Portar arma

Temas relacionados con la tenencia y uso de las armas.
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fierabras
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Re: Portar arma

Mensajepor fierabras » 22 May 2022 16:29

Pues si, claro como el agua. Fuera del domicilio, de una necesidad laboral o un uso deportivo no se puede llevar nada. Y aún así, llegado el caso, todo queda sujeto al "prudente" criterio del agente.


Con carácter general, derivado de los requisitos y condiciones para la tenencia y utilización de
las armas, el artículo 146 de este texto reglamentario, determina la prohibición del porte,
exhibición o uso fuera del domicilio, del lugar de trabajo o de las correspondientes actividades
deportivas, cualquier clase de arma blanca; en especial aquellas que tengan hoja puntiaguda.
Dicho precepto, deja al prudente criterio de los agentes actuantes apreciar si el portador de
las armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la ocasión, momento o
circunstancias
que concurran en los actos o acciones llevadas a cabo y viene a entender que,
en general, deberá estimarse ilícito el hecho de llevar o usar armas los concurrentes a
establecimientos públicos y lugares de reunión, concentración, recreo o esparcimiento, así
como en todo caso los que hubieran sufrido condena por delito o falta contra las personas o
la propiedad o por uso indebido de armas o sanción por infracción de este Reglamento


¿Qué es deporte? Salir a dar un paseo por el campo (senderismo que dicen ahora) ¿Es deporte?

Vaya país el nuestro para el estas cosas ....

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JJWinchester
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Re: Portar arma

Mensajepor JJWinchester » 22 May 2022 19:32

Fulminante escribió:PROTOCOLO-ACTUACION-FUERZAS-CUERPOS-SEGURIDAD-ESTADO-POLICIA-CONTROL-ARMAS-BLANCAS-INSTRUMENTOS-PELIGROSOS-SEGURIDAD-CIUDADANA-H50-2.pdf

Adjunto el documento de la INSTRUCCIÓN N° 9/2022, DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE SEGURIDAD, POR LA QUE SE APRUEBA EL “PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DE LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO RESPECTO AL CONTROL DE LAS ARMAS BLANCAS Y OTROS INSTRUMENTOS PELIGROSOS PARA LA SEGURIDAD CIUDADANA”.

Con eso actualizado hace 4 días, salís de dudas.

Fuente aquí:

https://www.h50.es/interior-establece-u ... oliciales/


Pero, ¡esto es un escándalo! Acaban de modificar el RA mediante una instrucción interna de un Ministerio. Leo en ella (pag. 6) que:

"Entre estas armas totalmente prohibidas, se encuentran los bastones-estoque, los puñales de
cualquier clase, las navajas llamadas automáticas y las armas blancas de contrapeso
asimilables a éstas últimas (las armas blancas de contrapeso poseen como particularidad la
incorporación de un tope en el reborde de la hoja que permite abrir y extraer con un solo dedo
la hoja con extrema rapidez, quedando la hoja bloqueada una vez abierta en su totalidad)
"

El que ha escrito esto, un funcionario del Ministerio, asimila por su cuenta y riesgo las de apertura asistida, plenamente legales según el RA y que se venden con total libertad en cualquier tienda, a las automáticas. Es más, esta burda invención confunde intencionadamente a los agentes, pues el RA sólo habla de automáticas, y punto. ¿Qué es eso de armas blancas de contrapeso?? ¿Quién ha modificado otra vez el Reglamento, que es un Real Decreto, y no nos lo ha dicho??

Ojo, que esto es serio, que portar arma prohibida no es falta sino que puede ser delito, según las circunstancias. Despropósito policial que es de esperar sea fácil de enmendar ante un juez, pero ya te complican la vida.

De nuevo, lo mismo: en lugar de castigar al pandillero juvenil que hace mal uso de las armas, se criminaliza a toda aquella persona honrada que pueda portar una, por motivos más que lícitos. Miseria de país.
Última edición por JJWinchester el 22 May 2022 19:51, editado 1 vez en total.
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Re: Portar arma

Mensajepor JJWinchester » 22 May 2022 19:44

(repetido)
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Re: Portar arma

Mensajepor Fulminante » 22 May 2022 19:53

Modificar el reglamento no, porque una cosa es el RA y otra la ley de seguridad ciudadana... La instrucción contempla que primero la ostia y luego las explicaciones. Y ya después se verá quien o como tenía razón. Con esto quiero decir que nuestras armas pueden requisarse por motivos de seguridad en cualquier momento de su porte (transporte) aunque el desplazamiento este justificado dependiendo de las circunstancias del momento.

Esto más o menos ya era así, y yo creo que salvo excepciones de exceso de celo del agente de turno (por no decir estupidez manifiesta de algún iluminado) , la gente legal con comportamiento normal y educación, problema no tendrá. Como antes, no es lo mismo andar con la navaja (de contrapeso) o cuchillo de monte yendo al monte o del monte a casa que andar con ella en las cercanías de locales de moda de cualquier ciudad saliendo de fiesta. Siendo una forma de endurecer la presión policial en contra precisamente de los pandilleros que andan con todo tipo de artilugios para dañar al prójimo.

La instrucción justifica la actuación policial que ya se realizaba con la Ley de seguridad ciudadana pero sin un procedimiento claro.


:birra^:

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Re: Portar arma

Mensajepor JJWinchester » 22 May 2022 20:13

Como dices, con gente normal y corriente, que se encuentre con un agente sensato, es difícil que la situación se complique. Pero este tipo de "instrucciones internas" con interpretaciones torticeras del RA (lo de que una navaja que simplemente permita apertura a una mano de repente sea automática, lo es) envalentonan a ese pequeño porcentaje de agentes que se creen el Sheriff del condado en un spaghetti western, en lugar de un funcionario pagado por y al servicio del ciudadano. Y que si se proponen complicarte la vida, lo consiguen con total eficacia.

¿A los delincuentes juveniles? Palo y tentetieso, por supuesto. Pero no a costa de generar inseguridad jurídica en todos los demás ciudadanos.
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Re: Portar arma

Mensajepor Fulminante » 22 May 2022 22:43

JJWinchester escribió:
¿A los delincuentes juveniles? Palo y tentetieso, por supuesto. Pero no a costa de generar inseguridad jurídica en todos los demás ciudadanos.


Más claro imposible :police-smiley: , completamente de acuerdo.

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Re: Portar arma

Mensajepor Deliciosa » 22 May 2022 23:13

Sólo es ilegal si te pillan.

:clint:

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Re: Portar arma

Mensajepor EVFG58 » 23 May 2022 09:13

Que ganas tiene de controversia, es una tontearía lo que cuentas y si es verdad ya sois dos.

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Re: Portar arma

Mensajepor fierabras » 23 May 2022 09:15

JJWinchester escribió:Como dices, con gente normal y corriente, que se encuentre con un agente sensato, es difícil que la situación se complique. Pero este tipo de "instrucciones internas" con interpretaciones torticeras del RA (lo de que una navaja que simplemente permita apertura a una mano de repente sea automática, lo es) envalentonan a ese pequeño porcentaje de agentes que se creen el Sheriff del condado en un spaghetti western, en lugar de un funcionario pagado por y al servicio del ciudadano. Y que si se proponen complicarte la vida, lo consiguen con total eficacia.

¿A los delincuentes juveniles? Palo y tentetieso, por supuesto. Pero no a costa de generar inseguridad jurídica en todos los demás ciudadanos.


Pero ya estamos dejando todo al azar ... a encontrarnos con ese agente "sensato" ... y yo creo que habrá muchos que no actúen con mala intención en este aspecto, simplemente aplicarán al pie de la letra lo que pone la instrucción. Y si el ciudadano reclama, para eso está el juez.

Es que la instrucción es meridianamente clara, fuera de estos ámbitos no se puede llevar un arma blanca de ningún tipo:

prohibición del porte, exhibición o uso fuera del domicilio, del lugar de trabajo o de las correspondientes actividades deportivas, cualquier clase de arma blanca

Y además dice que es ilícito llevar armas blancas en lugares de recreo o esparcimiento. No conozco un lugar más de recreo y esparcimiento que pasar el día en el campo o en el monte, por ejemplo:

deberá estimarse ilícito el hecho de llevar o usar armas los concurrentes a establecimientos públicos y lugares de reunión, concentración, recreo o esparcimiento

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Re: Portar arma

Mensajepor MURCIANICO » 23 May 2022 09:25

Alexmolinal escribió:Hola tengo un conocido con licencia tipo F que le gusta el montañismo y ai veces que porta el arma corta en sus excursiones por si le sale algun animal salvaje con animo de atacar ,esta claro que no es legal portarla sin la licencia pertinente pero que ocurriria si en un control rutinario encuentran el arma que tipo de sancion o delito podria acarrear el llevarla en el maletero o en medio de la montaña claro esta sin hacer uso o exibhicion del arma
Gracias y un saludo


Si tiene licencia, no hay delito de tenencia ilícita de armas, hay sanción administrativa de la autoridad competente con todo lo que conlleve, multa, retirada de la licencia..., pero delito NO.

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Re: Portar arma

Mensajepor jfmtda » 23 May 2022 11:04

MURCIANICO escribió:
Alexmolinal escribió:Hola tengo un conocido con licencia tipo F que le gusta el montañismo y ai veces que porta el arma corta en sus excursiones por si le sale algun animal salvaje con animo de atacar ,esta claro que no es legal portarla sin la licencia pertinente pero que ocurriria si en un control rutinario encuentran el arma que tipo de sancion o delito podria acarrear el llevarla en el maletero o en medio de la montaña claro esta sin hacer uso o exibhicion del arma
Gracias y un saludo


Si tiene licencia, no hay delito de tenencia ilícita de armas, hay sanción administrativa de la autoridad competente con todo lo que conlleve, multa, retirada de la licencia..., pero delito NO.



Completamente de acuerdo.

A tener en cuenta:

Respecto a las armas reglamentarias un aspecto fundamental es la licencia o permisos
necesarios para la tenencia de armas de fuego.

El tribunal supremo es el órgano que ha creado jurisprudencia, respecto a estos
conceptos, se refleja la sentencia STS 21.11.2012 considera “posesión penalmente típica
la de armas en ausencia, bien de licencia, bien de guía.”

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Re: Portar arma

Mensajepor RafaGG » 23 May 2022 11:17

Chemi _Refogs escribió:

Para los perros, ¿alguien ha probado los ahuyentadores de ultrasonidos?

Saludos cordiales.


Yo hago mucho senderismo con mi mujer y coincido con lo que se ha comentado: el mayor problema son los perros asilvestrados (aunque los jabalíes pueden ser peligrosos, sobre todo si tienen crías y te los encuentras de repente en una zona de matorral). Yo llevo uno de esos ahuyentadores, lo he tenido que usar varias veces, y en general me ha ido bien (el perro queda desconcertado, y mantiene la distancia, dando tiempo a alejarse sin correr). Sin embargo, en algún caso no ha hecho ningún efecto. Mi mujer lleva siempre encima (incluyendo el senderismo) un spray de defensa, de los que se venden legalmente, y seguramente sería efectivo contra un perro. Finalmente, llevamos bastones que, con la punta, pueden servir para mantener al animal a distancia...haste cierto punto. También llevo una navaja, pero para cortar el chorizo (no me gustaría defenderme con arma blanca de ningún animal peligroso)

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Re: Portar arma

Mensajepor nap3 » 23 May 2022 15:51

Chemi _Refogs escribió:

Para los perros, ¿alguien ha probado los ahuyentadores de ultrasonidos?

Saludos cordiales.

Mi tío llevaba uno de esos en tiempos. No siempre funcionan... depende del perro. Y si se pone muy agresivo o algo no sé yo si serviría.

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Re: Portar arma

Mensajepor MURCIANICO » 23 May 2022 19:40

Chemi _Refogs escribió:
fierabras escribió:
Orolopo escribió:De hasta 11cm de hoja si, más no salvo que estes de monteria y sea de remate creo. Yo cuando voy al monte siempre o casi siempre llevo uno tambirn por cortar la fruta o el chorizo ai llevo para merendar, porque es lo uqe dicen los compas salvo que te pille en un claro en caso de un ataque cosa aue creo harto improbable y no haya mas cojones, yo me subiria a un arbol. Y animal mas peligroso en españa yo diria que es el jabali.


Sobre el tema:

viewtopic.php?f=6&t=531324&start=18#p537860


Gracias, compañero:

El hilo se abrió en el 2008 y siguió hasta 2012; después de 78 mensajes, sólo se saca en claro que... no está claro.

Lo de siempre: sentido común, circunstancias y el criterio del agente. Un poco de seguridad jurídica no vendría mal en este país y en esta afición... :roll:

Si se tercia, un Jungle King II en la mochila para hacer el bocadillo o cortar alguna zarza no creo que moleste a nadie.

Para los perros, ¿alguien ha probado los ahuyentadores de ultrasonidos?

Saludos cordiales.


Yo tuve un aparato ahuyentador de ultrasonidos y O los ahuyentaba O los ponía super agresivos, no son de fiar esos cacharros.

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Re: Portar arma

Mensajepor Chemi _Refogs » 23 May 2022 19:45

Gracias por las opiniones.

Ya me figuraba que el efecto del ultrasonido dependerá mucho del animal que te toque “lidiar”.

Saludos cordiales. :birra^:
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Re: Portar arma

Mensajepor topp » 25 May 2022 23:02

Normalmente queda a criterio del agente, que pueden ser muchos.... :police-smiley:
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Re: Portar arma

Mensajepor Rut51 » 01 Jun 2022 13:52

Si el armas la tienes en un bolso de hombre eso legalmente no es portar un arma por qué no la tienes en el cuerpo, eso es transportar de un lugar a otro así que legalmente es legal llevarla de esa manera, Ya si hay un control tiras el cargador :mrgreen:


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