Armero para armas de 3º categoria y custodia de munición
Publicado: 19 Sep 2022 11:42
Buenas,
Me he sacado ya la licencia E y estoy buscando un armero adecuado. Me interesaría uno con un compartimento con cerradura con llave diferente a la de la puerta del armero para poder guardar munición.
He encontrado uno y hablando con el vendedor (empresa de cajas fuertes, no es un armero) me dice que no puedo guardar la munición junto con el arma ya que el "reglamento actual no lo permite".
Revisando el reglamento no veo ningún problema, o eso creo:
«5. Las municiones y armas de la categoría 3.ª 1 y 2, deberán ser guardadas:
a) En los propios domicilios de sus titulares, en lugares seguros bajo llave, de forma que las armas y municiones no sean accesibles de manera conjunta.
Entiendo que el vendedor esta confundido, pero no se con que ya que para las armas de categoría 2. indica explicitamente que puedes usar un compartimento.
«5. Las armas de la categoría 2.ª 2 y sus municiones, deberán ser guardadas:
a) En los propios domicilios de sus titulares, en cajas fuertes o armeros autorizados por la Dirección General de la Guardia Civil y con las medidas de seguridad necesarias aprobadas por la Intervención de Armas y Explosivos, que podrá comprobarlas en todo momento. La munición se guardará separada de las armas de fuego en un lugar seguro bajo llave, o dentro del armero o caja fuerte en un compartimento diferente cerrado con llave.
Entiendo que el vendedor esta confundido ¿o hay alguna excepción en el reglamento que se me escapa?, el armero en cuestión será para custodiar carabinas del .22 y puede que una escopeta.
¿Debería tener algún problema con esto?.
Me he sacado ya la licencia E y estoy buscando un armero adecuado. Me interesaría uno con un compartimento con cerradura con llave diferente a la de la puerta del armero para poder guardar munición.
He encontrado uno y hablando con el vendedor (empresa de cajas fuertes, no es un armero) me dice que no puedo guardar la munición junto con el arma ya que el "reglamento actual no lo permite".
Revisando el reglamento no veo ningún problema, o eso creo:
«5. Las municiones y armas de la categoría 3.ª 1 y 2, deberán ser guardadas:
a) En los propios domicilios de sus titulares, en lugares seguros bajo llave, de forma que las armas y municiones no sean accesibles de manera conjunta.
Entiendo que el vendedor esta confundido, pero no se con que ya que para las armas de categoría 2. indica explicitamente que puedes usar un compartimento.
«5. Las armas de la categoría 2.ª 2 y sus municiones, deberán ser guardadas:
a) En los propios domicilios de sus titulares, en cajas fuertes o armeros autorizados por la Dirección General de la Guardia Civil y con las medidas de seguridad necesarias aprobadas por la Intervención de Armas y Explosivos, que podrá comprobarlas en todo momento. La munición se guardará separada de las armas de fuego en un lugar seguro bajo llave, o dentro del armero o caja fuerte en un compartimento diferente cerrado con llave.
Entiendo que el vendedor esta confundido ¿o hay alguna excepción en el reglamento que se me escapa?, el armero en cuestión será para custodiar carabinas del .22 y puede que una escopeta.
¿Debería tener algún problema con esto?.