Hola, ayer estando con un compañero nos surgio una duda que no hemos sabido aclarar ni encontrado Normativa al respecto, me explico.
Para la licencia F necesitas estar federado y mantener una actividad deportiva,de acuerdo,pero no veo que debas estar inscrito y pagar la cuota XXX del campo XXX junto a la cuota de federado.
La cuestión es puedes pagar por uso de campo tantas veces vayas y en algunos casos compensara pagar el Bono y en otros no.
esto es posible? alguna experiencia al respecto
gracias
CONSULTA PAGAR CAMPO DE TIRO OBLIGATORIO LICENCIA F
- marchoso
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Re: CONSULTA PAGAR CAMPO DE TIRO OBLIGATORIO LICENCIA F
Saludos Compañero.
No es necesario pertenecer a ningún club de tiro.
Es decir te federas y asistes a las tiradas oficiales de los clubes de tu federación.
Te inscribes pagas tiras.
Si te surge alguna duda más, pregunta.
Un saludo
No es necesario pertenecer a ningún club de tiro.
Es decir te federas y asistes a las tiradas oficiales de los clubes de tu federación.
Te inscribes pagas tiras.
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Re: CONSULTA PAGAR CAMPO DE TIRO OBLIGATORIO LICENCIA F
Muy buenas de nuevo Marchoso.
Una consulta al respecto de tus comentarios. Si un club aparece en el listado de la federación, no pueden negarte el acceso a una tirada oficial ( pagando ).
¿ Correcto ?
Otra más
¿ Pueden negarse un club de la federación a permitirte el acceso a sus instalaciones previo pago ( bono ) para prácticas de tiro ?
Lo digo por qué pregunté a un club que sale en el listado de la federación de mi comunidad autónoma y me informaron que solamente podían disparar los socios. Y también me han comentado que en otros no puedes comprar munición si no eres socio. Por lo qué en una competición te tienes que traer tú la munición
Saludos
Una consulta al respecto de tus comentarios. Si un club aparece en el listado de la federación, no pueden negarte el acceso a una tirada oficial ( pagando ).
¿ Correcto ?
Otra más
¿ Pueden negarse un club de la federación a permitirte el acceso a sus instalaciones previo pago ( bono ) para prácticas de tiro ?
Lo digo por qué pregunté a un club que sale en el listado de la federación de mi comunidad autónoma y me informaron que solamente podían disparar los socios. Y también me han comentado que en otros no puedes comprar munición si no eres socio. Por lo qué en una competición te tienes que traer tú la munición
Saludos
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Re: CONSULTA PAGAR CAMPO DE TIRO OBLIGATORIO LICENCIA F
Saludos compañero..
Si un club aparece en el listado de la federación, no pueden negarte el acceso a una tirada oficial ( pagando ).
Correcto.
Otra más
¿Pueden negarse un club de la federación a permitirte el acceso a sus instalaciones previo pago ( bono ) para prácticas de tiro ?
Nunca se podrán negar en competiciones, en entrenamientos si.
En las tiradas oficiales se puede adquirir munición sin problemas.
Lo que ocurre en estas cosas, siempre se pronuncian verbalmente.
Un saludo
Si un club aparece en el listado de la federación, no pueden negarte el acceso a una tirada oficial ( pagando ).
Correcto.
Otra más
¿Pueden negarse un club de la federación a permitirte el acceso a sus instalaciones previo pago ( bono ) para prácticas de tiro ?
Nunca se podrán negar en competiciones, en entrenamientos si.
En las tiradas oficiales se puede adquirir munición sin problemas.
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Un saludo

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Re: CONSULTA PAGAR CAMPO DE TIRO OBLIGATORIO LICENCIA F
Muchas gracias por la respuesta compañero.
Ya me dirás más adelante como un día de 24 horas lo haces cundir como si fuera de 48 horas.
Estas en todas partes y en ninguna a la vez
Saludos
Ya me dirás más adelante como un día de 24 horas lo haces cundir como si fuera de 48 horas.

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Re: CONSULTA PAGAR CAMPO DE TIRO OBLIGATORIO LICENCIA F
Interesante cuestión, pero me surgen las siguientes dudas:
¿qué club te aceptaría estas condiciones? entiéndase de buen grado y no sujeto a presiones.
y en el supuesto de que consigas que un club te las acepte, y te deje entrenar de forma esporádica, ¿quién te garantiza el poder participar en tiradas oficiales? ya que como bien se comenta en el este hilo, todo es de palabra.
y pecando de mal pensado, suponiendo que "consigues" la participación en la tirada, ¿quién te garantiza la correcta, digamos, "interpretación" de los resultados?.
Lo veo difícil.
Un saludo.
¿qué club te aceptaría estas condiciones? entiéndase de buen grado y no sujeto a presiones.
y en el supuesto de que consigas que un club te las acepte, y te deje entrenar de forma esporádica, ¿quién te garantiza el poder participar en tiradas oficiales? ya que como bien se comenta en el este hilo, todo es de palabra.
y pecando de mal pensado, suponiendo que "consigues" la participación en la tirada, ¿quién te garantiza la correcta, digamos, "interpretación" de los resultados?.
Lo veo difícil.
Un saludo.
- marroyol
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Re: CONSULTA PAGAR CAMPO DE TIRO OBLIGATORIO LICENCIA F
En competiciones oficiales que figuren en el listado de la federación como tales no te pueden impedir participar, otra cosa son las tiradas sociales a las que te pueden invitar o no.
En cuanto a la munición conozco dos casos, en uno a los socios les hacen un precio mejor que en armería y a los no socios el doble que en armería y en otro el precio es el mismo para los socios y los no socios.
Y lo de permitirte entrenar también conozco los dos casos, no dejarte y dejarte previo pago de cuota de uso.
Menos mal que en León tiro en la galería de la federación y de momento no pertenezco a ningún club.
En cuanto a la munición conozco dos casos, en uno a los socios les hacen un precio mejor que en armería y a los no socios el doble que en armería y en otro el precio es el mismo para los socios y los no socios.
Y lo de permitirte entrenar también conozco los dos casos, no dejarte y dejarte previo pago de cuota de uso.
Menos mal que en León tiro en la galería de la federación y de momento no pertenezco a ningún club.
Última edición por marroyol el 25 Ago 2012 10:40, editado 1 vez en total.
Las armas tienen solamente dos enemigos.
El óxido y los políticos.
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Re: CONSULTA PAGAR CAMPO DE TIRO OBLIGATORIO LICENCIA F
Muy buenas Kokono
Como bien ha dicho Marchoso, todo club que esté federado tiene que aceptarte en una tirada oficial por estatutos. Otra cosa es que te dejen practicar aun pagando.
A raíz de este post y las respuestas de los compañeros, me puese a investigar y en los estatutos de la federación catalana de tiro pone lo siguiente:
Estatutos federativos
3.- Los miembros federados y adheridos tendrán los siguientes derechos y deberes:
- Derechos:
-Participar en las actividades organizadas por la Federación.
-Participar con voz y voto a la Asamblea General en las condiciones establecidas por la Federación.
- Deberes:
-Cumplir los Estatutos y Reglamentos federativos y acuerdos tomados por los *órgans de gobierno y representación de la Federación
-Abonar las cuotas que se determinen
-Contribuir al cumplimiento de las actividades de la Federación
https://www.tircat.org/
Como verás no es de palabra.
En tu otra cuestión
Te comento que amén de anotar/ver los resutados mientras disparas, si no estás conforme puedes presentar un alegación no más tarde de 1/2 hora posterior de finalizar una tirada. Si no recuerdo mal
Todo esto va a nivel federativo
Saludos
Como bien ha dicho Marchoso, todo club que esté federado tiene que aceptarte en una tirada oficial por estatutos. Otra cosa es que te dejen practicar aun pagando.
A raíz de este post y las respuestas de los compañeros, me puese a investigar y en los estatutos de la federación catalana de tiro pone lo siguiente:
Estatutos federativos
3.- Los miembros federados y adheridos tendrán los siguientes derechos y deberes:
- Derechos:
-Participar en las actividades organizadas por la Federación.
-Participar con voz y voto a la Asamblea General en las condiciones establecidas por la Federación.
- Deberes:
-Cumplir los Estatutos y Reglamentos federativos y acuerdos tomados por los *órgans de gobierno y representación de la Federación
-Abonar las cuotas que se determinen
-Contribuir al cumplimiento de las actividades de la Federación
https://www.tircat.org/
Como verás no es de palabra.

En tu otra cuestión
¿quién te garantiza la correcta, digamos, "interpretación" de los resultados?.
Te comento que amén de anotar/ver los resutados mientras disparas, si no estás conforme puedes presentar un alegación no más tarde de 1/2 hora posterior de finalizar una tirada. Si no recuerdo mal

Todo esto va a nivel federativo
Saludos
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Re: CONSULTA PAGAR CAMPO DE TIRO OBLIGATORIO LICENCIA F
Saludos compañeros.
Es aun más fácil todavía.
Imaginemos que yo no pertenezco a ningún club, observo que hay una tirada en el Club espíritu de Barcelona, yo no soy socio.
Me persono pago la inscripción y realizo mi tirada, a eso no se puede oponer nadie si se opone estoy en mi derecho de denunciarlo.
Una vez termino la competición ,me persono en la oficina y solicito un certificado de puntuación,,,, Esto que comento es muy importante.
Ya que a la hora de renovar se han dado muchos casos que las tiradas no aparecen en las federaciones, pues imagina que ese tirador tiene 20 anuales.
En el certificado de la federación solo aparece una anual, le que ellos estiman.
Pues con ese certificado que yo solicito, puedo acreditar a la federación e intervención de armas mi actividad deportiva.
Otro punto a tener en cuenta que mucha gente esta ajeno a él:
Artículo 33.- Todo federado mantendrá su clase siempre que, en el período de vigencia de su licencia tipo F, haya mantenido actividad deportiva, y mantenga íntegros sus derechos como federado.
Igualmente, ascenderá de clase desde el momento en que cumpla los requisitos señalados en el párrafo anterior.
Artículo 34.- El personal técnico, así como quienes hayan desempeñado cargos federativos durante el período de vigencia de su licencia tipo F, mantendrá su clase sin que les sea exigido el cumplimiento del requisito del artículo 33
Un saludo.
Es aun más fácil todavía.
Imaginemos que yo no pertenezco a ningún club, observo que hay una tirada en el Club espíritu de Barcelona, yo no soy socio.
Me persono pago la inscripción y realizo mi tirada, a eso no se puede oponer nadie si se opone estoy en mi derecho de denunciarlo.
Una vez termino la competición ,me persono en la oficina y solicito un certificado de puntuación,,,, Esto que comento es muy importante.
Ya que a la hora de renovar se han dado muchos casos que las tiradas no aparecen en las federaciones, pues imagina que ese tirador tiene 20 anuales.
En el certificado de la federación solo aparece una anual, le que ellos estiman.
Pues con ese certificado que yo solicito, puedo acreditar a la federación e intervención de armas mi actividad deportiva.
Otro punto a tener en cuenta que mucha gente esta ajeno a él:
Artículo 33.- Todo federado mantendrá su clase siempre que, en el período de vigencia de su licencia tipo F, haya mantenido actividad deportiva, y mantenga íntegros sus derechos como federado.
Igualmente, ascenderá de clase desde el momento en que cumpla los requisitos señalados en el párrafo anterior.
Artículo 34.- El personal técnico, así como quienes hayan desempeñado cargos federativos durante el período de vigencia de su licencia tipo F, mantendrá su clase sin que les sea exigido el cumplimiento del requisito del artículo 33
Un saludo.

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Re: CONSULTA PAGAR CAMPO DE TIRO OBLIGATORIO LICENCIA F
marroyol escribió:
En cuanto a la munición conozco dos casos, en uno a los socios les hacen un precio mejor que en armería y a los no socios el doble que en armería y en otro el precio es el mismo para los socios y los no socios.
Hola de nuevo
Me ha parecido muy interesante este apunte del compañero sobre la compra de munición, ya que puede ser un handicap a tener en cuenta si se opta por no inscribirse en club alguno y únicamente participar en las tiradas oficiales.
Desde mi punto de vista el hecho de asistir única y exclusivamente a las tiradas oficiales sin entre ellas ejercer actividad deportiva alguna, lo veo como una situación excepcional de cara a conservar la Licencia de armas, pero no le veo sentido alguno si realmente eres aficionado al tiro, por lo que te puedes encontrar con que:
1.- no encuentres un club relativamente cerca de tu localidad en que te acepten entrenar únicamente pagando la sesión del día, y ´
2.- que te quieran vender la munición aunque sea a precios de escándalo,..............ya que siempre se puede argumentar que ese servicio únicamente está a disposición de los socios y por lo tanto te proveas en una armería, y aquí es donde podemos encontrar otro escollo, ya que por ejemplo para un tirador de 3º solamente puede adquirir 100 proyectiles al año..........se va a tener que recortar uno mucho, mucho en los entrenamientos.
No sé si estaré en lo cierto, me gustaría conocer vuestras opiniones.
Un saludo.
- marchoso
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Re: CONSULTA PAGAR CAMPO DE TIRO OBLIGATORIO LICENCIA F
Saludos compañero.
El problema de la gran inmensa mayoría de los tiradores es el desconocimiento.
Porque ha de preocuparse de la munición cuando puedes comprarla en la armería y no pagar los precios de escándalo que describes.
El artículo 136 del reglamento de cartuchería metálica puede solicitarse hasta un máximo de 10.000 cartuchos del calibre 22 y hasta un máximo de 5.000 de grueso calibre.
El ejemplo más simple es el de las Gabias o Federación andaluza de Tiro.
Llegas a entrenar pagas la cuota diaria y pasas a usar la galería.
Un saludo
El problema de la gran inmensa mayoría de los tiradores es el desconocimiento.
Porque ha de preocuparse de la munición cuando puedes comprarla en la armería y no pagar los precios de escándalo que describes.
El artículo 136 del reglamento de cartuchería metálica puede solicitarse hasta un máximo de 10.000 cartuchos del calibre 22 y hasta un máximo de 5.000 de grueso calibre.
El ejemplo más simple es el de las Gabias o Federación andaluza de Tiro.
Llegas a entrenar pagas la cuota diaria y pasas a usar la galería.
Un saludo

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- mariuscat
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Re: CONSULTA PAGAR CAMPO DE TIRO OBLIGATORIO LICENCIA F
Kokono
El límite de adquisición de 100 balas anuales por guía es aplicable para todos en arma corta. Independientemente de la categoría.
Pero puedes pedir aumento
Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería
Artículo 136. Adquisición de cartuchería.
5. Si el particular en posesión de licencias A, B, D o F, deseara adquirir mayor cantidad de cartuchos que los cupos establecidos anteriormente, ha de estar provisto de un permiso especial expedido por la Intervención de Armas y Explosivos de la correspondiente Zona de la Guardia Civil, solicitado por conducto de la Intervención territorial, cuya validez será de un año.
6. El número máximo de cartuchos que se puede autorizar a un particular en cada autorización no podrá superar la cantidad de 10.000 del calibre 22 y 5.000 en total del resto de los calibres. Una vez justificado el consumo podrán autorizarse nuevas cantidades.
Por lo que tienes que ir a morir a la recarga propia
Saludos
Pd. Se me adelantó Marchoso.........
El límite de adquisición de 100 balas anuales por guía es aplicable para todos en arma corta. Independientemente de la categoría.
Pero puedes pedir aumento
Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería
Artículo 136. Adquisición de cartuchería.
5. Si el particular en posesión de licencias A, B, D o F, deseara adquirir mayor cantidad de cartuchos que los cupos establecidos anteriormente, ha de estar provisto de un permiso especial expedido por la Intervención de Armas y Explosivos de la correspondiente Zona de la Guardia Civil, solicitado por conducto de la Intervención territorial, cuya validez será de un año.
6. El número máximo de cartuchos que se puede autorizar a un particular en cada autorización no podrá superar la cantidad de 10.000 del calibre 22 y 5.000 en total del resto de los calibres. Una vez justificado el consumo podrán autorizarse nuevas cantidades.
Por lo que tienes que ir a morir a la recarga propia

Saludos
Pd. Se me adelantó Marchoso.........

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Re: CONSULTA PAGAR CAMPO DE TIRO OBLIGATORIO LICENCIA F
Hola
Cierto compañero Marchoso, gran desconocimiento por mi parte.
Por lo que estoy entendiendo, me persono en la Intervención, expongo el caso de que para entrenar necesito "x" número de cartuchos que estimo consumiré en ese año, se me expide la autorización especial para poder comprarlos en armería y a entrenar.
¿es así?
Por cierto a ver si me aclaráis eso de 100 cartuchos por "guía para todos"
Un saludo y gracias.
Cierto compañero Marchoso, gran desconocimiento por mi parte.
Por lo que estoy entendiendo, me persono en la Intervención, expongo el caso de que para entrenar necesito "x" número de cartuchos que estimo consumiré en ese año, se me expide la autorización especial para poder comprarlos en armería y a entrenar.
¿es así?
Por cierto a ver si me aclaráis eso de 100 cartuchos por "guía para todos"
Un saludo y gracias.
Re: CONSULTA PAGAR CAMPO DE TIRO OBLIGATORIO LICENCIA F
Gracias a todos, me queda claro y como sospechaba meten de clavo la cuota de campo.Bien solo me queda solicitar por escrito a la federación que para el año que viene no me cobren dicha cuota si la de federado y realizar las tiradas en las fechas que se determinen,entiendo que no deberia haber más problema,veremos que contestan si lo hacen que estos dan la callada siempre o de palabra.
saludos
saludos
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