Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Todo sobre licencias de armas, reglamentos, normativa...
Avatar de Usuario
_Dani
.44 Magnum
.44 Magnum
Mensajes: 481
Registrado: 28 Dic 2013 12:30
Contactar:
Estado: Desconectado

Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor _Dani » 16 Oct 2016 12:17

Hola, lo siento pero en temas de cientos de páginas es difícil extraer conclusiones claras si en su día no estabas ahí para seguirlo... estoy en trámite de la F y de la AE, y el tema de los revólveres SAA de cartucho sin ocupar puesto en la F, según creo entender:

1º Se permitieron en la AE y hubo un boom
2º Lo quitaron de la AE, aunque muchas webs de armerías sigue poniendo guiable en AE...
3º Se pueden guiar en una nueva AER, con requisitos específicos

¿Hasta aquí voy bien?

Sobre la AER:

-He leído que lleva examen, ¿siempre, o si ya te has examinado de F y la tienes en vigor...?
-También he leído como requisito tener algo guiado en AE antes de poder pedir la AER, ¿esto es así?
-Y una vez tenga la F y una de avancarga en AE ya puedo pedir AER y guiar con ella sin más historia?
-¿algún otro requisito?

-Si pierdes la F ¿que pasa con AE y AER? puedes seguir tirando con ellas? lo comenté en el club en un momento de pánico pre-examen y me dijeron que sin la F no se podía tirar con nada, que la F amparaba a las otras, ¿no hay tiradores de avancarga que no tengan la F?

Aclaro que no es mi intención tener un arma por tenerla, que creo que fue el problema con los cattleman en AE... pero visto como me fue en el curso y el examen creo que subir la F de categoría podría tardar bastante ... :oops: ni siquiera distingo de un negro y 2 gatillazos cual de los 5 tiros ha sido cada cosa...
Por tanto mi plan inicial sería una 22 y mucha paciencia en F, una patriot en AE y un cattleman en AER, y una vez metido en toda la parafernalia de la pólvora, la baqueta, la recarga... si un día me quemo con el tema de la precisión y los puntos y pierdo la F, si me gustaría poder seguir tirando informalmente con lo otro, pero no me termina de quedar claro si podría o no

Muchas gracias anticipadas por cualquier aclaración

Avatar de Usuario
Chinchu
375 HH Magnum
375 HH Magnum
Mensajes: 4538
Registrado: 16 May 2011 08:19
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor Chinchu » 16 Oct 2016 12:53

Hola, te respondo intercalando:


1º Se permitieron en la AE y hubo un boom
2º Lo quitaron de la AE, aunque muchas webs de armerías sigue poniendo guiable en AE...
3º Se pueden guiar en una nueva AER, con requisitos específicos.

digamos que es más o menos así
Aunque también se podría decir que NI SÍ, NI NO, NI TODO LO CONTRARIO


¿Hasta aquí voy bien?
Psssssssss
Sobre la AER:

-He leído que lleva examen, ¿siempre, o si ya te has examinado de F y la tienes en vigor...?
Si ya tienes la F no sería necesario exámen alguno
-También he leído como requisito tener algo guiado en AE antes de poder pedir la AER, ¿esto es así?
Esto no es cierto
-Y una vez tenga la F y una de avancarga en AE ya puedo pedir AER y guiar con ella sin más historia?
Esto tampoco
-¿algún otro requisito?

-Si pierdes la F ¿que pasa con AE y AER? puedes seguir tirando con ellas? lo comenté en el club en un momento de pánico pre-examen y me dijeron que sin la F no se podía tirar con nada, que la F amparaba a las otras, ¿no hay tiradores de avancarga que no tengan la F?
Esto tampoco es cierto, la AE y la AER son independiente de cualquier otra licencia. Otra cosa es que te hablasen de la licencia Federativa como requisito para ir a ese club

En cuanto a las armas históricas y sus réplicas, resumiendo, tienes dos posibilidades:

Si son de época, es decir originales, fabricadas antes del 1 de enero de 1890, las puedes guiar en AE, aun siendo de cartucho metálico. Además de seguir pudiendo guiar en AE todas las de Avancarga.

Si son réplicas de las anteriores, primero debes solicitar el reconocimiento de coleccionista de armas históricas, si no tienes licencia alguna has de cumplir los requisitos de coleccionista, que están en la Orden de Interior que lo regula, si ya tienes F, bastaría con solicitarlo.

Luego te compras el libro, donde puedes inscribir cualquier réplica, siempre que dispongas de los certificados de BOPE y M. de Defensa que así lo acrediten.

Una vez tienes el libro, puedes solicitar la Autorización Especial para uso de Réplicas, de ahí AER, que si tienes F te la conceden directamente y si no la tienes a examinarte.

Además, todo el tema del armero, etc. etc., pero eso puedes verlo en las Normas.

Aquí tienes la legislación aplicable:

Orden INT/2202/2014

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?i ... 2014-12249

Resolución de 27 de marzo de 2015,(medidas de seguridad)

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?i ... -2015-3779

Resolución de 27 de marzo de 2015, (pruebas capacitación)

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?i ... -2015-3780

Saludos

Avatar de Usuario
_Dani
.44 Magnum
.44 Magnum
Mensajes: 481
Registrado: 28 Dic 2013 12:30
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor _Dani » 16 Oct 2016 20:15

Genial gracias, me lo has aclarado a la perfección :birra^:

Avatar de Usuario
fierabras
375 HH Magnum
375 HH Magnum
Mensajes: 4153
Registrado: 11 Sep 2014 15:40
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor fierabras » 16 Oct 2016 20:33

Me parece que se os ha olvidado comentar que en el libro de coleccionista de réplicas tienes que inscribir al menos dos armas de ese tipo. Puedes empezar con una pero firmas un papel en el que te comprometes a adquirir una segunda antes de un año.

Avatar de Usuario
_Dani
.44 Magnum
.44 Magnum
Mensajes: 481
Registrado: 28 Dic 2013 12:30
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor _Dani » 17 Oct 2016 11:17

Hola, si se me olvidó decirlo también pedí el libro a la vez que F y AE, y el libro me llegó enseguida las otras aun las estoy esperando. Si lo he pillado bien, una réplica de cartucho tiene que estar al mismo tiempo en el libro para la tenencia y en AER para el uso, mientras que "avancarga normal" con estar en AE ya no hace falta que esté también en el libro, aunque creo haber leido posts de gente con armas de avancarga en AE que al parecer la gc les ha dicho que las tenían que pasar al libro

Rascador
.300 Win Mag
.300 Win Mag
Mensajes: 1001
Registrado: 12 Sep 2015 17:28
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor Rascador » 26 Oct 2016 18:08

Tengo mas dudas relativas a armas de cartucho metalico, AE, AER y autorización para uso de armas metidas en libro.

¿Se pueden meter en el libro (y luego ser autorizadas para su uso) replicas en calibres no históricos?, es decir p.e. replicas del Colt 1873 o del Remington 1875 en calibre 357mag.

Sobre lo de tener que meter minimo 2 armas en el libro.
¿Solo es meterlas en el libro o también hay que solicitar la autorización para su uso de minimo 2 armas?
¿Las 2 tienen que ser armas de patente anterior a 1800 y pico etc etc... o puede una de ellas ser posterior (p.e. un Colt 1911A1 o una Nambu)?.

Sobre la concesión de autorización para uso de armas metidas en libro.
¿Solo están autorizando el uso de replicas de patente anterior a 1800 y pico etc etc... o también de cualquier otra arma metida en libro mientras se tenga la licencia pertinente para su uso (p.e. la 1911A1 o la Nambu teniendo la F)?.
Gracias

Avatar de Usuario
Chinchu
375 HH Magnum
375 HH Magnum
Mensajes: 4538
Registrado: 16 May 2011 08:19
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor Chinchu » 26 Oct 2016 18:43

Rascador escribió:Tengo mas dudas relativas a armas de cartucho metalico, AE, AER y autorización para uso de armas metidas en libro.

¿Se pueden meter en el libro (y luego ser autorizadas para su uso) replicas en calibres no históricos?, es decir p.e. replicas del Colt 1873 o del Remington 1875 en calibre 357mag.
Realmente no, para ser catalogado como réplica de arma histórica ha de cumplirse que se corresponda con un modelo de la época, y esto incluye el calibre. Si el calibre es posterior al 1 de enero de 1890, entonces cómo puede certificarse si ya no se corresponde con un arma fabricada antes de esa fecha. Otra cosa es que a alguien se lo hayan "colado", pero ese es otro tema

Sobre lo de tener que meter minimo 2 armas en el libro.
¿Solo es meterlas en el libro o también hay que solicitar la autorización para su uso de minimo 2 armas?
¿Las 2 tienen que ser armas de patente anterior a 1800 y pico etc etc... o puede una de ellas ser posterior (p.e. un Colt 1911A1 o una Nambu)?.
La Norma dice que habrán de estar inscritas dos réplicas en el libro, como mínimo en el plazo de un año, para cumplir con los requisitos de coleccionista de réplicas de armas históricas, no dice que deban ser todas guiadas para su uso. La norma establece que se podrá pedir autorización de uso de todas esas armas,lógicamente siempre que quiera el propietario, luego entiendo que podrás guiar una , ninguna o todas.

Lógicamente, si la Orden se refiere a réplicas de armas históricas, ambas deberán ser réplicas de armas de fabricación anterior a esa fecha


Sobre la concesión de autorización para uso de armas metidas en libro.
¿Solo están autorizando el uso de replicas de patente anterior a 1800 y pico etc etc... o también de cualquier otra arma metida en libro mientras se tenga la licencia pertinente para su uso (p.e. la 1911A1 o la Nambu teniendo la F)?.
Gracias
Es más de lo mismo, con la Autorización Especial de uso de REPLICAS de Armas Históricas, AER, sólo puede guiarse RÉPLICAS

Saludos,
Última edición por Chinchu el 26 Oct 2016 19:04, editado 1 vez en total.

Avatar de Usuario
Chinchu
375 HH Magnum
375 HH Magnum
Mensajes: 4538
Registrado: 16 May 2011 08:19
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor Chinchu » 26 Oct 2016 18:48

fierabras escribió:Me parece que se os ha olvidado comentar que en el libro de coleccionista de réplicas tienes que inscribir al menos dos armas de ese tipo. Puedes empezar con una pero firmas un papel en el que te comprometes a adquirir una segunda antes de un año.


hola,

Precisamente para eso se han copiado los tres link de toda la normativa, para no tener que repetir todos los detalles de la norma.

Lo otro es un resúmen. Tampoc se enumeran las condiciones de seguridad o todos los requisitos administrativos, sólo las dudas planteadas.

Saludos,

Avatar de Usuario
Chinchu
375 HH Magnum
375 HH Magnum
Mensajes: 4538
Registrado: 16 May 2011 08:19
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor Chinchu » 26 Oct 2016 19:01

_Dani escribió:Hola, si se me olvidó decirlo también pedí el libro a la vez que F y AE, y el libro me llegó enseguida las otras aun las estoy esperando. Si lo he pillado bien, una réplica de cartucho tiene que estar al mismo tiempo en el libro para la tenencia y en AER para el uso, mientras que "avancarga normal" con estar en AE ya no hace falta que esté también en el libro, aunque creo haber leido posts de gente con armas de avancarga en AE que al parecer la gc les ha dicho que las tenían que pasar al libro


Si te fijas en las normas, sólo se habla en ellas de réplicas de cartucho metálico, luego toda la legislación aplicable a armas de avancarga sigue igual que antes y, por tant,o las armas de avancarga se seguirán guiando en AE.

No hay ninguna base legal para que nadie sea obligado a meter armas de avancarga en libro alguno.

El único caso que conozco es de propietarios de armas antiguas de avancarga no guiadas, pues durante muchos años se han tenido así, que además no tienen numeración o marcajes o banco de pruebas alguno. A estos la legislación les obliga a pasarlos por BOPE para ser guiados pero sólo si los quieren usar para disparar; Existe la opción de legalizarlos metiéndolos en el libro, pero en el normal, no en el de réplicas, aunque previamente hay que pasarlos por BOPE a certificar su condición de Armas Históricas originales. (independientemente de si el libro es físiciamente el mismo o no, la condición es distinta a las ráplicas)

Rascador
.300 Win Mag
.300 Win Mag
Mensajes: 1001
Registrado: 12 Sep 2015 17:28
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor Rascador » 26 Oct 2016 20:46

Chinchu escribió:
Rascador escribió:
Sobre la concesión de autorización para uso de armas metidas en libro.
¿Solo están autorizando el uso de replicas de patente anterior a 1800 y pico etc etc... o también de cualquier otra arma metida en libro mientras se tenga la licencia pertinente para su uso (p.e. la 1911A1 o la Nambu teniendo la F)?.
Gracias
Es más de lo mismo, con la Autorización Especial de uso de REPLICAS de Armas Históricas, AER, sólo puede guiarse RÉPLICAS

Saludos,


Esta parte sigue sin quedarme clara.

¿Una 1911A1 actual (fabricada por ejemplo en los últimos 20 o 30 años) no es replica de la 1911A1 de la IIGM o de la Vietnam y se podría por consiguiente meter en el libro de replicas?.

Avatar de Usuario
JordiAMX
Usuario Baneado
Mensajes: 3050
Registrado: 05 Feb 2012 13:05
Estado: Desconectado

Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor JordiAMX » 26 Oct 2016 21:03

Rascador escribió:
Chinchu escribió:
Rascador escribió:
Sobre la concesión de autorización para uso de armas metidas en libro.
¿Solo están autorizando el uso de replicas de patente anterior a 1800 y pico etc etc... o también de cualquier otra arma metida en libro mientras se tenga la licencia pertinente para su uso (p.e. la 1911A1 o la Nambu teniendo la F)?.
Gracias
Es más de lo mismo, con la Autorización Especial de uso de REPLICAS de Armas Históricas, AER, sólo puede guiarse RÉPLICAS

Saludos,


Esta parte sigue sin quedarme clara.

¿Una 1911A1 actual (fabricada por ejemplo en los últimos 20 o 30 años) no es replica de la 1911A1 de la IIGM o de la Vietnam y se podría por consiguiente meter en el libro de replicas?.


No se puede, porque la Colt 1911 es, como su nombre indica, posterior a la fecha tope, 1890.
Cave canem.

Rascador
.300 Win Mag
.300 Win Mag
Mensajes: 1001
Registrado: 12 Sep 2015 17:28
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor Rascador » 26 Oct 2016 21:16

JordiAMX escribió:
Rascador escribió:
¿Una 1911A1 actual (fabricada por ejemplo en los últimos 20 o 30 años) no es replica de la 1911A1 de la IIGM o de la Vietnam y se podría por consiguiente meter en el libro de replicas?.


No se puede, porque la Colt 1911 es, como su nombre indica, posterior a la fecha tope, 1890.


Vale. Entiendo entonces que el libro de replicas solo es para armas "de polvora negra", pero entonces me surge otras preguntas.
¿Ahora hay un libro de coleccionista para originales y otro libro diferente para replicas?.
En el libro de coleccionista (el de toda la vida) ¿solo se podían meter originales o también replicas?.
¿Se conceden también autorizaciones de uso para armas de polvora nitro inscritas en libro o si quieres usarlas te hacen pasarlas a la F?.

Es que de todo el tema este de libros de coleccionistas estoy totalmente pez porque nunca le había prestado atención. Y si le juntamos con que cada 2 o 3 años cambian alguna norma del RA y lo hacen mas absurdo aun pues ya apaga y vámonos.

Avatar de Usuario
Calatravo
.300 Win Mag
.300 Win Mag
Mensajes: 1729
Registrado: 23 Mar 2009 09:01
Ubicación: La Mancha
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor Calatravo » 27 Oct 2016 00:06

No hay 2 libros ,solo uno y es el mismo para todo, lo que si hay son 2 autorización de coleccionista, una para armas historicas, que ya no le dan esa categoría a ningún arma, pero las que estan registradas como tal si la conservan mientras no las saques del libro para guiarlas, entonces perderían su condición y con esta autorización también se pueden registrar en el libro armas originales anteriores a 1890,armas de avancarga e inutilizadas.
Luego esta la autorización de coleccionista de replicas de armas antiguas anteriores a 1890, con esa autorización se pueden inscribir en el libro las armas que reúnan las condiciones de replica y se cumplan los requisitos para tenerlas,como armero etc, pero en el mismo libro solo cambia la definición de la diligencia que ponen al inscribirla y en este caso esas armas se pueden también guiar en AER lo que permite su uso, las historicas no se pueden usar.
Saludos.
Manifestar:Querer a España,es de gente noble y sana.
Ni el lugar de nacimiento,ni la ideologia,ni la condicion social,
son impedimentos o excusas para:
RESPETAR A ESPAÑA.

Rascador
.300 Win Mag
.300 Win Mag
Mensajes: 1001
Registrado: 12 Sep 2015 17:28
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor Rascador » 27 Oct 2016 00:23

Ok. Creo que me va quedando mas claro.
Y respecto al requisito de tener que inscribir dos armas en el libro antes de que pase un año de su concesión ¿tienen que ser dos replicas de cartucho metalico o podria pasar al libro algun arma de avancarga "normal" en caso de que fuera a transcurrir el plazo?.

Avatar de Usuario
Chinchu
375 HH Magnum
375 HH Magnum
Mensajes: 4538
Registrado: 16 May 2011 08:19
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor Chinchu » 27 Oct 2016 00:53

Rascador escribió:Ok. Creo que me va quedando mas claro.
Y respecto al requisito de tener que inscribir dos armas en el libro antes de que pase un año de su concesión ¿tienen que ser dos replicas de cartucho metalico o podria pasar al libro algun arma de avancarga "normal" en caso de que fuera a transcurrir el plazo?.

Esto ya está respondido.

Para ostentar la condición de coleccionista de Réplicas de Armas Históricas es indispensable tener un mínimo de dos armas que sean réplicas de las que se definen en la orden, y estas no son las de avancarga sino las de cartucho metálico cuyo modelo anterior al 1 de enero de 1890.

La orden, si se lee, se ve que solo habla de esas réplicas. Pero hay que leerla, claro.
Última edición por Chinchu el 27 Oct 2016 01:08, editado 1 vez en total.

Avatar de Usuario
Chinchu
375 HH Magnum
375 HH Magnum
Mensajes: 4538
Registrado: 16 May 2011 08:19
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor Chinchu » 27 Oct 2016 01:04

Rascador escribió:
Esta parte sigue sin quedarme clara.

¿Una 1911A1 actual (fabricada por ejemplo en los últimos 20 o 30 años) no es replica de la 1911A1 de la IIGM o de la Vietnam y se podría por consiguiente meter en el libro de replicas?.


Un arma puede ser una réplica de otra, aun siendo moderna, pero la Orden se refiere sólo a las anteriores al 1 de enero de 1890, luego NO
Última edición por Chinchu el 27 Oct 2016 01:23, editado 1 vez en total.

Rascador
.300 Win Mag
.300 Win Mag
Mensajes: 1001
Registrado: 12 Sep 2015 17:28
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor Rascador » 27 Oct 2016 01:13

Chinchu escribió:
Rascador escribió:
Esta parte sigue sin quedarme clara.

¿Una 1911A1 actual (fabricada por ejemplo en los últimos 20 o 30 años) no es replica de la 1911A1 de la IIGM o de la Vietnam y se podría por consiguiente meter en el libro de replicas?.


Un arma puede ser una réplica de otra, aun siendo moderna, pero la Orden se refiere sólo a las anteriores al 1 de enero de 1890, luego NO

Pd. No tengo problema en responder a las preguntas, pero te agradecería que te tomases el mismo esfuerzo al menos en leer previamente la documentación adjunta, pues esta pregunta claramente está respondida ya al menos dos veces o tres veces y se responde sola leyendo la Orden.

Se ha repetido hasta la saciedad que estas normas son solo para las reproducciones de armas de fuego antiguas, anteriores al 1 de enero de 1890, no de 1911.
Calatravo escribió:No hay 2 libros ,solo uno y es el mismo para todo, lo que si hay son 2 autorización de coleccionista, una para armas historicas, que ya no le dan esa categoría a ningún arma, pero las que estan registradas como tal si la conservan mientras no las saques del libro para guiarlas, entonces perderían su condición y con esta autorización también se pueden registrar en el libro armas originales anteriores a 1890,armas de avancarga e inutilizadas.
Luego esta la autorización de coleccionista de replicas de armas antiguas anteriores a 1890, con esa autorización se pueden inscribir en el libro las armas que reúnan las condiciones de replica y se cumplan los requisitos para tenerlas,como armero etc, pero en el mismo libro solo cambia la definición de la diligencia que ponen al inscribirla y en este caso esas armas se pueden también guiar en AER lo que permite su uso, las historicas no se pueden usar.
Saludos.



Es que leo cosas contradictorias.
Chinchu, tu me dices que tienen que ser de cartucho metalico, pero calatravo dice que se pueden meter las de avancarga e incluso inutilizadas en el libro.
Luego esta que me he leído por encima los enlaces a la normativa que están puestos mas atrás y me ha parecido leer que bhay que guardar las replicas de cartucho metalico en un armero grado 1, pero en otros post en el subforo de avancarga leo que grado 3.
Luego en este hilo se llama al papelito que autoriza para tener replicas AER y en mi IA me han dicho que se llama LR.
Y asi unas cuantas contradicciones mas entre lo que dicen unos y otros.

Edito: Acabo de releer el enlace a "medidas de seguridad" y veo que es grado 1 para largas y grado 3 para cortas, pero solo cuando se tiene autorización para su uso. ¿Cuándo no esta autorizado su uso y solo estan en el libro pueden tener sin armero? (como he leído en otro hilo).

Avatar de Usuario
Chinchu
375 HH Magnum
375 HH Magnum
Mensajes: 4538
Registrado: 16 May 2011 08:19
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: Resumen AE AER y SAA cartucho, ayuda si alguien lo entiende...

Mensajepor Chinchu » 27 Oct 2016 02:41

Rascador escribió:Es que leo cosas contradictorias.
Chinchu, tu me dices que tienen que ser de cartucho metalico, pero calatravo dice que se pueden meter las de avancarga e incluso inutilizadas en el libro.
Luego esta que me he leído por encima los enlaces a la normativa que están puestos mas atrás y me ha parecido leer que bhay que guardar las replicas de cartucho metalico en un armero grado 1, pero en otros post en el subforo de avancarga leo que grado 3.
Luego en este hilo se llama al papelito que autoriza para tener replicas AER y en mi IA me han dicho que se llama LR.
Y asi unas cuantas contradicciones mas entre lo que dicen unos y otros.
Edito: Acabo de releer el enlace a "medidas de seguridad" y veo que es grado 1 para largas y grado 3 para cortas, pero solo cuando se tiene autorización para su uso. ¿Cuándo no esta autorizado su uso y solo estan en el libro pueden tener sin armero? (como he leído en otro hilo).


Estarás conmigo en que lo que se ha de cumplir es lo que dice la Norma, no lo que decimos unos u otros. La Norma es clara y por eso te las he puesto.

En cuanto al papelito que comentas, realmente se llama "AUTORIZACION ESPECIAL DE USO DE RÉPLICAS O REPRODUCCIONES DE ARMAS DE FUEGO ANTIGUAS", ni AER ni LR. Así consta en mi "papelito" pero en mis guías pone AER, donde en otras guías de otras armas de otras categorías o uso pone E, D, ARMA DE CONSURSO, o AE. No sé de dónde se han sacado lo de LR, parece una abreviación de "licencia de réplicas", o una forma coloquial de referirse a ella acuñada por tu IA, pero no se ajusta a la realidad ya que en la guía pone AER en letra grande y clara, por eso se le llama AER.

El problema es que estás mezclando conceptos y normativas.

Empiezo con un ejemplo. Un coche puede conducirse tanto con carnet B como con C, ambos carnets tienen requisitos distintos para sacarse, sin embargo el coche es el mismo. Además, hay vehículos como los camiones que sólo se pueden conducir con el C.

Del mismo modo hay un solo libro, pero hay diferentes permisos que sirven para su uso y, según ese uso, el libro se diligencia de distinta forma, una, otra o las dos.

El Libro de coleccionista se puede sacar de dos formas distintas, y se puede tener diligenciado de una de ellas o de las dos a la vez, como Coleccionista de armas y como Coleccionista de Réplicas de Armas Antiguas o Históricas. Los requisitos son distintos para cada caso, y el uso que se le da también es distinto en cada caso, y ambos se recogen en el Reglamento de Armas y en la Ordenes descritas.

El permiso de Libro de Coleccionista, (a secas), te habilita para inscribir armas que por su categoría, importancia, interés histórico o artístico, etc. sean susceptibles de ser certificadas como tales. También pueden inscribirse armas originales cuyo año de fabricación sea anterior al 1 de enero de 1890, cuidado originales, ahí entran lafuché, avancarga y cartucho metálico, pero sólo de época . Y también se pueden inscribir en el Libro las armas inutilizadas, aunque no sea obligatorio pues se pueden tener sin libro, oportunamente certificadas y controladas. LAS ARMAS INSCRITAS EN ESTE LIBRO NO PUEDEN USARSE NUNCA, para usarse deberán estar guiadas convenientemente conforme a su categoría y no en el libro. No existe posibilidad de compatibilizar un arma del Libro de coleccionista con su uso, o está en el Libro o está guiada en su categoría y con su consiguiente Licencia o Permiso.

El permiso de Libro de Coleccionista de Réplicas te habilita a inscribir en él réplicas modernas de las armas antiguas, siempre que el año de fabricación del arma original sea anterior al 1 de enero de 1890. Por ejemplo un Colt SAA del 45 Colt, de la marca Uberti. Además, si tienes este permiso, puedes obtener la AER que te habilita a usarlas, pero sólo esas, siempre que estén debidamente guiadas. Todas las armas inscritas de este modo necesitan disponer de los certificados de BOPE y Ministerio de Defensa. En el caso de uso de estas armas, según la Orden, han de estar inscritas en el Libro de Réplicas y a la vez guiadas como AER. Al copntrario que en el otro tipo de Libro.

Como ves, ambos permisos son distintos, los requisitos son distintos para su obtención, las medidas de seguridad también distintas. Y aunque sea el mismo libro físicamente hablando, es como si fuesen dos distintos, por tanto no puedes solapar lo de uno en otro. Si tienes que tener dos réplicas, son dos réplicas, del tipo que sean, no una réplica y una inutilizada. Técnicamente parece que podrías tener un Colt SAA Uberti y una réplica de un mosquete napoleónico para cumplir el requisito, pero es absurdo, ya que para inscribir ese mosquete como réplica deberás haber pagado al BOPE sus certificados, cuando es más fácil y barato tenerlo con la AE o comprar otro Uberti. Con un agravante, todas las armas inscritas en el Libro de réplicas que sean para uso han de guardarse en armero, luego en este caso necesitarías un armero Grado III para ambas armas, corta y larga,(y no te digo lo que cuesta y pesa un grado III de larga), o un armero grado I para el mosquete y otro grado III para el Colt. Posiblemente pudieses tener una como uso y la larga como sólo coleccionista, entonces sólo necesitarías el grado III de corta o viceversa, pero no podrías sacar la otra de casa. Por otro lado, quienes no tengan ya otras licencias de cortas,F, o largas D, en este caso habrían de superar los dos exámenes respectivos. En cualquier caso, dado el precio de algunas las réplicas, parece más fácil y económico tener dos réplicas de cortas. Y una cosa más, las armas de avancarga, si están en la AE, no necesitan armero de nigún tipo, así que mayor motivo para no mezclar de ese modo.

Respecto a este último párrafo tengo mis dudas, ya que la Orden habla de la categoría 6ª-2, donde parece que estén todas las armas anteriores al 1 de enero de 1890, incluídas las de avancarga, sin embargo la categoría 6ª-4 dice: en general las armas de avancarga. No es por tanto descabellado pensar que esto excluye la de avancarga del la 6ª-2 y, por tanto, de su posibilidad de ser inscritas sus réplicas.

En cuanto a las medidas de seguridad, están claras en la norma y son diferentes según sean solo para colección o también para su uso:

Primero. Custodia de las armas.

Las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas que se encuentren guiadas al amparo de la autorización especial para su uso, …,
Las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas que respondan a la definición de arma larga del artículo 2 del Reglamento de Armas, serán guardadas completas, o sus cierres o piezas fundamentales, en cajas fuertes, armarios o armeros, con al menos un grado de seguridad clase Iestablecido en la norma UNE EN 1143-1.

Las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas que respondan a la definición de arma de fuego corta del artículo 2 del Reglamento de Armas, serán guardadas completas en cajas fuertes, armarios o armeros, con al menos un grado de seguridad clase III, de la norma UNE EN 1143-1.

Segundo. Medidas de seguridad de las armas en exposición.


1. Las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas inscritas en el Libro-Registro previsto en el artículo 107 del Reglamento de Armas, que se expongan en el interior de los domicilios, deberán poseer alguna de las medidas de seguridad siguientes, que impidan su robo o sustracción:

a) Un sistema de anclaje adecuado al medio de exposición.
b) Una vitrina dotada con cerradura y cristal con categoría de resistencia P1A de la norma UNE 356.

2. Sin perjuicio de lo exigido en el apartado anterior, si el número de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas inscritas en el Libro-Registro sobrepasa las cinco unidades, la puerta de la estancia o habitación donde se expongan estará dotada de cerradura con llave, y las ventanas o huecos estarán protegidos con persianas metálicas o con rejas.

Espero que ahora se te aclare el asunto.

saludos,
Última edición por Chinchu el 27 Oct 2016 11:10, editado 1 vez en total.


Volver a “Leyes y Normativa sobre armas”

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 110 invitados