El calibre 22 o se refiere al 22 lr o no significa nada.
En todo caso serian calibre: . 22 o 5'56 y se deberia aclarar si fuego central o anular.
Legalidad del calibre 222
Re: Legalidad del calibre 222
En la ley del País Vasco lo especifica claramente que está prohibido el calibre 22 de percusión anular. En cambio en la Comunidad Valenciana la ley 13/2004 de 27 de diciembre simplemente se limita a decir que se prohibe la caza con rifles del calibre 22. Increible pero cierto. Saludos
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Re: Legalidad del calibre 222
Pues siguiendo la literalidad del texto de la normativa andaluza, se puede cazar con el 222 porque no es calibre 22 sino calibre 222.
Y a buen entendedor pocas palabras son suficientes.
Y a buen entendedor pocas palabras son suficientes.
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Re: Legalidad del calibre 222
Perdón, quise decir normativa valenciana.
Re: Legalidad del calibre 222
Gracias fuenteovejuna yo estoy de acuerdo contigo porque lo que define un calibre es el diámetro del proyectil y la longitud de la vaina. Pero deduzco que en esta ley de la Comunidad Valenciana se limitan a prohibir para la caza todo proyectil que tenga 5,70 milímetros independientemente de la clase de vaina que lleve el proyectil. En fin a mi entender un sin sentido , en cambio está autorizado para la caza el 17HMR.
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Re: Legalidad del calibre 222
Pues mete en el registro de la Comunidad Valenciana una pregunta dirigida a la Consejería que tiene las competencias de caza para que te respondan si esta permitido el uso del calibre 222 para uso cinegético. En el escrito puedes poner que como existe cierta ambigüedad en la reglamentación autonómica es necesario determinar a que cartuchos del calibre 22 se refiere el texto. Si esa normativa abarca también a los cartuchos 22 de fuego central y ahi te puedes explayar con la lista de 22 existentes.
Re: Legalidad del calibre 222
Gracias compañero.
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