CESION DE ARMA PARA TIRADA

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Chinchu
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Re: CESION DE ARMA PARA TIRADA

Mensajepor Chinchu » 08 Sep 2022 22:27

topp escribió:Si el papel no tiene que pasar por los de verde entonces no digo nada, desconocia que se puede transferir un arma durante 14 dias a otra persona sin pasar por la IA simplemente por un acuerdo de tu a tu...( yo a nivel personal nunca dejaria un arma a otra persona 14 dias si no es a traves de una IA hay mucha picaresca en este pais).


Hombre, se supone que no se la dejas a cualquiera.

Personalmente, a alguien que no conozco no se la dejaría ni para pegar un tiro. La he prestado a algún familiar o amigo de mi grupo de tiro de toda la vida, claramente alguien en quien confías plenamente, tanto a nivel personal como de experto tirador y persona cuidadosa.

Saludos,

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Re: CESION DE ARMA PARA TIRADA

Mensajepor yagorubio » 09 Sep 2022 09:15

Puede parecer una tontería pero en mi club tenemos papeles de cesión y los usamos para todo, incluso le he echo una cesión de arma a un compañero para que me lleve una carabina de aire comprimido a arreglar.

No es necesario, pero como me decía el compañero "no todos los guardias se saben la ley al dedillo".

En este pais mejor tener papel sin necesitarlo, que no tenerlo y que te incauten el arma ... aunque luego te la devuelvan.

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Re: CESION DE ARMA PARA TIRADA

Mensajepor JJWinchester » 09 Sep 2022 11:24

Este documento es una cesión privada entre particulares en la que no entra autoridad alguna, pero por eso mismo el que cede se hace responsable de que el que recibe el arma está en posesión de una licencia en vigor que le habilita para usarla. Ojo con esto, tan responsable es que la cede como el que la recibe y la pueda utilizar sin tener permiso.

Por lo demás, es un mecanismo muy útil, yo mismo lo he utilizado para vender un arma sin tener que ir a la IA. La cedes temporalmente, le das el arma al comprador, firmas el contrato de compraventa y listo, el comprador se ocupa del resto. Eso sí, esto requiere confianza total y absoluta en el comprador, que en este caso por supuesto existía al 100%.

Además es una cesión renovable, en principio sin límite. Puedes firmar una tras otra, ad eternum.
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Re: CESION DE ARMA PARA TIRADA

Mensajepor Fulminante » 14 Sep 2022 23:05

Ojo a lo publicado en la web de la FMTO el 8 de septiembre, muy poco después de lo que aquí se comentaba


Unicamente se podrá vender munición a los federados que acudan con su licencia de armas F en vigor y la guía de pertenencia del arma a nombre del mismo federado, y ambos documentos han de mostrarse FISICAMENTE

:zombie2: :zombie2: :zombie2:

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Re: CESION DE ARMA PARA TIRADA

Mensajepor Chemi _Refogs » 15 Sep 2022 02:45

Fulminante escribió:Ojo a lo publicado en la web de la FMTO el 8 de septiembre, muy poco después de lo que aquí se comentaba


Unicamente se podrá vender munición a los federados que acudan con su licencia de armas F en vigor y la guía de pertenencia del arma a nombre del mismo federado, y ambos documentos han de mostrarse FISICAMENTE

:zombie2: :zombie2: :zombie2:


Así es.

En febrero de este año hice una cesión de arma a mi hijo y pudo comprar munición a su nombre entregando el documento de cesión (lo que, de paso, le cuenta como actividad deportiva para revalidar la licencia en el futuro si siguiera en 3ª categoría).

Antes de ayer ya no pudo ser y la tuve que comprar como si fuera para mi, porque habían recibido una Circular de la Guardia Civil para que ya no se hiciera como antes.

Entonces, ¿para que vale la cesión si hay que acompañar al que cedes el arma a comprar munición? ¿Y si vives en distinto lugar o no puedes acompañarle?

Creo que esa circular inválida “de facto” la utilidad del documento de cesión y, al ir en contra del reglamento, debería ser declarada nula.

Si alguien conoce la circular en cuestión, ¿nos podría ilustrar sobre el tema?

Gracias y saludos.
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Re: CESION DE ARMA PARA TIRADA

Mensajepor Chinchu » 15 Sep 2022 09:25

Chemi _Refogs escribió:
Fulminante escribió:Ojo a lo publicado en la web de la FMTO el 8 de septiembre, muy poco después de lo que aquí se comentaba


Unicamente se podrá vender munición a los federados que acudan con su licencia de armas F en vigor y la guía de pertenencia del arma a nombre del mismo federado, y ambos documentos han de mostrarse FISICAMENTE

:zombie2: :zombie2: :zombie2:


Así es.

En febrero de este año hice una cesión de arma a mi hijo y pudo comprar munición a su nombre entregando el documento de cesión (lo que, de paso, le cuenta como actividad deportiva para revalidar la licencia en el futuro si siguiera en 3ª categoría).

Antes de ayer ya no pudo ser y la tuve que comprar como si fuera para mi, porque habían recibido una Circular de la Guardia Civil para que ya no se hiciera como antes.

Entonces, ¿para que vale la cesión si hay que acompañar al que cedes el arma a comprar munición? ¿Y si vives en distinto lugar o no puedes acompañarle?

Creo que esa circular inválida “de facto” la utilidad del documento de cesión y, al ir en contra del reglamento, debería ser declarada nula.

Si alguien conoce la circular en cuestión, ¿nos podría ilustrar sobre el tema?

Gracias y saludos.


Estoy contigo.

El documento de cesión otorga pleno derecho de uso a una persona que no es la titular del arma, sin necesidad de acompañamiento del dueño.

Que alguien me diga cómo usa ese arma el cesionario si no puede comprar munición y si el propietario del arma no se la puede dar legalmente.

El Reglamento de Cartuchería y Artículos Pirotécnicos dice, en su artículo Artículo 136.3. Adquisición de cartuchería:

3. No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores de este artículo:
...
El personal en posesión de licencia F (de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero), podrá adquirir para su consumo un número ilimitado de cartuchos siempre que lo haga en las propias instalaciones de las Federaciones y sin que pueda sacarlos del recinto de estas. Las Federaciones o Clubes de tiro adoptarán las medidas de control adecuadas para evitar que dichos cartuchos puedan salir al exterior, debiendo llevar el Libro Registro que se determina en el anexo III de la ITC número 24. La autorización tendrá una validez de un año y será expedida a los Clubes o Federaciones por la Intervención Central de Armas y Explosivos de la Dirección General de la Guardia Civil. Requisito previo para la obtención del citado permiso será tener las medidas de seguridad para el almacenamiento de la cartuchería debidamente aprobadas por la Intervención Central de Armas y Explosivos.


En éste no se establece condición de titularidad alguna, como cabría esperar puesto que no es jurisdicción de este reglamento diferenciar titularidades.

Por otro lado el Reglamento de Armas no establece disposición alguna en su artículo 91, en cuanto a la posibilidad de compra de munición:

Artículo 91.

1. Tanto los españoles como los extranjeros residentes en España podrán prestar sus armas de caza a quienes estén provistos de licencia de caza y de la licencia de arma larga rayada para caza mayor o escopeta correspondiente, según los casos, con una autorización escrita, fechada y firmada, para su uso durante quince días como máximo y precisamente para cazar. También se podrán prestar, con autorización escrita, pistolas, revólveres y armas de concurso, para la práctica de tiro deportivo, a quienes estén reglamentariamente habilitados para su uso. Las armas se prestarán siempre con sus guías de pertenencia.

2. Con igual autorización y a los mismos efectos, podrán prestarse las documentadas con tarjeta de armas, acompañadas de este documento.


¿En base a qué reglamentación se sacan de la manga esta circular que, dicho sea de paso, no tiene rango normativo alguno?

O es una nueva cacicada de la fmto, que los más antiguos sabemos no es la primera vez, o realmente hay una circular y cualquier federado tiene derecho a ver la copia.

Se me ocurren dos acciones:

Solicitar por escrito a la fmto la copia de la circular y/o hacer consulta a la icae.

Saludos,

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Re: CESION DE ARMA PARA TIRADA

Mensajepor topp » 15 Sep 2022 22:16

Creo que lo hacen porque muchos se federan sacan la F y tiran de gorra sin tener pistola ni caja fuerte, me da la sensacion que los tiros igual vienen de la ICAE, como justifica un tirador de tercera o de segunda sus tiradas y ascensos correctos sin tener pistola propia guiada... Es una suposicion pero no me extrañaria si lo han puesto lo de la FMTO igual es por un toque de la ICAE. Quien sale perjudicada es la FMTO vendera menos municion y menos tiradores federados, hay muchos que no pueden hacer frente al desembolso economico o por otras causas.. Otra cosa es que sea una Newsfake. :birra^: de todas formas cusndo vaya ya preguntare por ayi..
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Re: CESION DE ARMA PARA TIRADA

Mensajepor Fulminante » 17 Sep 2022 00:49

topp escribió:Creo que lo hacen porque muchos se federan sacan la F y tiran de gorra sin tener pistola ni caja fuerte, me da la sensacion que los tiros igual vienen de la ICAE, como justifica un tirador de tercera o de segunda sus tiradas y ascensos correctos sin tener pistola propia guiada... Es una suposicion pero no me extrañaria si lo han puesto lo de la FMTO igual es por un toque de la ICAE. Quien sale perjudicada es la FMTO vendera menos municion y menos tiradores federados, hay muchos que no pueden hacer frente al desembolso economico o por otras causas.. Otra cosa es que sea una Newsfake. :birra^: de todas formas cusndo vaya ya preguntare por ayi..


De fake news nada.... https://fmto.net/19-fmto/1447-aviso-importante



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Re: CESION DE ARMA PARA TIRADA

Mensajepor Chinchu » 17 Sep 2022 08:18

Eso no demuestra que detrás esté la icae, no sería la primera vez que ocurre, que se escudan en una supuesta circular; De hecho no ponen en ese aviso nada que haga referencia a la causa.

Si fuese por orden de la icae, qué inconveniente habría en decirlo, y más aun, en poner copia en la pecera para que todos la vean.

Como siempre, los unos por loa otroas, la casa sin barrer.

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Re: CESION DE ARMA PARA TIRADA

Mensajepor para_bellum » 17 Sep 2022 08:42

Os recuerdo que la munición no se puede ceder, permutar, etc, en base al reglamento de cartuchería, por lo que no se podría sacar munición el titular y prestar la pistola con la misma.

Así que es imposible prestar un arma con esas condiciones.

Vamos, que la ocurrencia es como para su estudio.

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Re: CESION DE ARMA PARA TIRADA

Mensajepor topp » 20 Sep 2022 20:50

En esas condiciones van a joder a muchisimos no puedes pegar un tiro si no tienes arma propia... pasara lo de siempre se tirara sin cesion ni hostias el federado de la pipa compra la municion y en el puesto se la deja al interesado con la pipa en cuestion.... como se ha echo toda la vida... :lol: :lol:

Bastante jodida esta ya la FMTO para hacer eso, estan las galerias practicamente vacias. :cow:
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Re: CESION DE ARMA PARA TIRADA

Mensajepor jrdc1 » 21 Sep 2022 08:43

Buenas!

En mi club, si no tienes licencia puedes alquilar una pistola del 22lr y comprar munición para hacer prácticas, bajo supervisión del entrenador/jefe de galería. Si tienes licencia, lo mismo, pero no necesitas supervisión. Es decir, que no es necesario poseer un arma corta para tirar. Si puedes comprar munición para arma alquilada, por qué no para arma prestada. Qué diferencia hay?

Saludos

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Re: CESION DE ARMA PARA TIRADA

Mensajepor yagorubio » 21 Sep 2022 10:53

jrdc1 escribió:Buenas!

En mi club, si no tienes licencia puedes alquilar una pistola del 22lr y comprar munición para hacer prácticas, bajo supervisión del entrenador/jefe de galería. Si tienes licencia, lo mismo, pero no necesitas supervisión. Es decir, que no es necesario poseer un arma corta para tirar. Si puedes comprar munición para arma alquilada, por qué no para arma prestada. Qué diferencia hay?

Saludos

Reglamentariamente no hay diferencia.

La única diferencia, en este caso, es que unos te la quieren vender y otros no.

Si fuese un tema de la ICAE estaría ese aviso en todos los clubes y no es así.

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Re: CESION DE ARMA PARA TIRADA

Mensajepor Chemi _Refogs » 11 Dic 2022 01:40

Chinchu escribió:Eso no demuestra que detrás esté la icae, no sería la primera vez que ocurre, que se escudan en una supuesta circular; De hecho no ponen en ese aviso nada que haga referencia a la causa.

Si fuese por orden de la icae, qué inconveniente habría en decirlo, y más aun, en poner copia en la pecera para que todos la vean.

Como siempre, los unos por loa otroas, la casa sin barrer.


Buenas, Chinchu y demás compañeros:

Pues acabo de retirar mis renovaciones de licencia de la Intervención de Madrid y he aprovechado para preguntar por el tema.

Resulta que NO es un tema de la FMTO, sino que se ha cambiado la forma de actuar (obligar a actuar, más bien) por parte de la guardia civil porque antes “no se hacía bien”. De hecho, me han comentado que multaron a varias armerías por vender munición a personas con el documento de cesión.

¿Cual es la solución si no acompaña el cedente al que se le cede el arma? Pues el titular compra la munición necesaria y se la da al que se la cede junto con el arma y el documento. Parece ser, pues, que esto es una excepción a la prohibición de ceder munición.

No he preguntado en qué circular aparece eso porque no caí pero la cosa es como me la han contado y así la he contado yo...

Si alguien pregunta en otra Intervención y le dicen algo distinto, agradeceríamos lo comentase.

Saludos cordiales. :birra^:
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Re: CESION DE ARMA PARA TIRADA

Mensajepor Chemi _Refogs » 11 Dic 2022 01:50

topp escribió:En esas condiciones van a joder a muchisimos no puedes pegar un tiro si no tienes arma propia... pasara lo de siempre se tirara sin cesion ni hostias el federado de la pipa compra la municion y en el puesto se la deja al interesado con la pipa en cuestion.... como se ha echo toda la vida... :lol: :lol:

Bastante jodida esta ya la FMTO para hacer eso, estan las galerias practicamente vacias. :cow:


Pues así es como dicen ahora que se debe hacer, sólo que con el papel de cesión...

Como dije mas arriba, no es un tema de la Federación.

La faena es que los tiradores de tercera categoría sin pistola propia ya no pueden comprar munición ellos mismos cosa que consta como actividad deportiva (entrenamiento no controlado) de cara a la renovación; ahora hay que competir aunque sea en las complementarias, que son en sábado, con lo que lo pone mas difícil para los que trabajan en fin de semana.

Saludos cordiales.
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Re: CESION DE ARMA PARA TIRADA

Mensajepor topp » 14 Dic 2022 17:59

Yo trabajo fines de semana y las pasaba canutas para encontrar un sabado que se pudiera tirar con 9, desde el año pasado mezclaron todos los calibres en las complementarias y ahora si que coincide porque casi todos los sabados se puede tirar con 9,45, etc... :D es algo que se agredece (aunque a mi opinion me parece una pachangera mezclar todo a la vez) pero bueno son complementarias no tiradas oficiales de pompa y festin, y don para lo que son descargar las tiradas serias en las cuales hay tiradores que les gustan, para los demas nos comformamos con las complementarias... :cow:
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