

Por un lado está la licencia de armas. En este caso "A" con la que puedes guiar armas que (de no poseerla) estuviesen amparadas con la B, la D y la E. Para cazar con las armas largas guiadas con "A" aparte de la licencia de armas deberas estar en posesión de la licencia de caza que expiden las comunidades autónomas.
Para practicar tiro deportivo puedes guiar con la "A" tantas armas como tu categoría deportiva te permita. Para eso debes estar federado en una federación de tiro olímpico.

Por otro lado están las guías. Las guías "A-TDE" son las guias de armas de concurso amparadas con licencia A equivalentes a las guias de armas de concurso amparadas con licencia F.


Y en el caso de federarte para tirar en clubs y guiar tus armas en A-TDE, es necesario hacer las mismas pruebas/exámenes como si de un civil se tratase?
Gracias


No tienes que examinarte de nada. Te federas y eres de tercera. Por lo tanto puedes guiar un arma de concurso amparada con tu licencia A. Segun asciendas podrás guiar las que te correspondan por categoria deportiva
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Re: licencia de armas A

Mensajepor oskariuskarius » 28 May 2022 23:12

orion14 escribió:
No tienes que examinarte de nada. Te federas y eres de tercera. Por lo tanto puedes guiar un arma de concurso amparada con tu licencia A. Segun asciendas podrás guiar las que te correspondan por categoria deportiva


Entiendo, pues cuando fui al club a preguntar decían que sí tenia que hacer el cursito que imparten ellos, imagino que era para sacar la F... curioso.
Y para IPSC?? Ahí tampoco tenemos que realizar curso?
Un saludo y muchas gracias.


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