Una pregunta un poco tonta. Tengo la licencia tipo A y he preguntado en la federación castellano-leonesa de tiro olímpico; en Valladolid vamos, y me han dicho que al pertenecer a las FFyCCS que sólo necesito el DNI y ya me federo sin tener que hacer nungún curso antes. Me consta que esto es verdad porque conozco gente que se ha federado de esta forma.
Lo que no tengo claro es si tengo que hacer la/s tirada/s obligatoria/s al año o no al tener la licencia tipo A y un arma particular. Me explico, comentando con un compañero, me dijo que al tener la licencia A que estaría absuelto de hacer la/s tirada/s obligatoria/s. A mi me daría igual tener que hacerlas o no; ya que me dan un calendario con las fechas en las que me puedo "examinar" y yo eligiría la que más me conviene... ¿Me explico con claridad?
Reconozco que me beneficio al no tener que hacer dicho curso; espero que nadie se ofenda que no es mi intención. Un saludo
¿Con la licencia A hay que hacer tiradas obligatorias?
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¿Con la licencia A hay que hacer tiradas obligatorias?
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RE: ¿Con la licencia A hay que hacer tiradas obligato
Saludos, no tienes que hacer las tiradas porque las obligatorias son para renovar la licencia que en tu caso (nuestro caso), no caduca.
Recuerda que puedes solicitar a quien te expida las guias de pertenencia, las guias que te correspondan con cupo de armas deportivas, independiente de las que te correspondan con la A.
Por ejemplo 1 o 3 como defensa (segun tu empleo) y 1, 6 o 10 armas de tiro deportivo (según tu categoria como tirador)
Recuerda que puedes solicitar a quien te expida las guias de pertenencia, las guias que te correspondan con cupo de armas deportivas, independiente de las que te correspondan con la A.
Por ejemplo 1 o 3 como defensa (segun tu empleo) y 1, 6 o 10 armas de tiro deportivo (según tu categoria como tirador)
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RE: ¿Con la licencia A hay que hacer tiradas obligato
Gracias tsunami72, pero ayer por la tarde llamé y me dijeron en la federación que sí tenía que tirar obligatoriamente porque tiro con un arma guiada con licencia F; es decir deportiva. Además tengo que respetar la distancia de miras de entre 15 y 22 cm.
A ver si me entero bien. Gracias por tus ayudas, porque creo que los de la federación no se enteran muy bien.
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RE: ¿Con la licencia A hay que hacer tiradas obligato
Yo llevo 3 años federado, con un arma guiada en tiro deportivo y entre una mision internacional y enfermedad no he hecho ni una tirada ni competición, mandame un privado con tu correo, cuerpo, donde estás y empleo y te hago la consulta en mi I.A. si estás en Tarragona incluso podemos vernos
La distancia de miras es obligatoria para las armas de Tiro Deportivo (como las que te guiaras), pero ten en cuenta que la federacion no es competente para la expedición de permisos de armas, solo para ser federado. Puedes estar federado y solo tirar aire.
La distancia de miras es obligatoria para las armas de Tiro Deportivo (como las que te guiaras), pero ten en cuenta que la federacion no es competente para la expedición de permisos de armas, solo para ser federado. Puedes estar federado y solo tirar aire.
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RE: ¿Con la licencia A hay que hacer tiradas obligato
deandrade, gracias por contestar. Me ha quedado claro, pero permíteme que te explique. Soy miembro de las FFCCS; y no lo digo por hacerme el interesante, si no por la cuestión en si...
Me quiero federar en tiro olímpico con una GLOCK 19 a partir del año que viene en la Comunidad Autónoma de Castilla y León; en la delegación de Valladolid.
Me acerqué un día por el campo de tiro de la Federación y me dijeron lo mismo que un día por teléfono, que al tener la licencia F, que tenía que hacer un a tirada obligatoria al año. Yo les dije que tenía conocimiento de que al poseer la licencia A, que estaba exento de realizar las tiradas obligatorias... Ellos me decían que no; y lo que yo creo es que de cara a la gente civil, que lo tienen bien claro, pero de cara a las FFCCS no lo tienen tan claro y para ellos todos son iguales. Ahora estoy destinado en Madrid, pero en cuanto pueda, me acercaré a lntervención de Armas de la Guardia Civil que lleva el control de campo de tiro y les preguntaré.
No me importa tener que tirar obligatoriamente; solo es por saberlo...
Decir que tanto en el campo de tiro como por teléfono fueron realmente amables conmigo y gente con la que se puede hablar; ya que después de hablar de este tema, estuvimos hablando un rato de setas... jeje.
Espero no molestar con este mensaje. Un saludo
Me quiero federar en tiro olímpico con una GLOCK 19 a partir del año que viene en la Comunidad Autónoma de Castilla y León; en la delegación de Valladolid.
Me acerqué un día por el campo de tiro de la Federación y me dijeron lo mismo que un día por teléfono, que al tener la licencia F, que tenía que hacer un a tirada obligatoria al año. Yo les dije que tenía conocimiento de que al poseer la licencia A, que estaba exento de realizar las tiradas obligatorias... Ellos me decían que no; y lo que yo creo es que de cara a la gente civil, que lo tienen bien claro, pero de cara a las FFCCS no lo tienen tan claro y para ellos todos son iguales. Ahora estoy destinado en Madrid, pero en cuanto pueda, me acercaré a lntervención de Armas de la Guardia Civil que lleva el control de campo de tiro y les preguntaré.
No me importa tener que tirar obligatoriamente; solo es por saberlo...
Decir que tanto en el campo de tiro como por teléfono fueron realmente amables conmigo y gente con la que se puede hablar; ya que después de hablar de este tema, estuvimos hablando un rato de setas... jeje.
Espero no molestar con este mensaje. Un saludo
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RE: ¿Con la licencia A hay que hacer tiradas obligato
Buenas!
En mi opinión,si tienes la F debes hacer tirada de control; en caso contrario te la pueden retirar, según los Arts. 138 y 139 del RA. Si tienes alguna arma guiada con la F, ésta quedaría depositada en la Intervención, mientras obtienes otra vez la F o enajenas el arma. Si guias el/las arma/s con la A, amparándote en los Arts. 139 y 140, no es necesaria la tirada de control, al no poder ser retirada la licencia. En todo caso, y si mediante la habilitación correspondiente se pasa de categoría, las armas guiadas en función de la clase de tirador (6 armas para tirador de 2ª, 10 armas para tirador de 1ª, etc) si que dependen de la obtención de la puntuación mínima necesaria en las tiradas respectivas.
Saludos
En mi opinión,si tienes la F debes hacer tirada de control; en caso contrario te la pueden retirar, según los Arts. 138 y 139 del RA. Si tienes alguna arma guiada con la F, ésta quedaría depositada en la Intervención, mientras obtienes otra vez la F o enajenas el arma. Si guias el/las arma/s con la A, amparándote en los Arts. 139 y 140, no es necesaria la tirada de control, al no poder ser retirada la licencia. En todo caso, y si mediante la habilitación correspondiente se pasa de categoría, las armas guiadas en función de la clase de tirador (6 armas para tirador de 2ª, 10 armas para tirador de 1ª, etc) si que dependen de la obtención de la puntuación mínima necesaria en las tiradas respectivas.
Saludos
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