¿Nuevas exigencias para la AE en la solicitud?

Armas de avancarga: pura pólvora negra. Las grandes clásicas.
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¿Nuevas exigencias para la AE en la solicitud?

Mensajepor fierabras » 09 Jun 2022 11:38

Hola

No quiero ser alarmista, y seguro que mis recelos son infundados, pero el compañero huronescazan puso un tema indicando que hay nuevos modelos de solicitudes de licencias

viewtopic.php?f=59&t=1132244

Se pueden ver en la web de la guardiacivil:

https://www.guardiacivil.es/es/servicio ... index.html

Y el correspondiente a la solicitud de AE se puede descargar aqui:

https://www.guardiacivil.es/documentos/ ... rmasAE.pdf

Y veo y me confirman un par de compañeros que hay cosas que antes no salían en modelos anteriores, y ahora, en este que es espécifico para AE sí salen:

Ahora han puesto un apartado para especificar los documentos aportados que justifiquen la fundamentación alegada para solicitar la AE.

Y además un recordatorio de que las reproducciones de armas antiguas cortas y largas se tienen que guardar en armeros homologados, etc etc

Digo yo que si ambas cosas, acreditar documentalmente para que quieres solicitar la AE y guardar las armas amparadas en AE en un armero antes no era necesario y ahora sale eso en la solicitud ¿debemos preocuparnos? o es que les ha dado por meter literatura innecesaria ...
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Hola

No quiero ser alarmista, y seguro que mis recelos son infundados, pero el compañero huronescazan 00

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Re: ¿Nuevas exigencias para la AE en la solicitud?

Mensajepor Reincidente » 10 Jun 2022 00:13

Pues no sé, en dos semanas renuevo la AE, ya os contaré si me piden algo más que lo habitual.
En cuanto a lo del armero homologado, para las guiadas en AE el requisito es "Bajo llave", no dice nada de armeros homologados. Si acaso eso es para las AER, las de cartucho metálico, que también son consideradas como Arma Antigua, igual de ahí viene la confusión.
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Re: ¿Nuevas exigencias para la AE en la solicitud?

Mensajepor topp » 16 Jun 2022 04:14

segun vayais renovando ya nos contareis que van pidiendo en cada IA... a este paso se va a tener que justificar hasta el AC.
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Re: ¿Nuevas exigencias para la AE en la solicitud?

Mensajepor MadJack » 16 Jun 2022 10:03

Yo solicité la AE hace unas semanas en la intendencia de armas de Barcelona y emplee el que entiendo es el formulario anterior, mucho mas simple.

Además, pregunté expresamente por la necesidad de armero para armas bajo esa licencia y me dejaron clarísimo que no es necesario.

Espero que se mantenga así.

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Re: ¿Nuevas exigencias para la AE en la solicitud?

Mensajepor Reincidente » 01 Jul 2022 12:10

Renové ayer, ningún problema y ningún requisito añadido (ni armero ni justificar actividad). Como siempre, vaya. :birra^:
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Re: ¿Nuevas exigencias para la AE en la solicitud?

Mensajepor fierabras » 01 Jul 2022 14:49

Reincidente escribió:Renové ayer, ningún problema y ningún requisito añadido (ni armero ni justificar actividad). Como siempre, vaya. :birra^:


Gracias por la info.

Me quedo más tranquilo.

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Re: ¿Nuevas exigencias para la AE en la solicitud?

Mensajepor Carricas » 25 Dic 2022 23:57

En mi última renovación en marzo de 2022, documentos acreditativos los de siempre, tarjeta federativa que es el que justifica el uso deportivo, y armero para avancarga no me dijeron nada. Para el 45 LC de cartucho metálico, sí que hace falta el certificado de tiradas de la federación y el armero, ya que al ser cartucho metálico está guiado en F. Igual se refiere solo a réplicas de armas antiguas de cartucho metálico lo del armero.

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Re: ¿Nuevas exigencias para la AE en la solicitud?

Mensajepor EVFG58 » 26 Dic 2022 07:50

La única diferencia es el formato y que han añadido la firma para la no autorización a rebuscar en los archivos de otras administraciones. Nada nuevo bajo el sol.

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Re: ¿Nuevas exigencias para la AE en la solicitud?

Mensajepor domingo000 » 11 Abr 2023 22:46

Lo del requisito de la licencia federativa , entiendo yo , que es solo si quieres competir dentro de la federacion de tiro , las armas guiadas con AE las puedes tener simplemente con la licencia AE , para la obtencion de dicha licencia no es necesario estar federado

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Re: ¿Nuevas exigencias para la AE en la solicitud?

Mensajepor EVFG58 » 13 Abr 2023 07:53

No, o tienes las armas amparadas con la AE, en casita o bien si quieres usarlas en el campo de tiro, tienes que estar federado

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Re: ¿Nuevas exigencias para la AE en la solicitud?

Mensajepor domingo000 » 13 Abr 2023 14:05

El regamento tambien dice que se podran utilizar en terrenos cinegeticos controlados , aunque hasta ahora nadie me ha aclarado que es eso, alguien las ha utilizado bajo esa modalidad de uso ???
Yo tengo un prado en una ladera de una montaña , podria utilizarlas ahi ??

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Re: ¿Nuevas exigencias para la AE en la solicitud?

Mensajepor Reincidente » 13 Abr 2023 14:07

domingo000 escribió:El regamento tambien dice que se podran utilizar en terrenos cinegeticos controlados , aunque hasta ahora nadie me ha aclarado que es eso, alguien las ha utilizado bajo esa modalidad de uso ???
Yo tengo un prado en una ladera de una montaña , podria utilizarlas ahi ''



Sólo si estás cazando, y sólo armas largas.
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Re: ¿Nuevas exigencias para la AE en la solicitud?

Mensajepor RC67 » 13 Abr 2023 18:47

Reincidente escribió:
domingo000 escribió:El regamento tambien dice que se podran utilizar en terrenos cinegeticos controlados , aunque hasta ahora nadie me ha aclarado que es eso, alguien las ha utilizado bajo esa modalidad de uso ???
Yo tengo un prado en una ladera de una montaña , podria utilizarlas ahi ''



Sólo si estás cazando, y sólo armas largas.


Solo si está cazando y el prado es coto o zona libre de caza, en caso de ser coto si es el propietario, un socio o tiene permiso del propietario. Tampoco se puede ir cazando alegremente por ahí. Lo que no tengo claro es lo de solo armas largas, si no hay una ley autonómica que diga lo contrario y yo no voy equivocado creo que la ley de caza no dice nada respecto a armas cortas, es así?

saludos.

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Re: ¿Nuevas exigencias para la AE en la solicitud?

Mensajepor fali44magnun » 13 Abr 2023 21:54

Saludos
Las Armas de Avancarga ¿sabra cargarlas el Diablo??

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Re: ¿Nuevas exigencias para la AE en la solicitud?

Mensajepor Reincidente » 13 Abr 2023 21:56

RC67 escribió:
Reincidente escribió:
domingo000 escribió:El regamento tambien dice que se podran utilizar en terrenos cinegeticos controlados , aunque hasta ahora nadie me ha aclarado que es eso, alguien las ha utilizado bajo esa modalidad de uso ???
Yo tengo un prado en una ladera de una montaña , podria utilizarlas ahi ''



Sólo si estás cazando, y sólo armas largas.


Solo si está cazando y el prado es coto o zona libre de caza, en caso de ser coto si es el propietario, un socio o tiene permiso del propietario. Tampoco se puede ir cazando alegremente por ahí. Lo que no tengo claro es lo de solo armas largas, si no hay una ley autonómica que diga lo contrario y yo no voy equivocado creo que la ley de caza no dice nada respecto a armas cortas, es así?

saludos.



La caza con arma corta está prohibida en España, hay otros países donde sí que se permite.
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Re: ¿Nuevas exigencias para la AE en la solicitud?

Mensajepor fali44magnun » 13 Abr 2023 21:57

Buenas tardes
Dejar de dar ideas que ya tenemos bastante
Saludos
Las Armas de Avancarga ¿sabra cargarlas el Diablo??

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Re: ¿Nuevas exigencias para la AE en la solicitud?

Mensajepor RC67 » 15 Abr 2023 20:06

Reincidente escribió:
RC67 escribió:
Reincidente escribió:

Sólo si estás cazando, y sólo armas largas.


Solo si está cazando y el prado es coto o zona libre de caza, en caso de ser coto si es el propietario, un socio o tiene permiso del propietario. Tampoco se puede ir cazando alegremente por ahí. Lo que no tengo claro es lo de solo armas largas, si no hay una ley autonómica que diga lo contrario y yo no voy equivocado creo que la ley de caza no dice nada respecto a armas cortas, es así?

saludos.



La caza con arma corta está prohibida en España, hay otros países donde sí que se permite.


Por que ley?

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Re: ¿Nuevas exigencias para la AE en la solicitud?

Mensajepor Reincidente » 16 Abr 2023 11:05

RC67 escribió:
Reincidente escribió:
RC67 escribió:
Solo si está cazando y el prado es coto o zona libre de caza, en caso de ser coto si es el propietario, un socio o tiene permiso del propietario. Tampoco se puede ir cazando alegremente por ahí. Lo que no tengo claro es lo de solo armas largas, si no hay una ley autonómica que diga lo contrario y yo no voy equivocado creo que la ley de caza no dice nada respecto a armas cortas, es así?

saludos.



La caza con arma corta está prohibida en España, hay otros países donde sí que se permite.


Por que ley?


Por la que se le ponga en sus huevos morenos al Seprona de turno, pero si no te lo crees haz la prueba y luego nos cuentas.

Y que conste que para según qué especies cinegéticas y según qué calibres yo no lo vería mal, de hecho hay muchos países donde está permitido cazar con arma corta, tanto de avancarga como de retrocarga.
Prius flammis combusta quam arma Numantia victa. :tanque^:


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