Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

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jrdc1
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Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor jrdc1 » 16 May 2017 19:46

Buenas!

Kilawo escribió:Gracias por la aclaración.

En cuanto me llegue el revolver que he comprado (tardará un mes entre la Guía de circulación, el BOPE y Defensa) le diré al sargento que la anote en mi libro, la desanote :wink: y me expida la Guía de pertenencia.

:vacaciones^:


Mal vamos si tienes que decirle como hacer las cosas... :lol:

Saludos

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Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor Chinchu » 16 May 2017 19:50

jrdc1 escribió:Buenas!

Para hacer las cosas bien deberían meterla en el libro, sacarla del libro y expedir la guía, para dejar constancia del proceso. Por otro lado, encuentro razonable la economía procesal de guiar el arma en AER sin pasar por el libro, pero me imagino que hay que tener las cosas muy claras para hacerlo así.

Y respecto a que sólo tendrás una en LCR, no le hagas caso. A todos los efectos, las armas guiadas en AER cuentan como inscritas en el libro, a efectos de número necesario de armas para la no revocación de la ACR y la renovación de la AER, en su momento.

Saludos


Es que no es así, ni se acerca,

Realmente no entiendo lo que está pasando y, al parecer, eso de que las cosas están claras dista mucho de ser verdad porque cada IA hace lo que le viene en gana.

La Orden de Interior es clara, sin embargo no se cumple.

Las réplicas o reproducciones, todas, se inscriben en el libro de coleccionista de réplicas de armas históricas y ahí han de quedar para siempre. Salvo venta, claro está.

Aquellos que solicitan la Autorización Especial de Uso de Réplicas, pueden además guiar las armas con la AER, una vez que la obtienen, pero las armas no se sacan del libro. En el libro se puede hacer constar que se ha expedido guía, pero no por ello se sacan de este. Deben coexistir ambos.

Si se sacan las armas del libro se está incumpliendo lo que dice la Orden.

Artículo 5. Inscripción de las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas en el libro-registro de coleccionismo.

Una vez otorgada la condición de coleccionista de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas, las armas correspondientes se inscribirán en el libro-registro a que se refiere el artículo 3 por la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil correspondiente.

CAPÍTULO III

Uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas


Artículo 7. Uso.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107 del Reglamento de Armas, el uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas está prohibido. Excepcionalmente, se podrán utilizar en campos, galerías o polígonos de tiro controlados para prácticas, previa obtención de autorización especial en la forma prevenida en el artículo 101 del Reglamento de Armas.


En ningún sitio de la Orden y en ningúna otra norma complementaria pone que al guiarlas se saquen del libro.

En el Art. 5 pone que las réplicas se han de inscribir en el Libro.

En el Art. 7 pone que se puede solicitar la Autorización Especial para usarlas.

¿En qué Artículo pone que se saquen?

Realmente esto es el colmo de la interpretación.

De verdad, ¿Alguien se ha leído la Norma?

Saludos,

Pd.¿ No será que algunos interpretan que, porque se añade la observación de la guía en el libro, se está sacando el arma de el?

Porque eso no es cierto, para sacarla del libro ha de constar que causa baja del mismo, como en el caso de la venta.

De hecho no es preceptivo eso de poner que tienen guía en el Libro, yo tengo todas mis réplicas inscritas, y todas con guía, y en mi libro no pone que tengan guía. Porque en ningún sitio dice que deba ser así, igual que en ningún sitio consta que se hayan de sacar del libro al guiarlas.

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Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor jrdc1 » 17 May 2017 16:41

Buenas!

En la Intervención Especial de Armas de Barcelona, situada en Travessera de Gracia, y que depende orgánicamente del Intervención de Armas de Sant Andreu de la Barca, situada en la comandancia de zona de Catalunya, dan de baja del libro las réplicas inscritas en el momento de emitir la guía que, amparada en la AER, permite su uso. No me cabe la menor duda de que ambas intervenciones actúan al unísono, coordinandose en cuanto a contenidos y continentes.

En mi caso, la segunda inscripción es de baja del arma del libro por expedición de guía para su uso, como se puede leer en la imagen que subí hace un par de días. De hecho, para una segunda arma réplica que tenía inscrita y dada de baja por expedición de guía, cuando la enejené no me pidieron el libro para nada, y eso que estaba en el mostrador, junto al barkeeper. Arma y guía, y un nuevo propietario contento.

Personalmente, estoy de acuerdo en que para un arma dada sólo debe existir un documento justificativo de su titularidad, para evitar usos torticeros, aunque la Orden de refencia no lo especifique.

Dicho lo cual, si se saltan la ley es su problema, no el mío. Yo con cumplir con lo que me dicen en mi IA, voy servido.

Saludos

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Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor Chinchu » 17 May 2017 17:42

Hola,

No es que actuen coordinadamente es que, si una depende de la otra, directamente hace lo mismo.

Reitero, nada hace pensar que haya que dar de baja del Libro cuando en ningún sitio lo pone, mucho menos cuando la Orden de Interior dice que las réplicas estarán inscritas en el y muchísimo menos teniendo en cuenta que la guía es el documento que acompaña al arma para poder ser usada, y no sustituye en ningún momento su categoría.

Esas intervenciones, como muchas otras, van por libre e interpretan como quieren y al final lo acabamos pagando nosotros.

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Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor Kilawo » 18 May 2017 21:19

Buenas tardes,

Disculpad. Estaba equivocado. Al expedirme la Guía del rifle, no dieron de baja la entrada en el Libro. Se limitaron a rayar en rojo la primera fila y a anotar la expedición de la guía.

Lo que me desorientó fue que comenté que había comprado un revolver de cartucho metálico dentro del plazo de un año, para cumplir mi obligación de adquirir una segunda arma y me dijo después de darme la tarjetita "ahora no tiene ninguna" :(

Tardará un mes en llegar el revolver. Cuando vuelva a la IA postearé aquí el resultado.

Saludos.
Adjuntos
Hola, lo siento pero en temas de cientos de páginas es difícil extraer conclusiones claras si en su día 40
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Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor Calatravo » 18 May 2017 23:50

Las leyes, pueden estar definidas de la manera que estén, pero la realidad es otra y ademas en mis ultimas incorporaciones se lo exigía el operativo.
Para exponer mis casos:
La primera arma paso de AE a libro de replicas y una vez que me concedieron la autorización de uso me mandaron la nueva licencia incluyendo la AER, a partir de ese momento la guie y la dieron de baja del libro.
Después guié un rifle comprado nuevo que vino con certificados, para cumplir con la segunda arma y este en concreto me lo guiaron en AER sin pasar por el libro.
Después compre un revolver usado que estaba en AE esta compra la tramitaron en la intervencion del vendedor, presente el libro y la licencia y me hicieron guia directamente, entre comillas pues no lo hicieron bien.
Después al caducarme la AE fuy a cambiar otro revolver que conservaba con esa guia y ya en ese momento si que me hicieron el tramite completo de inscribir en el libro para inmediatamente borrarlo y hacer guia y ese revolver anterior que compre lo tuvieron que pasar por el mismo procedimiento por que ademas lo habían guiado como si fuera para F sin tenerla, pero eso al final fue por error.
Ahora mismo mantengo 2 revólveres en AER y los rifles al tener el cupo suficiente en AER los he pasado a la D, con los certificados en mi poder conservan la condición de volver a ser metidos en el libro, si me interesara o si los vendo a alguien que solo tenga esa opción.
Esta visto que se hacen diferentes cosas segun la IAE que lo tramite y con independencia de lo que diga la ley el operativo informático que aplican al guiar las armas les marca el procedimiento sin que puedan evitarlo.
Esto esta claro que es mi caso y que lo tengo muy reciente, con esto ni le doy ni le quito la razón a nadie; pero a mi entender es procedimiento es primero libro y al guiarlo se saca del libro, al que puede volver cuando si quiera si no se renueva la AER
Por otra parte el cupo exigido de 2 armas se puede cumplir combinando libro y guía, esto no me lo imagino me lo han asegurado personalmente en la IAE.
Saludos
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Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor jrdc1 » 19 May 2017 13:29

Buenas!

Kilawo escribió:Buenas tardes,

Disculpad. Estaba equivocado. Al expedirme la Guía del rifle, no dieron de baja la entrada en el Libro. Se limitaron a rayar en rojo la primera fila y a anotar la expedición de la guía.


Podríamos estar semanas interpretando que quiere decir esa raya en rojo... :D

Al final, lo que importa es salir de la IA con los papeles necesarios para hacer lo que nos interesa.

Saludos

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Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor Amra » 19 May 2017 14:34

Buenas tardes.

Lo que si se me queda claro es que solo con el libro no se puede salir a la calle con el arma, hace falta guía, que después se de baja o no, yo creo que es secundario, toda la burocracia asociada a un arma en tiro va asociada a una guía de pertenencia, el libro es solo para acreditar que eres coleccionista de este tipo de armas, lo que creo que se interpreta como baja es que ese arma ya no es de colección sino de tiro pero especial al estar relacionada directamente con el coleccionismo, además de que parece ser que el aplicativo no permite dos estados a la vez (libro y guía), aunque esa guía digamos que esta asociada al libro pero no es lo mismo, jurídicamente hablando se les trata diferente.

¿Por cierto alguien sabe cual es la multa o lo que sea, si me pillan con un arma en libro de coleccionista sin guía en la calle?.

Es decir estos dos casos:

1) La tenencia de arma de 6ª Categoría (históricas, antiguas y avancarga)
o Flobert fuera del domicilio, estando inscrita en un Libro Registro de
coleccionista sin poseer guía de circulación.

2) El uso de arma de la 6ª Categoría (históricas, antiguas y avancarga) o
Flobert, estando inscrita en Libro Registro de coleccionista.

Un saludo.
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Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor manchego2010 » 19 May 2017 17:06

Chinchu escribió:Las réplicas o reproducciones, todas, se inscriben en el libro de coleccionista de réplicas de armas históricas y ahí han de quedar para siempre. Salvo venta, claro está.

Aquellos que solicitan la Autorización Especial de Uso de Réplicas, pueden además guiar las armas con la AER, una vez que la obtienen, pero las armas no se sacan del libro. En el libro se puede hacer constar que se ha expedido guía, pero no por ello se sacan de este. Deben coexistir ambos.

Si se sacan las armas del libro se está incumpliendo lo que dice la Orden.

Artículo 5. Inscripción de las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas en el libro-registro de coleccionismo.

Una vez otorgada la condición de coleccionista de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas, las armas correspondientes se inscribirán en el libro-registro a que se refiere el artículo 3 por la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil correspondiente.

CAPÍTULO III

Uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas


Artículo 7. Uso.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107 del Reglamento de Armas, el uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas está prohibido. Excepcionalmente, se podrán utilizar en campos, galerías o polígonos de tiro controlados para prácticas, previa obtención de autorización especial en la forma prevenida en el artículo 101 del Reglamento de Armas.


En ningún sitio de la Orden y en ningúna otra norma complementaria pone que al guiarlas se saquen del libro.

En el Art. 5 pone que las réplicas se han de inscribir en el Libro.

En el Art. 7 pone que se puede solicitar la Autorización Especial para usarlas.

¿En qué Artículo pone que se saquen?

(...)

De hecho no es preceptivo eso de poner que tienen guía en el Libro, yo tengo todas mis réplicas inscritas, y todas con guía, y en mi libro no pone que tengan guía. Porque en ningún sitio dice que deba ser así, igual que en ningún sitio consta que se hayan de sacar del libro al guiarlas.

Yo estoy totalmente de acuerdo.

Es más añado el siguiente argumento:

Artículo 8. Requisitos.
En la solicitud para la obtención de la autorización especial de uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas se deberá aportar la siguiente documentación:
(...)
Asimismo, deberá acreditarse lo siguiente:
a) Inscripción de las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas en el libro-registro.

Artículo 10. Revocación.
La vigencia de la autorización especial de uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas estará condicionada al mantenimiento de los requisitos previstos, pudiendo los órganos competentes para su expedición comprobar en cualquier momento tal mantenimiento y procediendo a revocarla en caso contrario, previa la instrucción del oportuno procedimiento administrativo.


Es evidente que uno de los requisitos es la inscripción que debe MANTENERSE. La falta de inscripción podría dar lugar incluso a la revocación.

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Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor Amra » 19 May 2017 18:05

Antiguamente un arma o estaba en el libro de coleccionista o estaba amparada bajo algún tipo de licencia. Las del libro no se podían disparar, ni sacar de casa, ni tenían guía. Las de las licencias B,F,D,E,A, AE, tenían cada una su guía y se podían usar, cada una según su categoría.

Entiendo que ahora es igual, no se en que se diferencia el libro antiguo del de replicas.

Por lo menos la mayoría de ias no lo diferencian y por eso dan de baja.

Un saludo.
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Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor Amra » 19 May 2017 18:14

Ahora es casi imposible meter armas en el libro antiguo, y en el libro nuevo llamado de replicas las condiciones para meter armas son las que ya todos sabemos, antes para disparar armas en el libro antiguo ó guía de circulación justificando evento especial sin sacar el arma del libro ó AE con guía de pertenencia y sacando del libro, ¿ahora no es igual?.

Lo que ha cambiado realmente son las condiciones para meter armas en el libro, las primeras las han cortado prácticamente y las replicas las han asimilado prácticamente a la F.

Un saludo.
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Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor Amra » 19 May 2017 18:21

En cuanto a las revistas, también dejan claro que en cualquier momento debes llevarlas para que las revisen, igual que antes.

Si cometes un delito y consideran que las armas del libro son peligrosas, te las quitan sin dudar, la ley lo permite perfectamente, igual que antes.

Repito lo que realmente ha cambiado es que las antiguas las cortan y las nuevas las asimilan a la F.

Si no me equivoco claro. :)

Un saludo.
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Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor Amra » 19 May 2017 18:36

Si no se sacan del libro entonces no pasan revistas cada momento de renovar (no se renueva pero se puede revocar), solo pasan revista cuando la autoridad competente lo pida, que puede ser en cualquier momento, en cambio en las autorizaciones especiales AE/AER sí pasan revista al momento de renovar, por lo que me es indiferente si la dan de baja ó me la guían sin pasar por libro, en el momento que un arma esta guiada pasa a estar supervisada por un sistema informático/humano al cual le importa un pimiento en que este guiada el arma, solo le importa poder controlarla más aun que las de colección, al igual que las que están en el libro antes se controlaban de otra manera ahora al estar informatizándose se controlan muchisimo más que las de antes, al final todo se resume en eso, CONTROL, cosa que me parece bien siempre que no se corten LIBERTADES, pero eso es otro tema aparte.

Los que mas han perdido con todo esto somos lo usuarios que empezábamos porque se ha endurecido todo y el mercado de armas se ha resentido muchísimo y lógicamente las armerías, por no mencionar a los grandes coleccionistas que tenemos en nuestro país.

Es mi opinión, me puedo equivocar, pero son las conclusiones a las que llego.

Un saludo.
Última edición por Amra el 19 May 2017 19:33, editado 2 veces en total.
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Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor Amra » 19 May 2017 19:02

Gracias a la digitalización de la vida, hay muchas situaciones como el control de las armas en la que la gente no se da cuenta que realmente lo que hace esa digitalización es ordenar, catalogar, homogeneizar, relacionar, es por ello por lo que realmente y como dicen varios compañeros de foro, son los aplicativos o aplicaciones informáticas las que dictan realmente las normas, dando igual los libros del color que sean.

Un saludo.
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Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor Calatravo » 20 May 2017 13:04

manchego2010 escribió:
Chinchu escribió:Las réplicas o reproducciones, todas, se inscriben en el libro de coleccionista de réplicas de armas históricas y ahí han de quedar para siempre. Salvo venta, claro está.

Aquellos que solicitan la Autorización Especial de Uso de Réplicas, pueden además guiar las armas con la AER, una vez que la obtienen, pero las armas no se sacan del libro. En el libro se puede hacer constar que se ha expedido guía, pero no por ello se sacan de este. Deben coexistir ambos.

Si se sacan las armas del libro se está incumpliendo lo que dice la Orden.

Artículo 5. Inscripción de las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas en el libro-registro de coleccionismo.

Una vez otorgada la condición de coleccionista de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas, las armas correspondientes se inscribirán en el libro-registro a que se refiere el artículo 3 por la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil correspondiente.

CAPÍTULO III

Uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas


Artículo 7. Uso.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107 del Reglamento de Armas, el uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas está prohibido. Excepcionalmente, se podrán utilizar en campos, galerías o polígonos de tiro controlados para prácticas, previa obtención de autorización especial en la forma prevenida en el artículo 101 del Reglamento de Armas.


En ningún sitio de la Orden y en ningúna otra norma complementaria pone que al guiarlas se saquen del libro.

En el Art. 5 pone que las réplicas se han de inscribir en el Libro.

En el Art. 7 pone que se puede solicitar la Autorización Especial para usarlas.

¿En qué Artículo pone que se saquen?

(...)

De hecho no es preceptivo eso de poner que tienen guía en el Libro, yo tengo todas mis réplicas inscritas, y todas con guía, y en mi libro no pone que tengan guía. Porque en ningún sitio dice que deba ser así, igual que en ningún sitio consta que se hayan de sacar del libro al guiarlas.

Yo estoy totalmente de acuerdo.

Es más añado el siguiente argumento:

Artículo 8. Requisitos.
En la solicitud para la obtención de la autorización especial de uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas se deberá aportar la siguiente documentación:
(...)
Asimismo, deberá acreditarse lo siguiente:
a) Inscripción de las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas en el libro-registro.

Artículo 10. Revocación.
La vigencia de la autorización especial de uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas estará condicionada al mantenimiento de los requisitos previstos, pudiendo los órganos competentes para su expedición comprobar en cualquier momento tal mantenimiento y procediendo a revocarla en caso contrario, previa la instrucción del oportuno procedimiento administrativo.


Es evidente que uno de los requisitos es la inscripción que debe MANTENERSE. La falta de inscripción podría dar lugar incluso a la revocación.


Por supuesto que lo expuesto en estos comentarios es correcto si aplicas el texto de los artículos de la ley, como también es cierto que no se hace así al menos en muchos sitios.
Pero los usuarios o propietarios no incumplimos nada, simplemente vamos a la IAE que nos corresponde aportando todos los documentos, acreditaciones y cumpliendo con los requisitos exigidos, para la tenencia y uso en su caso de esta categoría de armas y los que realizan el tramite, guiado, inscripción etc son los interventores que nos atienden,utilizando la formula que consideran adecuada, por esto seria impensable de que nos culpara de incumplir nada, en caso de por no ser correcto el procedimiento se pretenda actuar contra nosotros aplicando la revocación o sanción de algún tipo.
Saludos.
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Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor Amra » 22 May 2017 15:31

Buenas tardes.

Lo que yo entiendo de todo esto es tan simple como que las armas de colección las guían con un libro y las que también son de colección pero se quieren usar, las guían con una licencia, los dos tipos son armas de colección solo que las del tipo libro tienen unas condiciones distintas a las del tipo licencia, si realmente fueran lo mismo, no se diferenciarían en la famosa orden ni existirían las sanciones que antes comente, que todavía no se si son reales pero documentadas están, al agente que te pare no se si se va a creer que no tienes guía porque lo dice la orden tal y cual, y si le enseñas el libro lo primero que te va a decir es que no se pueden sacar de casa y muy probablemente te pregunte porque no esta inutilizada. :)

Son dos entidades complementarias pero diferenciadas, a nivel jurídico é informático, si no es así y realmente son una misma entidad si que es para cabrearse pues es un lió sin sentido más que el de liar a todos.

Esperemos que todo se acabe de quedar claro, mientras tanto yo las armas en libro sin guía no las saco ni loco, la que tengo guiada en AER sin problema, porque puedo argumentar perfectamente lo que tengo, a donde voy y para que.

Estoy escribiendo todo este royo no por los antiguos sino por los nuevos como yo que nos podemos llevar un susto desagradable con tanta historia, es mi opinión y mi experiencia, por ahora.

Un saludo.
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Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor Chinchu » 22 May 2017 16:58

Amra escribió:Buenas tardes.

Lo que yo entiendo de todo esto es tan simple como que las armas de colección las guían con un libro y las que también son de colección pero se quieren usar, las guían con una licencia, los dos tipos son armas de colección solo que las del tipo libro tienen unas condiciones distintas a las del tipo licencia, si realmente fueran lo mismo, no se diferenciarían en la famosa orden ni existirían las sanciones que antes comente, que todavía no se si son reales pero documentadas están, al agente que te pare no se si se va a creer que no tienes guía porque lo dice la orden tal y cual, y si le enseñas el libro lo primero que te va a decir es que no se pueden sacar de casa y muy probablemente te pregunte porque no esta inutilizada. :)

Son dos entidades complementarias pero diferenciadas, a nivel jurídico é informático, si no es así y realmente son una misma entidad si que es para cabrearse pues es un lió sin sentido más que el de liar a todos.

Esperemos que todo se acabe de quedar claro, mientras tanto yo las armas en libro sin guía no las saco ni loco, la que tengo guiada en AER sin problema, porque puedo argumentar perfectamente lo que tengo, a donde voy y para que.

Estoy escribiendo todo este royo no por los antiguos sino por los nuevos como yo que nos podemos llevar un susto desagradable con tanta historia, es mi opinión y mi experiencia, por ahora.

Un saludo.


Las reproducciones de armas históricas se "documentan" con el libro de coleccionista de reproducciones.

Si, además, se quieren usar y se está en posesión de la AER, Autorización Especial y no Licencia, se expide una guía especial para su uso.

Con el Libro se pueden sacar de casa para ir a una IA, por ejemplo a pasar revista o a una compra-venta. Con la Guía y la Autorización Especial se sacan de casa a la Galería, Polígono o incluso IA.

Está claro que a tirar no se puede ir si no se tiene la Autorización Especial y la Guía.

saludos,

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Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor Amra » 22 May 2017 18:30

Chinchu escribió:
Amra escribió:Autorización Especial y no Licencia


Y en que se diferencia prácticamente una autorización especial de una licencia, porque las dos tienen que pasar revista y el libro no.

¿Cual es la diferencia real?.

Un saludo.
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