Mensajepor tuareg » 28 Dic 2012 10:49
Las armas guiadas en AE segun el reglamento se pueden usar en los campos de tiro, que no inventen ni confundan, TENEMOS QUE SER FUERTES en ésto.
Articulo 107 (hace referencia a las armas de avancarga (guiadas en AE, pues es anterior a la modificación del reglamento permitiendo guiar armas de cartucho metálico en la AE)
apartado c
c) Las armas largas y cortas de avancarga y las demás armas de fuego antiguas o históricas, sus reproducciones y asimiladas, susceptibles de hacer fuego, y las de sistema Flobert , salvo en los casos de festejos tradicionales -en los que, previa autorización del Gobernador civil, se podrán utilizar en lugares públicos únicamente con pólvora-, se utilizarán exclusivamente en campos, galerías o polígonos de tiro de concurso y terrenos cinegéticos, controlados, para prácticas y competiciones, a cuyo efecto las armas largas y cortas de avancarga y las demás de la categoría 6., 2, precisarán la posesión de un certificado de banco oficial de pruebas para cada arma y la obtención de autorización especial, que podrá amparar un número ilimitado de estas armas, en la forma prevenida en el artículo 101.
Si alguien tiene otra opinion o puede aportar mas información, que la ponga por favor.
Última edición por
tuareg el 28 Dic 2012 14:25, editado 1 vez en total.