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INDIGNACION/FRUSTRACION libro de coleccionista

Publicado: 17 Ene 2014 13:53
por 777collector
acabo de llamar a mi intervencion de la gc para preguntar como hacerme el libro que armas puedo inscribir en el,etc, y me dicen, todas las que sean anteriores a 1875............
mi cara a sido un poema.... osea que si quiero comprar armas de 1ww como tenia pensado,ajo y agua,a ahorrar y a pagar por ella un huevo y parte del otro en este pais de ladrones, ni importar armas.... ni facilidades para obetenerlas a un precio mas reducido.... y mas imortante sin que esten capadas....
todo con que fin? que pasa que un gew98 o un enfield nº3 no es historico?en fin si alguien conoce alguna solucion a esto, o sabe si anarma puede capear con esto le estaria muuuuuuuuy agradecido :birra^:
y en alemania pensar que se van de paseo con detectores de metales,compran armas a bajo precio y tienen mercadillos de armas historicas señor.....


en fin..... señores que soñar es gratis y ahora por encontrar trabajo en el extranjero nos quitan la seguridad social... :apla: :apla: :apla: :apla:

Re: INDIGNACION/FRUSTRACION libro de coleccionista

Publicado: 17 Ene 2014 14:08
por abranchadell
Has debido estar un tiempo desconectado del foro ¿verdad? porque si no, no entiendo como te planteas ciertas cuestiones en un tema que ha sido ampliamente debatido aquí. Entra en el apartado de coleccionismo y hallarás amplia información sobre tus preocupaciones y lamentos. :wink:

Re: INDIGNACION/FRUSTRACION libro de coleccionista

Publicado: 17 Ene 2014 19:21
por Jorge_deluis
De todas maneras, juraría que la fecha para meter armas en el libro es 1890...

:birra^:

Re: INDIGNACION/FRUSTRACION libro de coleccionista

Publicado: 17 Ene 2014 19:54
por INOOK
Jorge_deluis escribió:De todas maneras, juraría que la fecha para meter armas en el libro es 1890...

:birra^:

yo creo que tambien es esa fecha....lo que al final solo podremos inscribir las armas de la edad de piedra.

Re: INDIGNACION/FRUSTRACION libro de coleccionista

Publicado: 17 Ene 2014 23:17
por jrdc1
Buenas!

La fecha de 1890 es para armas guiables en AE. Para el libro de coleccionista creo que no hay fecha concreta, sino que se debe acreditar el valor histórico-artístico del arma, no siendo criterio suficiente la antigüedad de la misma.

a) No precisarán licencia las armas de avancarga ni las demás armas de fuego antiguas, históricas o artísticas que sean inscritas en los Libros-Registro a que se refiere el apartado siguiente y que sean conservadas en museos o en armeros de los que sean titulares los coleccionistas u organismos con finalidad cultural, histórica o artística en materia de armas, reconocidos como tales por el Ministerio del Interior. Los reconocimientos se efectuarán en procedimientos instruidos a solicitud de los interesados por la Dirección General de la Guardia Civil, para la acreditación de su identidad y, cuando se trate de personas jurídicas, de su constitución legal, de la adecuación de los inmuebles y armeros correspondientes para la guarda de las armas, y de la adopción de las medidas de seguridad necesarias para su custodia, que habrán de ser consideradas suficientes por dicha Dirección General. La correspondiente intervención de Armas podrá comprobar en todo momento la presencia de las armas y la eficacia de las medidas de seguridad adoptadas.

Es decir, que si quieres un fusil de los de verdad, o lo inutilizas o licencia D. Poco más o menos como en el resto de Europa.

Saludos

Re: INDIGNACION/FRUSTRACION libro de coleccionista

Publicado: 18 Ene 2014 00:27
por Pescaytiro
No se pueden usar detectores de metales en españa?

Re: INDIGNACION/FRUSTRACION libro de coleccionista

Publicado: 18 Ene 2014 09:09
por kikeformad
"b) Las personas físicas y jurídicas coleccionistas de armas de avancarga o de otras armas de fuego antiguas,
históricas o artísticas. sus reproducciones y asimiladas. susceptibles o no de hacer fuego. y de armas sistema
«Flobert» podrán poseerlas legalmente si las tienen inscritas en un Libro-Registro. diligenciado por la Intervención
de Armas respectiva. en el que se anotarán las altas y bajas. Queda prohibido el uso de las armas inscritas
en dicho Registro. Para la circulación y transporte será necesaria una guía especial. que expedirá. en cada
caso. la Intervención de Armas, a la vista de los datos que consten en el Libro, haciendo constar el destino
concreto."


"3. Arma antigua: Arma de fuego cuyo modelo o cuyo año de fabricación es anterior al 1 de enero de 1890."

En el Libro se anotan sin problemas, pero con meses debido a los papeleos, envíos al BOPE para datar el arma como antigua y emisión de certificado por Defensa, las armas anteriores a 1890, armas antiguas. Las que consideramos históricas y de fecha posterior, ahora mismo es imposible. No dejes de leer todos los apartados de ese artículo que has puesto anteriormente

Saludos