legislacion armas blancas

Cuchillos y flechas: la base de la historia armera
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legislacion armas blancas

Mensajepor flash » 20 Abr 2007 23:50

Hola vamos a ver si entre todos me sacais de dudas o dudamos todos. El tema es el siguiente, si segun el reglamento de armas en el Art 4.1.f armas prohibidas dice "Los bastones-estoque, los puñales de cualquier clase y las navajas llamadas automáticas. Se considerarán puñales a estos efectos las armas blancas de hoja menor de 11 centímetros, de dos filos y puntiaguda." y en el Art 5.3 "También se prohíbe la comercialización, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las navajas no automáticas cuya hoja exceda de 11 centímetros, medidos desde el reborde o tope del mango hasta el extremo." he sacado esto solo pero me sirve para las preguntas.

¿Se pueden portar machetes que, segun la ley estan totalmente prohibidos por que exceden de 11 cms?
¿Es legal que en una caceria, espera, rececho, etc yo lleve un machete, no se vamos a poner que de 18 cms, cuando el reglamento dice que eso esta prohibido?
¿Si esta prohibido comerciar con armas de ese tipo por que las hay hasta en las gasolineras?
Aqui dejo esto para que entre todos intentemos ver la luz, pues a mi me gusta ir a esperas nocturnas al jabali y no quisiera que por llevar un machete me denunciara la Guardia Civil

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felmaes
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RE: legislacion armas blancas

Mensajepor felmaes » 21 Abr 2007 08:48

[citando a: flash]
Hola vamos a ver si entre todos me sacais de dudas o dudamos todos. El tema es el siguiente, si segun el reglamento de armas en el Art 4.1.f armas prohibidas dice "Los bastones-estoque, los puñales de cualquier clase y las navajas llamadas automáticas. Se considerarán puñales a estos efectos las armas blancas de hoja menor de 11 centímetros, de dos filos y puntiaguda." y en el Art 5.3 "También se prohíbe la comercialización, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las navajas no automáticas cuya hoja exceda de 11 centímetros, medidos desde el reborde o tope del mango hasta el extremo." he sacado esto solo pero me sirve para las preguntas.

¿Se pueden portar machetes que, segun la ley estan totalmente prohibidos por que exceden de 11 cms?
¿Es legal que en una caceria, espera, rececho, etc yo lleve un machete, no se vamos a poner que de 18 cms, cuando el reglamento dice que eso esta prohibido?
¿Si esta prohibido comerciar con armas de ese tipo por que las hay hasta en las gasolineras?
Aqui dejo esto para que entre todos intentemos ver la luz, pues a mi me gusta ir a esperas nocturnas al jabali y no quisiera que por llevar un machete me denunciara la Guardia Civil

Con el reglamento hemos topado.
Está permitido llevar un cuchillo en las cacerías con el fin de rematar la pieza. Puedes tener un puñal de 24 cm de hoja, pero no de 10.
Por cierto, ¿la espera nocturna al jabalí es legal? Yo creía que no se podía cazar por la noche.
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RE: legislacion armas blancas

Mensajepor rodriguez » 21 Abr 2007 09:00

otra pregunta, cuando voy por la montaña en España suelo llevar un cuchillo de la marca ka-bar, es el que usaban los marines en la segunda querra mundial o un buck bowie ¿ me pueden multar por ello y requisarme el cuchillo?
Ter a conciencia limpa, e sintoma de mala memoria.

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RE: legislacion armas blancas

Mensajepor flash » 21 Abr 2007 11:57

Si la espera es legal las concede la Junta de Castilla y Leon por daños, nosotros en nuestro coto estamos casi todo el año con permiso, ¿sabes donde viene escrito lo del puñal de 24?
gracias

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RE: legislacion armas blancas

Mensajepor CURRO » 22 Abr 2007 03:13

Flhas, no te emparanoyes, que nadie te va a decir nada por llevar un cuchillo de remate en una caceria, es lo normal y necesario.
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RE: legislacion armas blancas

Mensajepor felmaes » 22 Abr 2007 22:56

[citando a: flash]
Si la espera es legal las concede la Junta de Castilla y Leon por daños, nosotros en nuestro coto estamos casi todo el año con permiso, ¿sabes donde viene escrito lo del puñal de 24?
gracias

Era un supuesto, ya que, como tu has señalado, el´reglamento dice que "está prohibido el uso y tenencia de puñales de hoja menor a 11 cm", de lo que se deduce que sí se pueden usar los de mayor tamaño.

Yo soy de los que piensan que nadie te dirá nada por llevar un cuchillo a una cacería, pero si te pillan con una navajita en una discoteca...
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RE: legislacion armas blancas

Mensajepor Nightwolf » 24 Abr 2007 12:12

[citando a: flash]¿Se pueden portar machetes que, segun la ley estan totalmente prohibidos por que exceden de 11 cms?
¿Es legal que en una caceria, espera, rececho, etc yo lleve un machete, no se vamos a poner que de 18 cms, cuando el reglamento dice que eso esta prohibido?
¿Si esta prohibido comerciar con armas de ese tipo por que las hay hasta en las gasolineras?


1. Si por portar te refieres llevarlo en el cinturon o en un maletin o una mochila, no es legal. Pero por ejemplo hay sentencias que dicen que si lo llevas en el coche se puede considerar una herramienta, siempre que esta junto a las demas o no este oculto.

2. Totalmente legal, si es para rematar a la pieza como dice un compañero. Al contrario, tu no puedes hacer que la pieza sufra o prolongar la agonia; por eso si que te puede caer un paquete gordo. En Extremadura a muchos cazadores se les ha retirado la licencia y han tenido problemas con la ley por dejar desangrarse a las presas.

3. Yo en las gasolineras y areas de servicio he visto navajas pero nunca de hojas tan grandes (salvo las que se venden como decorativas) de todos modos, que se venda no significa que sea legal. Anda que no se venden culatas israelies junto a pistolas y eso tampoco es legal.
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RE: legislacion armas blancas

Mensajepor quemabalas » 24 Abr 2007 14:39

oye flash en que parte de castilla y leon cazas porque yo tambien cazo en el norte de leon ..
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RE: legislacion armas blancas

Mensajepor flash » 25 Abr 2007 19:15

bueno pues mas o menos me a quedado aclarado, quemabalas yo cazo en el sur de Palencia

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RE: legislacion armas blancas

Mensajepor Mahoney » 27 Abr 2007 20:39

Está prohibido portar un arma blanca de un solo filo mayor de 11 cm de hoja, lo cual no prohibe portar de menor tamaño.
Está prohibido portar cualquier puñal (doble filo y puntiaguda) o navaja automática... de más o de menso de 11 cm.

Respecto al primer punto también te pueden sancionar por llevar una navaja de menos de 11 cm si se considera que es un objeto peligroso (porte en zonas de ocio, discotecas, etc..)

Un saludo!

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RE: legislacion armas blancas

Mensajepor Diegobirras » 03 May 2007 22:53

¿Tambien si la llevas para el almuerzo (pelar una manzana, etc.)?
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RE: legislacion armas blancas

Mensajepor CURRO » 04 May 2007 15:17

Si la navaja no tiene bloqueo de hoja, puedes llevarla tan grande como quieras, claro esta, que si te pillan en una disco con ella te pueden meter un puro, pero es que si te pillan con un cuter tambien te lo van a meter, y un cuter no es un arma.
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RE: legislacion armas blancas

Mensajepor 308Win » 07 May 2007 13:54

[citando a: CURRO]
Si la navaja no tiene bloqueo de hoja, puedes llevarla tan grande como quieras, claro esta, que si te pillan en una disco con ella te pueden meter un puro, pero es que si te pillan con un cuter tambien te lo van a meter, y un cuter no es un arma.


Compañero Curro, DISIENTO.
El Reglamento no dice nada de bloqueos de hoja, pero sí de medidas y automatismos. A no ser que con las reformas, ordenes generales y otras gaitas, que salen a diario lo hayan variado, el límite legal para considerar la navaja como arma prohibida, era de 11,5 cm. Siendo legal su tenencia en domicilio con fines ornamentales o de coleccionismo.
En cuanto a los cuchillos, el que está prohibido es el puñal, definido como cuchillo de hoja corta puntiaguda y de doble filo (hoja menor de 11 cm). Si el cuchillo no reune esos tres requisitos a la vez, no se debe considerar arma prohibida.
Otra cosa es el portar armas blancas, que según el reglamento , si no ha cambiado, decia: "quedará a juicio del agente, apreciar la necesidad o no de portar el arma" "estando especialmente prohibido acceder, portandolas, a lugares de ocio o esparcimiento, Discotecas, bares, etc"

OJO, QUE ESTO QUE HE DICHO ES DE MEMORIA, Y ME FALLA MAS QUE UNA ESCOPETA DE FERIA.

Pero bueno, básicamente viene a decir, que si al policia-guardia que toque en suerte, no le parece bien, te quedarás sin navaja y sin 300€.

Estando de caza, a ninguno se le ocurrirá denunciarte por llevar un cuchillo (como si llevas un sable napoleonico), cuando llevas una escopeta que es potencialmente mucho más peligrosa, aunque casos hay. Hace ya algunos años, a uno de mis cuñados le dijo un cabo del Benemérito Instituto, que necesitaba licencia de arma blanca, porque llevaba un cuchillo colgado de la canana, con su Franchi Saut. y cazando codornices, por cierto, el cuchillo se lo había regalado yo y era un Muela Comando que no es nada exagerado.
Lo que no se es donde se saca eso de la licencia de arma blanca, porque que yo sepa, ni existe ni ha existido.
Cierto es que antaño he visto yo algun permiso de arma larga rayada para caza mayor (ahora no me acuerdo el tipo que era, cuando eran permisos), en el que por detrás, junto al espacio para cañones intercambiables, ponia una coletilla "Este permiso de armas, autoriza a portar un cuchillo para remate", o algo así (sigo hablando de memoria).
   ¿Quien dijo miedo?   

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RE: legislacion armas blancas

Mensajepor felmaes » 07 May 2007 20:22

[citando a: Mahoney]
Está prohibido portar un arma blanca de un solo filo mayor de 11 cm de hoja, lo cual no prohibe portar de menor tamaño.
Está prohibido portar cualquier puñal (doble filo y puntiaguda) o navaja automática... de más o de menso de 11 cm.

Respecto al primer punto también te pueden sancionar por llevar una navaja de menos de 11 cm si se considera que es un objeto peligroso (porte en zonas de ocio, discotecas, etc..)

Un saludo!

No estoy de acuerdo.
Armas prohibidas
Los bastones-estoque, los puñales de cualquier clase y las navajas llamadas automáticas. Se considerarán puñales a estos efectos las armas blancas de hoja menor de 11 centímetros, de dos filos y puntiaguda.
Artículo 4º del reglamento
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RE: legislacion armas blancas

Mensajepor CURRO » 07 May 2007 21:50

Si la navaja no tiene sistema de bloqueo, ya no se considera un arma, pues para pinchar no vale, pasa a categoria de herramienta, y que yo sepa nadie mide las llaves inglesas ni los martillos ni nada de eso, pues con ese tipo de navaja lo mismo, de todas formas para salir de dudas, REBEEEEEEEEEEES ¿donde andas metido? ven que te necesito:D
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RE: legislacion armas blancas

Mensajepor Bandido » 24 May 2007 22:59

POr una vez en el poco tiempo que te "conozco" CURRO disiento en el tema del bloqueo de las navajas.
el reglamento de armas como bien decía un compañero anteriormente no dice nada de los bloqueos, sino de las dimensiones, formas, filos y automatismos de las armas blancas.
--- Prohibidos: puñales, armas blancas un filo mayor 11 cms, puñales (tambien los menores de 11 cm) , bastones estoque, etc
-- el tema de las armas blancas menores de 11 cm. es redundar otra vez en lo mismo de otras veces, no son armas prohibidas pero son perfectamente sancionables a juicio del Agente actuante y siempre que dicha acta de intervención esté bien justificada el portador del arma blanca será oportunamente por el Delegado/Subdelegado del gobierno.
-- Otra cosa es que a dicha persona no se le intervenga el arma blanca para sanción sino simplemente "por si acaso", sin llegar a denunciar y pudiendo recuperarla al día siguiente, igual que ocurre con los objetos contundentes, bates de beisbol, palos, etc, según el artículo 19.1, 2º párrafo de la LO 1/92.
--menuda parrafada. un óle pal que se lo haya leído todo:dc
      http://www.holy-war.net/ES/World1/bin/?advertiser=45233

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RE: legislacion armas blancas

Mensajepor Hectorvillajos » 24 May 2007 23:12

Como en muchos otros temas relacionados con las armas, nuestras leyes son muy ambiguas, y en muchos puntos se contradicen.
Te cuento: En una ocasión, me crucé por el monte con una pareja del SEPRONA, y cuando vieron que portaba al cinto un machete (Aitor Oso Negro) me dijeron que no podía llevarlo, pues se consideraba un "arma para cazar".
Casi me mondo de la risa en su cara, y hasta ellos sonrieron cuando les dije "Con un cuchillo sólo he visto cazar a Rambo".
Un saludo.
El cementerio está lleno de personas que tenían razón :zombie2:

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RE: legislacion armas blancas

Mensajepor CURRO » 25 May 2007 00:56

Bueno, no voy a entrar al tema de los bloqueos, pues aunque creo que tengo razon, es cierto que una vez revisado el reglamento no pone nada, por lo tanto no tengo argumentos para rebatirlo... vale, teneis razon, estaba equivocado, pero me jode tanto reconocerlo:D
La verdad es que no se donde lo lei, pero os hubiera jurado que es asi, lo siento, por en mi ignorancia haber dado un dato falso:_( perdon:_(
Hector, ¿sabias que si paseas a un perro, sea cual sea su raza en una zona cinejetica, sin la correspondiente licencia de caza, te pueden sancionar por estar cazando con el? dime que no es como para descojonarse.
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