Duda rifles con licencia A

Rifles para Bench-Rest, tiro a larga distancia, carabinas...
alex_xtream
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Duda rifles con licencia A

Mensajepor alex_xtream » 13 Ago 2022 14:00

Buenas, tengo la licencia de armas A y aunque he leído varios hilos sobre el tema hay algo que no me queda claro.
Se que tengo derecho a tener 1 arma corta para defensa personal.
Se que puedo federarme y obtener otra arma corta(o larga) de concurso, cumpliendo con la mayoría de requisitos que se exige a los civiles en cuanto a vigencia y concesión.
Ahora bien, se que esta licencia abarca a la B(defensa, anteriormente mencionada), D(armas largas rayadas) y E(escopetas y carabinas). Creo que son hasta 6 escopetas y 6 carabinas y rifles sin número máximo.
Mi pregunta es, para comprar y mantener estos rifles, escopetas o carabinas tengo que tener licencia de caza y demostrar que practico periódicamente esta actividad como pasaría con las armas de concurso? Podrían retirarme las armas si solo tiro de vez en cuando con ellas y en campos/galerias de tiro?

Saludos!

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Jorge_deluis
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Re: Duda rifles con licencia A

Mensajepor Jorge_deluis » 14 Ago 2022 08:17

Hola, yo tengo los rifles con la licencia D y no cazo, lo único que hago es sacar la federativa de caza cada 5 años cuando me toca renovar. En Asturias son veintipocos euros pero hay comunidades más baratas.

Un saludo :birra^:
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macmahon
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Re: Duda rifles con licencia A

Mensajepor macmahon » 14 Ago 2022 10:16

alex_xtream escribió:Buenas, tengo la licencia de armas A y aunque he leído varios hilos sobre el tema hay algo que no me queda claro.
Se que tengo derecho a tener 1 arma corta para defensa personal.
Se que puedo federarme y obtener otra arma corta(o larga) de concurso, cumpliendo con la mayoría de requisitos que se exige a los civiles en cuanto a vigencia y concesión.
Ahora bien, se que esta licencia abarca a la B(defensa, anteriormente mencionada), D(armas largas rayadas) y E(escopetas y carabinas). Creo que son hasta 6 escopetas y 6 carabinas y rifles sin número máximo.
Mi pregunta es, para comprar y mantener estos rifles, escopetas o carabinas tengo que tener licencia de caza y demostrar que practico periódicamente esta actividad como pasaría con las armas de concurso? Podrían retirarme las armas si solo tiro de vez en cuando con ellas y en campos/galerias de tiro?

Saludos!

Buenos días, no sé a qué colectivo perteneces pero yo he tenido durante años pistola (en mi caso se pueden tener guiadas hasta tres armas de primera categoría ), rifle y varias carabinas guiadas en A y no te hace falta nada para comprarlos y mantenerlos, como tú dices, salvo el documento que te acredite como poseedor de una licencia de armas de dicha categoría y por supuesto las guías de las mismas.
Otra cosa es que la galería o club de tiro donde quieras usarlas te pida algo, como por ejemplo estar federado. Que no tiene nada que ver con tener la licencia F.
De todas maneras donde mejor te pueden informar es el departamento que lleve el tema de las armas personales en tu colectivo en relación a los requisitos para la solicitud de las guías de las armas en cuestión.
Un saludo.

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Re: Duda rifles con licencia A

Mensajepor yagorubio » 14 Ago 2022 12:59

Solo unas aclaraciones para que quién venga detras no se confunda.

La D permite guiar un máximo 5 armas largas rayadas, es decir si hay un límite.

La A no abarca la B. Son excluyentes. Tienes la A en activo y la B cuando pasas a la reserva, no puedes tener las dos.

Las armas guiadas en D y E requieren tener actividad cinegética. Para probar la actividad cinegética debes tener licencia de caza en vigor o licencia federatíva de caza en vigor, según insctrucción de la ICAE con fecha de 09/02/2018 donde se indica que:
"Para acreditar dedicación real de un ciudadano al ejercicio de la caza, o a los deportes correspondientes, esta ICAE considera que es requisito suficiente, entre otros, la aportación de una tarjeta federativa de caza para la renovación de las licencias "D" y "E" " (Adjunto la carta por si a alguien le ponen problemas con la federativa).

Puedes por tanto, sacar licencia de caza o licencia federativa de caza.

Licencia de caza puedes sacar la Navarra que no requiere examen y se saca online con certificado digital: https://aplicacionesweb.cantabria.es/so ... enida.htm#

Licencia federatíva de caza, en mi comunidad yo saque la de acompañante sin arma que cuesta 10 euros por un año.

Cada vez que vayas a renovar, tienes que sacar una licencia o licencia federativa.

Si vas a cazar también puedes hacer el examen en tu comunidad y tener la licencia de tu comunidad. En mi caso no iba a cazar.
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Re: Duda rifles con licencia A

Mensajepor alex_xtream » 14 Ago 2022 13:48

yagorubio escribió:Solo unas aclaraciones para que quién venga detras no se confunda.

La D permite guiar un máximo 5 armas largas rayadas, es decir si hay un límite.

La A no abarca la B. Son excluyentes. Tienes la A en activo y la B cuando pasas a la reserva, no puedes tener las dos.

Las armas guiadas en D y E requieren tener actividad cinegética. Para probar la actividad cinegética debes tener licencia de caza en vigor o licencia federatíva de caza en vigor, según insctrucción de la ICAE con fecha de 09/02/2018 donde se indica que:
"Para acreditar dedicación real de un ciudadano al ejercicio de la caza, o a los deportes correspondientes, esta ICAE considera que es requisito suficiente, entre otros, la aportación de una tarjeta federativa de caza para la renovación de las licencias "D" y "E" " (Adjunto la carta por si a alguien le ponen problemas con la federativa).

Puedes por tanto, sacar licencia de caza o licencia federativa de caza.

Licencia de caza puedes sacar la Navarra que no requiere examen y se saca online con certificado digital: https://aplicacionesweb.cantabria.es/so ... enida.htm#

Licencia federatíva de caza, en mi comunidad yo saque la de acompañante sin arma que cuesta 10 euros por un año.

Cada vez que vayas a renovar, tienes que sacar una licencia o licencia federativa.

Si vas a cazar también puedes hacer el examen en tu comunidad y tener la licencia de tu comunidad. En mi caso no iba a cazar.



Entonces entiendo que siendo poseedor de la A, tengo que sacarme la licencia de caza o federativa de caza para comprar un rifle o una escopeta como los ciudadanos que solo tienen la D o E. Correcto?

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Re: Duda rifles con licencia A

Mensajepor Pepper » 14 Ago 2022 16:57

Si, pero solo necesitas la licencia de caza para sacarte el permiso D y E cuando tengas que renovarlo.

"Para acreditar dedicación real de un ciudadano al ejercicio de la caza, o a los deportes correspondientes, esta ICAE considera que es requisito suficiente, entre otros, la aportación de una tarjeta federativa de caza para la renovación de las licencias D y E"

Por lo menos a mí, esto es lo que a mi me han exigido cada vez que he tenido que renovar estas licencias.

Saludos

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Re: Duda rifles con licencia A

Mensajepor yagorubio » 14 Ago 2022 19:56

alex_xtream escribió:Entonces entiendo que siendo poseedor de la A, tengo que sacarme la licencia de caza o federativa de caza para comprar un rifle o una escopeta como los ciudadanos que solo tienen la D o E. Correcto?


En un principio si. Tienes que cumplir los requisitos para las otras licencias.

Federación para la F para guiar armas de concurso y necesidad de competir al menos una vez al año.

Licencia de caza para la D y E.

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Re: Duda rifles con licencia A

Mensajepor PepePolo72 » 14 Ago 2022 23:32

[quote="yagorubio"]Solo unas aclaraciones para que quién venga detras no se confunda.

La D permite guiar un máximo 5 armas largas rayadas, es decir si hay un límite.

....

Perdona pero no. Esa aclaración esta muy equivocada. La D te permite guiar lo que tu voluntad y tu bolsillo quieran y puedan. No hay límite alguno. Puedes tantas armas como quieras (y puedas).

Un saludo al foro.
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Re: Duda rifles con licencia A

Mensajepor yagorubio » 15 Ago 2022 07:18

PepePolo72 escribió:
yagorubio escribió:Solo unas aclaraciones para que quién venga detras no se confunda.

La D permite guiar un máximo 5 armas largas rayadas, es decir si hay un límite.

....

Perdona pero no. Esa aclaración esta muy equivocada. La D te permite guiar lo que tu voluntad y tu bolsillo quieran y puedan. No hay límite alguno. Puedes tantas armas como quieras (y puedas).

Un saludo al foro.


Eso no es lo que dice la guardia Civil.

https://www.guardiacivil.es/es/servicio ... rmasd.html

"La licencia de armas tipo D puede amparar hasta 5 armas de fuego de la categoría 2ª.2. Tras su concesión se podrá adquirir un arma de esta categoría, el resto requerirá la obtención de una autorización especial de adquisición."

Ni el Reglamento de Armas:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1993-6202

Artículo 100.
1. Quienes precisen armas de la categoría 2.ª, 2, deberán obtener previamente licencia D.

2. Nadie podrá poseer más de una licencia D, que tendrá cinco años de validez y autorizará para llevar y usar hasta cinco armas de la categoría 2.ª, 2.


---

https://www.guardiacivil.es/es/servicio ... index.html

2ª. 2: Armas de fuego largas rayadas:
Son las armas utilizadas para la caza mayor. También comprende los cañones estriados adaptables a escopetas de caza, con recámara para cartuchos metálicos, siempre que, en ambos supuestos, no estén clasificadas como armas de guerra.


Me produce dudas el que en la guardia civil indiquen que la licencia puede "amparar 5 armas" y el reglamento diga que le autorizará para "llevar y usar" hasta 5 armas.

Si la licencia puede "amparar 5 armas" no se podrían tener mas, si permite "llevar y usar" 5 armas podrían guiarse más y solo portar 5.

Son contradictorios.

El viernes tengo cita en la IA pediré aclaración.

Gracias por el apunte Pepe.

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Re: Duda rifles con licencia A

Mensajepor MamasBoy » 15 Ago 2022 10:33

yagorubio escribió:
PepePolo72 escribió:
yagorubio escribió:Solo unas aclaraciones para que quién venga detras no se confunda.

La D permite guiar un máximo 5 armas largas rayadas, es decir si hay un límite.

....

Perdona pero no. Esa aclaración esta muy equivocada. La D te permite guiar lo que tu voluntad y tu bolsillo quieran y puedan. No hay límite alguno. Puedes tantas armas como quieras (y puedas).

Un saludo al foro.


Eso no es lo que dice la guardia Civil.

https://www.guardiacivil.es/es/servicio ... rmasd.html

"La licencia de armas tipo D puede amparar hasta 5 armas de fuego de la categoría 2ª.2. Tras su concesión se podrá adquirir un arma de esta categoría, el resto requerirá la obtención de una autorización especial de adquisición."

Ni el Reglamento de Armas:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1993-6202

Artículo 100.
1. Quienes precisen armas de la categoría 2.ª, 2, deberán obtener previamente licencia D.

2. Nadie podrá poseer más de una licencia D, que tendrá cinco años de validez y autorizará para llevar y usar hasta cinco armas de la categoría 2.ª, 2.


---

https://www.guardiacivil.es/es/servicio ... index.html

2ª. 2: Armas de fuego largas rayadas:
Son las armas utilizadas para la caza mayor. También comprende los cañones estriados adaptables a escopetas de caza, con recámara para cartuchos metálicos, siempre que, en ambos supuestos, no estén clasificadas como armas de guerra.


Me produce dudas el que en la guardia civil indiquen que la licencia puede "amparar 5 armas" y el reglamento diga que le autorizará para "llevar y usar" hasta 5 armas.

Si la licencia puede "amparar 5 armas" no se podrían tener mas, si permite "llevar y usar" 5 armas podrían guiarse más y solo portar 5.

Son contradictorios.

El viernes tengo cita en la IA pediré aclaración.

Gracias por el apunte Pepe.


La confusion la tienes por culpa del deficiente redactado del reglamento y que luego el icae va complementando y aclarando con comunicados internos a las intervenciones de armas. Comunicados que luego los ciudadanos tenemos obligacion de cumplir, pero no podemos consultarlos.
Ademas, no te fies de lo que pone en la pagina de la guardia civil, esta lleno de herrores en la transcrippcion.

realmente el reglamento lo que dice es que puedes guiar un rifle y que para guiar mas despues del primero, se tiene que pedir permiso, segun el icae el hecho de solicitar que te guien otro arma ya se considera que estas pidiendo permiso.

Efectivamente puedes guiar tantos rifles como puedas pagar y custodiar adecuadamente, sin ir mas lejos yo tengo 28 rifles ahora mismo amparados en la D, ¿me los habrian guiado si fuese ilegal tener mas de 5 rifles?

Por otro lado, lo de llevar y utilizar hasta 5 rifles, hace poco lo consultamos a la intervencion central de armas y explosivos porque me toca pasar revista de armas (tengo la obligacion de llevar los 28 rifles a revista el mismo dia que solicito la renovacion, pero el reglamento da a entender que no puedo llevar mas de 5 rifles, ¿como se come esto?), la respuesta de la intervencion central de armas y explosivos fue que: "segun comunicado Icae a las intervenciones de armas a fecha (no la recuerdo de memoria y no tengo el documento a mano para consultarlo), cuando en el reglamento de armas pone que solo se podran llevar y utilizar hasta 5 rifles, se refiere en el ejercicio de la caza", es decir fuera de la caza fuedes llevar los que necesites.

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Re: Duda rifles con licencia A

Mensajepor Chinchu » 15 Ago 2022 11:14

MamasBoy escribió:
La confusion la tienes por culpa del deficiente redactado del reglamento y que luego el icae va complementando y aclarando con comunicados internos a las intervenciones de armas. Comunicados que luego los ciudadanos tenemos obligacion de cumplir, pero no podemos consultarlos.
Ademas, no te fies de lo que pone en la pagina de la guardia civil, esta lleno de herrores en la transcrippcion.



Sólo un matiz.

Esas "Circulares internas" no tienen ningún rango de norma, solamente son directrices de funcionamiento para la Institución. De hecho hace tiempo hice una consulta al respecto a la ICAE, la respuesta fue que yo no tenía porqué conocer esas circulares y que el la única norma que debía cumplir es el R.A., y esto textualmente por escrito.

Así que ya me dirás.

Saludos,

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Re: Duda rifles con licencia A

Mensajepor macmahon » 15 Ago 2022 11:37

Perdón, con la licencia A tú puedes guiar un rifle , una carabina o una escopeta aunque no caces, otra cosa es que cuando pierda validez esa licencia por la causa que sea, pase a la reserva, segunda actividad etc... Tengas que sacarte la D, la E ... Que entonces es cuando te tendrás que sacarte la licencia de caza, federativa o demás. Como dice el reglamento, al haber sido poseedor de una licencia A, estas exento del examen correspondiente.
Otra cosa es el número de armas establecido que puedas guiar en cada categoría.
En caso del Ejército al pase a la reserva, puedes solicitar que te mantengan la T.M.I como permiso de armas tipo A ( pudiendo guiar 3 armas de primera categoría como si estuvieras en activo) hasta el pase a retiro que será cuando las tengas que guiar en B o F si previamente has obtenido esas licencias. No ocurre lo mismo con las armas largas, que esas si que las tendrás que guiar en las licencias Civiles correspondientes ( Al pase a la reserva ) previa obtención de las mismas, con los requisitos que correspondientes en cada una de ellas, de lo que estarás exento es del examen como he dicho antes.
Un saludo para todos.

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Re: Duda rifles con licencia A

Mensajepor Jorge_deluis » 15 Ago 2022 12:28

Según mi IA, haber estado en posesión de la licencia A ya no te exime del examen.

:birra^:
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Re: Duda rifles con licencia A

Mensajepor yagorubio » 15 Ago 2022 13:18

Jorge_deluis escribió:Según mi IA, haber estado en posesión de la licencia A ya no te exime del examen.

:birra^:

Por la experiencia de un compañero hace apenas un mes.

Haber estado en posesión de la A implica que tienes concedida la B.

La B + licencia federativa de tiro olimpico, te concede la F.

La F te convalida la D y E.

El único problema es que en algunas IA te piden el examen de arma larga de la F para concederte la D y la E.

En el caso de mi compañero, como compite en carabina la federación se ofreció a hacerle un escrito, pero no lo necesito al hablar con el Interventor y contarle su caso.

El problema es un poco el de siempre, cada interventor tiene su reino de taifas donde hace y deshace a su parecer.

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Re: Duda rifles con licencia A

Mensajepor Jorge_deluis » 15 Ago 2022 13:29

En Asturias la F no te convalida la D y la E tienes que hacer examen. Hace unos años convalidaban la D y la E si hacías el examen de la F con pistola y carabina, ahora no. Respecto a la F, yo en su día, siendo poseedor de licencia A tuve que examinarme como todo hijo de vecino, hoy por hoy no tengo ni idea...

:birra^:
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Re: Duda rifles con licencia A

Mensajepor macmahon » 15 Ago 2022 15:29

Jorge_deluis escribió:Según mi IA, haber estado en posesión de la licencia A ya no te exime del examen.

:birra^:

Información general

Para obtener licencia para la tenencia y uso de las armas largas rayadas para caza mayor o de escopetas y armas asimiladas, el artículo 102.2 del Reglamento de Armas, establece la exigencia de superar las pruebas de capacitación que determina el Ministerio del Interior sobre:

Conocimiento de las armas, su cuidado y conservación (prueba teórica)
Conocimiento del Reglamento de Armas (prueba teórica).
Habilidad para el manejo de las armas y su utilización (prueba práctica).
Para obtener por primera vez las licencias D ó E los interesados deberán superar las dos pruebas de capacitación, una teórica y una práctica, que serán evaluadas por la Guardia Civil. De igual forma los menores que deseen obtener la Autorización Especial de armas para menores (AEM) deben superar las mismas pruebas.

Además las pruebas de capacitación serán aplicables, a las primeras autorizaciones por parte de extranjeros y españoles, mayores de 18 años, que tengan su residencia fuera de España, para uso de armas largas rayadas, y de escopetas y armas asimiladas, para la caza o concursos. Quedan exentos los que tengan su residencia en cualquier país de la Unión Europea y acrediten estar en posesión de licencias que habiliten para la tenencia y uso de dichas armas, expedidas en los países en que residan.

Quedarán exentos igualmente de realizar las pruebas quienes posean o hayan poseído licencias de armas A, o en su caso, licencias de armas D, E, o F, para las armas correspondientes.

Cada una de las pruebas dará lugar a la calificación de apto o no apto. Los resultados se consignarán en el acta de las pruebas de cada convocatoria redactada por el Tribunal de capacitación y se harán públicos en el lugar de la realización (Intervenciones de Armas y Explosivos de las Comandancias de la Guardia Civil).

La convocatoria de las pruebas de capacitación se realizará una vez confeccionado el calendario por la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil de la provincia del aspirante. La fecha concreta de cada prueba será comunicada a los centros de formación de forma conjunta ó, en su caso, notificada personalmente a los interesados, según la forma de presentación de la correspondiente solicitud.

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De la página de la Guardia Civil, está en internet.


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