javichin1991 escribió:Con respecto a la idea de Anarma de eliminar el actual libro de coleccionista (que es una autorizacion de por VIDA) y sustituirlo por una licencia renovable cada 5 años, es un error muy serio, que pone en riesgo las colecciones de armas y con ello el tiempo y el dinero empleado en crearlas. Una simple enfermedad a la hora de renovar y la coleccion depositada en la GC.
Eliminar la figura del libro de coleccionista NO arregla el problema del coleccionismo de armas post 1 de Enero de 1890, es decir de las historicas. El problema se arregla y es por lo que se deberia de luchar, con la introduccion en el reglamento de un concepto justo y veraz de lo que es un arma historica y de coleccion y generando una lista oficial de modelos de armas aprobados como de interes historico y/o de coleccion.
Se hace mencion a la posibilidad de tirar con estas armas, lo cual es interesante, PERO en el momento que se pide tirar, ya estamos sometidos a los requisitos de una licencia, todo ello cuando la mayor parte de las armas historicas y de coleccion NO son disparadas de forma regular o mas bien nunca ya que se puede dañar su valor con rotura de piezas. Disparar con una P08 de 1912 o una Colt 1911 de 1913 o un Colt New Service de 1920 por poner tres ejemplos, no es aconsejable a no ser que queramos dañar su valor. Salvo, que lo que se busque es crear una licencia de coleccionista a doc para unos pocos con los suficientes medios economicos para coleccionar armas clase A, pero creedme, esto ultimo NO pasara en España.
Desde estas lineas muestro mi mas profundo rechazo a esta iniciativa de sustuir el libro de coleccionista por una licencia renovable cada cinco años y adelanto que no estoy solo, son muchos los coleccionistas afectados, A LOS QUE NADIE NOS HA CONSULTADO NI PREGUNTADO y no nos quedaremos de brazos cruzados viendo como se nos perjudica muy seriamente.
Totalmente deacuerdo, lo deseable sería que en España hubiese un modelo de PERMISO DE TENENCIA y LICENCIA DE USO. Es decir que una cosa fuese la tenencia en domicilio y otra el uso de las mismas. La tenencia de por vida sujeta a penales y no médicos, la de uso ya si a la periodicidad etc.
Seria muy parecido al caso de las replicas actuales LCR + AER pero aplicado a originales LC + AE.
Un saludo.