Armas de fogueo: En un rodaje

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Armas de fogueo: En un rodaje

Mensajepor MaxDemery » 13 Mar 2009 00:23

Saludos, aficionados a las armas. Serviráme este tema como presentación: soy Max Demery, aficionado a las armas de una forma más estética que práctica... en parte. Recientemente he desarrollado un interés por las armas de fogueo, en concreto de cara el rodaje de un cortometraje. Me he informado previamente de que tanto llevarla encima, en un coche o fuera de su respectivo maletín está betado por la ley, así como su uso fuera de mi domicilio. Lo que yo me preguntaba, era si existe alguna forma de recibir permiso para utilizarla para un rodaje. Figurense mi rabia si una ansiada escena no puede ser rodada con su correspondiente disparo. Por rídiculo que pueda sonar en un principio, si series de televisión son capaces de rodar con pistolas de fogueo en lugares ajenos a sus estudios, ¿No podría yo adquirir ese eventual derecho de alguna forma?

Un saludo, y mil gracias por adelantado.

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RE: Armas de fogueo: En un rodaje

Mensajepor jrdc1 » 13 Mar 2009 00:46

Buenas!

El RA lo contempla... de aquella manera:

SECCION III. USO DE ARMAS EN ESPECTACULOS PUBLICOS, FILMACIONES O GRABACIONES.
Artículo 153.
1. Las armas que se necesiten usar en espectáculos públicos, en filmaciones cinematográficas, grabaciones de vídeo y similares, deberán estar inutilizadas en la forma prevenida en este Reglamento y no ser aptas para hacer fuego real.
2. En los supuestos en que los espectáculos, filmaciones o grabaciones obligasen a emplear armas en normal estado de funcionamiento, éstas solamente se podrán utilizar con cartuchos de fogueo y habrán de estar debidamente documentadas según su respectiva categoría.
Artículo 154.
Los Servicios de Armamento de la Dirección General de la Policía y de la Dirección General de la Guardia Civil, con las garantías que estimen oportunas, y previa solicitud de los interesados en la cual deberán indicar necesariamente las características de las armas, así como su plazo de utilización, podrán facilitar en concepto de cesión temporal las armas adecuadas a las necesidades escénicas, cinematográficas o videográficas, si no hubiese existencias en las colecciones de industriales o coleccionistas en la localidad de que se trate.


Pásate por la Intervención de Armas de tu localidad para preguntar por el tema. Supongo que un visto bueno te lo podrán dar fácilmente.

Saludos


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