Inscripción en el Libro de arma modificada a Flobert

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October67
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Inscripción en el Libro de arma modificada a Flobert

Mensajepor October67 » 20 Feb 2023 23:37

Hola a todos,
No sé si debo hacer aquí la pregunta.
Sabe alguien si es posible inscribir en el Libro AER (de replicas) la adquisición de una pistola 1911 modificada al calibre flobert (4mmM20). Eso sí, con el punzonado acreditativo de tal re-conversión a dicho calibre por parte del Banco de Pruebas Alemán. Consultada mi intervención de armas y una asociación de armas de que soy socio parece que sí sería posible, pero tengo mis dudas. He enviado email al BOPE para preguntar, pero aún no tengo respuesta.
Agradecido a quien pueda contestarme.
F.

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Re: Inscripción en el Libro de arma modificada a Flobert

Mensajepor jrdc1 » 21 Feb 2023 14:49

Buenas!

Diría que no. Una 1911 es un arma posterior a 1890, por lo que no le aplica la normativa de réplicas.

Lo suyo es la AE a secas. Quizás Mamasboy nos pueda sacar de dudas.

Saludos

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Re: Inscripción en el Libro de arma modificada a Flobert

Mensajepor October67 » 21 Feb 2023 15:41

Pues me pongo en manos de mamasboys, que el nick promete.
Gracias por contestar.
F.

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Re: Inscripción en el Libro de arma modificada a Flobert

Mensajepor MamasBoy » 23 Feb 2023 09:07

yo en mi caso, tengo una carabina norinco jw16 del 22lr reconvertida a 6mm flobert y al ser flobert se guía como AE sin mas.
Yo la compre ya en España de segunda mano, pero por lo que pude investigar en su día, creo que esta reconversion se realizo en la república checa, se legalizo allí y el arma se importo ya como flobert a España.

Piénsalo bien, la munición 4mmM20 ya es jodida de conseguir en Alemania, imposible en España

walman
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Re: Inscripción en el Libro de arma modificada a Flobert

Mensajepor walman » 23 Feb 2023 09:37

Si esperas que Bope te contesté la llevas clara.

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Re: Inscripción en el Libro de arma modificada a Flobert

Mensajepor October67 » 23 Feb 2023 16:19

Gracias por la respuesta. 2 cosas si es posible:
a) En qué año aprox. la adquiriste? Lo digo por si antes fueran más permisivos que ahora.
b) En tu caso veo que comentas era una conversión al calibre flobert respecto del calibre 22, ambos de fuego anular. Por qué digo esto? Adjunto la respuesta que recibí de mi IA a mi consulta sobre tal particular:

"En relación a su consulta le remito al correctamente mencionado por usted vigente Reglamento de Armas y a la
definicion "exacta" que debe de cumplir el arma que pretende adquirir.

"Arma Flobert: Arma de fuego portatil que utiliza munición de calibre Flobert. Dicha arma siempre es de percusión
anular y puede llevar una pequeña carga de pólvora o solo la carga iniciadora. La energía cinética en boca no puede
sobrepasar los cien (100) J para ningún calibre".

Por parte de esta Intervención de armas queremos recalcar la particularidad de "siempre es de percusión anular" , ya
que existen precedentes de armas de calibre Flobert que han entrado en Territorio Nacional y no se han podido legalizar como armas Flobert debido a que su percusion era central, desconociendo si las modificaciones del Banco de Prueba
Alemán al que usted hace referencia han afectado también al sistema de percusión.[/i][/i][/i]

Entendemos de su correo electronico que la entidad subastadora se encargaria de gestionar los tramites de
consentimiento de entrada y permiso de transferencia, si es usted adjudicatario, desconocemos si la Intervención
Central de Armas y Explosivos, una vez recibida la solicitud de consentimiento previo le pedira mas datos tecnicos antes
de autorizar la entrada en territorio nacional.

Con respecto a su legalizacion , en caso de que fuese autorizada la entrada, efectivamente tal y como usted expone,
sería mediante inscripcion en el Libro de Coleccionista del que es usted autorizado."

A esa respuesta yo contesté de este modo:

"Efectivamente el proyectil flobert, y concretamente el 4mm M20, y todos dicho de paso, son de percusión anular. Y por tanto el único modo de efectuarse el disparo de los mismos sea percutiendo la aguja en la uña o parte anular del culote del proyectil ¿Y Cómo, respecto de esta reproducción/réplica de una colt 1911 A1? Pues francamente no lo sé. Y al no interesarme el acto del tiro ni había reparado en ello, o importancia que pudiera tener. Lo que si sé, es que el arma al ser su calibre original, el .45 ACP, si quisiera dispararse tal "nueva municion flobert", tiro a tiro, y manualmente, pues sean proyectiles sin pólvora que impiden la recarga a través de los propios gases del disparo (esto es, el flobert 4mm M20, y para lo cual, sin duda, dado su diámetro se haya internamente rectificado el cañón original estrechándolo para tales 4mm), deba necesariamente tal mini proyectil alojarse dentro de una suerte de "vaina calibre. 45" (la cual, vista la foto del enlace que adjunté, se estreche en su parte frontal), y así de esta forma, desde el cargador, y repito de manera manual deslizando la corredera (pues como digo son proyectiles sin pólvora), a fin de poderse alojar tal vaina con el proyectil flobert en la recàmara del arma y ser percutida por la aguja. Y sea ya, a partir de aquí, tras accionar el disparador y liberarse la aguja percutora, que esta percuta. ¿Y dónde percute? Pues imagino, por deducción, que en la parte trasera central de la vaina, que parece lo más lógico, solo que esta, por su diseño, imagino deba alojar el proyectil de modo que cuando la aguja percute en su trazado original suponga hacerlo en la zona anular del proyectil al haberse así dispuesto, y ello lógicamente a fin de que la aguja percutora haga blanco (es decir, percuta en la parte anular del culote del proyectil, que, como saben, es un mini proyectil compacto de fuego anular, y único modo de causarse/provocar la ignición del mismo). Pero francamente no lo sé. Amén de no comprender el alcance que en tal caso ello pueda implicar, pero miraré de preguntar a la casa vendedora que anuncia el arma en la subasta online. Otra cosa es que me respondan...
Miro de indagar, que en esto consiste el coleccionismo. Yo pienso, o quiero pensar, que si el arma lleva el punzonado F de la legislación alemana (que son muy alemanes estos alemanes) quepa suponer que nos hallemos ante una modificación reglamentaria (y que eso, a mi humilde entender, deba ser lo importante, esto es, que si en un momento del tiempo se hizo tal modificación, reglamentariamente, y por ello disponga el arma de ese punzonado con esa letra F (que se encargan de remarcarlo los vendedores), no debiera entonces no ser posible que no pudiera venderse/adquirirse y causar inscripción en el Libro. Pero yo no tengo la potestas, solo la voluntas, y por eso pregunto. Y ya lamento robarles tiempo. Créanme.
No obstante, si consigo averiguar algo màs, se lo clarifico. O eso intentaré, que claro, no soy armero, ni ingeniero."

Y en esas andamos, y me quedan muy pocos días de subasta, y claro pujar para que luego no sea inscribible no es plan. No sé qué hacer. Y el reloj hace tic tac tic tac.
Lo dicho, si puedes/podéis aportarme alguna información al respecto, sería genial.
PD. Respecto a la dificultad de encontrar esa munición flobert, no es mi intención adquirirla solo me interesa el coleccionismo.
Gracias,
F.

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Re: Inscripción en el Libro de arma modificada a Flobert

Mensajepor Reincidente » 24 Feb 2023 19:19

Hola, hay algo que no entiendo en tu descripción del arma:

Es una 45 ACP convertida a Flobert, pero hablas de alojar el cartucho flobert en una "especie de vaina del 45 ACP".

La duda es si esa "vaina" es fija, soldada a la recámara, o es removible.

En el primer caso sería posible legalizarla, pero en el segundo caso no, ya que sería una pistola del 45 ACP con un reductor de calibre, algo que está expresamente prohibido por el R.A.

Saludos. :birra^:
Prius flammis combusta quam arma Numantia victa. :tanque^:

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Re: Inscripción en el Libro de arma modificada a Flobert

Mensajepor MamasBoy » 25 Feb 2023 04:27

Después de consultarlo me doy cuenta de que estas en un error, el 4mm M20 no tiene pestaña, por lo que no puede ser percusión anular, y revisando en webs de coleccionismo lo marcan siempre como percusión central sin pistón o de pistón oculto, la guardia civil tiene razón al decirte que no cumple la definición española de flobert. Seguramente podrías legalizarla pero como arma de fuego normal (siendo una 1911 guiada en F), lo cual es absurdo ya que no llega ni a 7j de potencia.
Última edición por MamasBoy el 25 Feb 2023 04:43, editado 1 vez en total.

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Re: Inscripción en el Libro de arma modificada a Flobert

Mensajepor MamasBoy » 25 Feb 2023 04:41

Reincidente escribió:Hola, hay algo que no entiendo en tu descripción del arma:

Es una 45 ACP convertida a Flobert, pero hablas de alojar el cartucho flobert en una "especie de vaina del 45 ACP".

La duda es si esa "vaina" es fija, soldada a la recámara, o es removible.

En el primer caso sería posible legalizarla, pero en el segundo caso no, ya que sería una pistola del 45 ACP con un reductor de calibre, algo que está expresamente prohibido por el R.A.

Saludos. :birra^:

La vaina sale, y no tiene nada que ver que se mueva o no, el calibre lo marca el cañón, nominalmente se le llama 4mm M20, pero al igual que ocurre con el 4mm flobert el calibre real del proyectil es 4,55mm.
en estas reconversiones primero se taladra el cañón para eliminar cualquier rastro de las estrías originales, se inserta un cañón de aire comprimido dentro y se suelda, ademas se eliminan los dientes de enganche en la corredera para evitar que el arma pueda volver a disparar el cartucho original cambiándole el cañón. Luego hay unas balas dummy adaptadoras con medidas exteriores del calibre original del arma y medidas interiores de la recamara del 4mm M20.

En la república checa hacen lo mismo transformando armas de diferentes calibres al 6mm flobert, esas si que serian legales en españa como flobert.

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Re: Inscripción en el Libro de arma modificada a Flobert

Mensajepor Reincidente » 25 Feb 2023 10:51

MamasBoy escribió:
Reincidente escribió:Hola, hay algo que no entiendo en tu descripción del arma:

Es una 45 ACP convertida a Flobert, pero hablas de alojar el cartucho flobert en una "especie de vaina del 45 ACP".

La duda es si esa "vaina" es fija, soldada a la recámara, o es removible.

En el primer caso sería posible legalizarla, pero en el segundo caso no, ya que sería una pistola del 45 ACP con un reductor de calibre, algo que está expresamente prohibido por el R.A.

Saludos. :birra^:

La vaina sale, y no tiene nada que ver que se mueva o no, el calibre lo marca el cañón, nominalmente se le llama 4mm M20, pero al igual que ocurre con el 4mm flobert el calibre real del proyectil es 4,55mm.
en estas reconversiones primero se taladra el cañón para eliminar cualquier rastro de las estrías originales, se inserta un cañón de aire comprimido dentro y se suelda, ademas se eliminan los dientes de enganche en la corredera para evitar que el arma pueda volver a disparar el cartucho original cambiándole el cañón. Luego hay unas balas dummy adaptadoras con medidas exteriores del calibre original del arma y medidas interiores de la recamara del 4mm M20.

En la república checa hacen lo mismo transformando armas de diferentes calibres al 6mm flobert, esas si que serian legales en españa como flobert.


Gracias por la explicación, MamasBoy. :birra^:
Prius flammis combusta quam arma Numantia victa. :tanque^:

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Re: Inscripción en el Libro de arma modificada a Flobert

Mensajepor October67 » 01 Mar 2023 16:17

Hola, gracias por contestar.
No, no es fija. Contacté directamente con la casa vendedora en Alemania y me dijo que al ser una reducción de calibre no era posible inscribirla, salvo guiarla en F (que no tiene sentido, pues era solo colección). Respecto al Reglamento, y ya solo por dialéctica, no veo la prohibición, si ello viene verificado/punzonado por un Banco de Pruebas y quien adquiere tiene licencia-autorización de coleccionista. Pero obviamente sin el consentimiento previo de adquisición por la GC, la dialéctica jurídica de poco sirve.
Gracias,
F.

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Re: Inscripción en el Libro de arma modificada a Flobert

Mensajepor October67 » 01 Mar 2023 16:59

La explicación de Mamasboys (creo) es correcta, con el añadido que el Banco de pruebas, en este caso alemán, lo ha verificado para pasar a punzonar el arma con el símbolo F (energia < 7,5 J). Por eso entendía que debiera ser posible su adquisición e inscripción en el Libro. Sí es cierto que el 4mmM20 (que eso no lo sabía) no es de fuego anular sino central, y ese matiz ya no encaja con la dicción legal (flobert de percusión anular), que no dice el Reglamento deba ser el arma original o fabricada de sistema flobert, de suerte que si el calibre al que se hubiera reconvertido/modificado fuera 4mm, 6mm o 9 mm rimfire (anular), sí, en principio, encajaría en la redacción legal, por más que fuera un calibre “reconvertido”. Eso pienso yo, pero no sé si piensan igual las intervenciones de armas. Y de ahí mi consulta que planteé. Si no entiendo mal parece que Mamasboys opina (o sabe, ojalá sea así en pos del coleccionismo) que en Chequia es común este tipo de modificación (supongo, con su verificación por el Banco de Pruebas checo), y que sí sea posible su adquisición e inscripción en el Libro. De ser así, buscaría en ese país, caso que exporten a España, pero claro siempre que sea posible, porque otro compañero opina (o sabe, ojalá no sea así) que el Reglamento nuestro lo prohíbe al haberse inicialmente diseñado fabricado el arma para un calibre con una energía >100 julios (límite de energía, respecto de las armas sistema flobert). En fin, vuelvo a estar en la casilla de salida… salvo respecto a que el calibre 4mmM20, al ser de percusión central debe descartarse.
Pero ¿y los de 4mm, 6mm y 9mm de percusión anular?
Ahí lo dejo y planteo.
La respuesta tal vez la tenga quien hubiera comprado o intentado comprar e inscribir en estos términos/condiciones (arma modificada y punzonada de un calibre superior a 100 julios a un calibre inferior a esa energía, eso sí, de percusión anular, y claro, SIN PÓLVORA). Esto es, si pudo/no pudo, siendo, insisto, un arma reconvertida/modificada a calibre flobert, con el punzonado del país de origen que verifica que esa arma en esas condiciones su energía haya pasado a ser inferior a los 100 julios (fijaros que estas reconversiones generalmente no alcanzan los 7.5 julios, por eso, en mi humilde opinión de que debiera ser posible, teniendo, como así tendría la GC el arma perfectamente controlada, en mi caso además en armero). Otra cosa sería la venta libre, que en Alemania se permite respecto de las armas con el punzonado F, excepto (la venta libre), pues ello ya cambió, respecto de aqéllas que a pedar de contar con el punzonado F, al ser “reconvertidas” de un calibre de pólvora, solo sea posible adquirirlas (ésas) con licencia/autorización. Del mismo modo que una flobert tradicional no es de venta libre.
Gracias de nuevo por contestar. Toda aportación es poca.
Saludos,
F.

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Re: Inscripción en el Libro de arma modificada a Flobert

Mensajepor MamasBoy » 02 Mar 2023 08:54

Yo he dicho que se hace en la república checa, no que sea común allí, los precios son prohibitivos para la gente de allí.

Allí se pasan por el banco de pruebas y luego son de venta libre, la trasformación es irreversible y ademas llevan taladrada la recamara para que salgan los gases y no pase de 7,5j (realmente dan unos 5j).

El problema es que las armerías que conozco que las venden allí, pasan de hacer el papeleo para exportarlas como si de un arma de fuego se tratase.

Respecto a transformarlas aquí, no le veo mayor problema que la paciencia necesaria y el gasto económico,
1- compra del arma
2- que una armería te la transforme
3- enviarla al bope a certificar, si la transformación es irreversible, el banco de pruebas te certificara el nuevo calibre y tachara de forma tosca los cuños viejos.
4- Una vez aprobado el cambio de calibre por el BOPE, la guardia civil te lo inscribe ya como flobert.

Solo le veo un posible problema al sistema de la recamara en las vainas móviles, al igual que haces vainas para el 6mm puedes hacerlas para el 22lr, seguramente te exigirán que garantices de alguna forma que no se pueda realizar ese cambio, por ejemplo en los revolver flobert del 6mm el tambor esta cortado, de manera que lo que gira tiene la longitud exacta del 22 flobert y no permite meter proyectiles más largos.
Si lo transformas al 4flobert no creo que te pusiesen pegas.

De todas formas, antes de hacer el gasto, lo suyo seria preparar un proyecto y consultarlo al bope.

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Re: Inscripción en el Libro de arma modificada a Flobert

Mensajepor October67 » 02 Mar 2023 09:29

Gracias.
Imaginativa la solución sí que es. El tema es si hay alguna armería que lo ofrezca y haga, por encargo claro. Que no sería, creo, mal negocio. Supongo, como dices, debiera el proyecto modificativo de la armería (y siempre que quisiera ofertar esta posibilidad de encargo, con su consiguiente listado atractivo de oferta de modelos de armas) con el visto bº previo del BOPE de cara a la inviabilidad de alojar/simultanear un cartucho de pólvora (como pudiera ser un .22). Es decir, ofertar por encargo la modificación de armas .22 a su homónimo flobert, impidiendo, eso sí,recamarar el .22 (si es que es posible tal anulación). En tal caso, se paga el precio del arma, con el margen para la armería, se paga el plus por el trabajo de la armería junto a los coste de Bope y tramitacion (segurísimo que mucho más margen de beneficio), y encargo cumplido y cobrado. Sujeto ello, pues, a reglamentación. Cliente contento y GC contenta.
Si alguna armería se anima, o ya existe, o alguien la conoce…que creo yo tendría su público. Y es que las nuevas exigencias de arma inutilizada (que era y es otra vía de colección) implican, sobre todo en pistola, excesivo impacto estético y funcional.
Gracias, como siempre, por tu aportación,
F.


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