LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

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manchego2010
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor manchego2010 » 25 Ene 2018 17:32

wibols escribió:permiteme discrepar, por esa misma regla de tres, pertenecer a una asociacion de colecionistas solo acredita que perteneces a una asociacion de colecionistas, no que seas colecionista, en cambio te lo aceptan a la hora de pedir las autorizaciones de colecionistas.

Claro, pero lo aceptan porque lo que se pide no es ser coleccionista sino, véase el artículo 5.1, es tener "Interés real en el coleccionismo de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas, lo que podrá acreditarse, entre otras, de las siguientes formas: – Afiliación a una asociación de coleccionismo de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas legalmente constituida, mediante la presentación del correspondiente carné o certificado".
Para obtener la AER se pide (art. 8. párrafo 2º.c) "Disponer de un carné de socio, licencia federativa o cualquier otro documento o medio acreditativo para el uso de las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas en un campo, galería o polígono de tiro" y para renovar (art. 9.2) "acreditarse el uso habitual de las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas en campos, galerías o polígonos de tiro, durante los 5 años de vigencia de la autorización previa". Si disponer de carné de socio de un campo de tiro (requisito para la obtención) fuera suficiente para renovar, no tendría sentido exigir además para renovar acreditar el uso, porque en tal caso todo el mundo cumpliría ese requisito por el solo hecho de haber obtenido la AER.
Pero vamos, el que quiera probar suerte...

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Efialtes » 25 Ene 2018 18:32

Estimados compañeros:
Gracias por vuestras aportaciones intentando aclarar mis dudas en este tema de acreditar el uso de las réplicas tal y como dice la Orden. El motivo de mi pregunta era ir preparando los documentos oportunos para el momento de la renovación. Entiendo por vuestras respuestas que existen dos posibilidades: Una que pasa por paeticipar en tiradas o entrenamientos controlados para que nos expidan el certificado correspondiente, y otra que requeriría que desde el club se emitiera algún tipo de certificado de que se ha usado el arma en sus instalaciones. Yo obtuve mi AER en mayo de 2017 y, de momento, tengo guiada una réplica Uberti, a la espera de encontrar una segunda réplica que me cuadre. En 2022 tendré que renovar y no se que tipo de documentación tengo que aportar para acreditar el uso. Ya tengo claro que el pertenecer a un club de tiro no acredita el uso de las réplicas. Espero que cuando vaya llegando el momento de la renovación, nos vayais comentando el tipo de docume tación que os piden. Yo en principio iré solicitando de mi club certificados anuales de que algún miembro de la directiva me ha visto hacer uso de las réplicas, a ver si es suficiente. De nuevo gracias a todos.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor jrdc1 » 25 Ene 2018 18:37

Buenas!

Manchego2010, Calatravo y yo fuimos de los primeros en obtener la ACR y la AER. Cuando nos toque renovar en 2020 ya os explicaremos nuestras vicisitudes, y apuesto triple contra sencillo a que nos darán respuestas diferentes a la misma cuestión.

Saludos

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor jrdc1 » 25 Ene 2018 18:38

Buenas!

Repetido por idiota.

Saludos

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Calatravo » 26 Ene 2018 23:16

jrdc1 escribió:Buenas!

Manchego2010, Calatravo y yo fuimos de los primeros en obtener la ACR y la AER. Cuando nos toque renovar en 2020 ya os explicaremos nuestras vicisitudes, y apuesto triple contra sencillo a que nos darán respuestas diferentes a la misma cuestión.

Saludos


Yo ya hice preguntas en su momento.
Por parte de la intervención, dentro de lo que podían saber todo muy bien en cuanto a atencion y respuesta, por un lado me dijeron que por ellos valía un certificado de la federación o el campo de tiro de acreditar uso de tipo que fuera no era necesario que fueran competiciones, que incluso si el año en que se concedió la AER no se había hecho uso se entendería que no ha sido posible realizar uso por el poco tiempo que daba para adaptarse y cumplir con la norma, pero al final la respuesta mas clara fue que para cuando llegue el momento de renovar nadie sabia si se mantendrían estas condiciones o serian otras que esperase a ver como estan las cosas cuando llegue el momento.
Por parte de la federación de Castilla la Mancha a pesar de haber mandado varios correos solicitando que me certifique las tiradas que hago en el campo de tiro que ademas estan registradas en el libro, no he conseguido todavía que ni tan siquiera se digne quien corresponda a dar una respuesta positiva ni negativa, ademas de por correo he hablado por teléfono con la persona que esta en la oficina de la federación aquí en la provincia y que de su atencion no tengo ninguna queja y me consta que siempre lo a transmitido, pero nadie se digna a tan solo responder lo digo en abierto por que lo considero vergonzoso, cuando llegue el momento de renovar ya veré como se soluciona, pero a fecha de hoy siento que soy miembro de una federación que no tiene una mínima preocupación por las necesidades de sus federados.
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Ni el lugar de nacimiento,ni la ideologia,ni la condicion social,
son impedimentos o excusas para:
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor topp » 03 Feb 2018 16:21

para obtener la AER para meterlas en el libro que necesito: (no voy a usarlas en el campo de tiro)
-instancia correspondiente
-hoja de pago
-fotocopia dni
-Psicotecnico
-carnet de asociación armas antiguas (fotocopia..??)

a ver si me falta algo, el libro lo tengo ya porque soy coleccionista.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Efialtes » 03 Feb 2018 16:36

topp escribió:para obtener la AER para meterlas en el libro que necesito: (no voy a usarlas en el campo de tiro)
-instancia correspondiente
-hoja de pago
-fotocopia dni
-Psicotecnico
-carnet de asociación armas antiguas (fotocopia..??)

a ver si me falta algo, el libro lo tengo ya porque soy coleccionista.

Amigo topp, si no vas a usarlas en el campo de tiro, no necesitas la AER, la inscribes en el libro de coleccionista de réplicas (Ojo, este es un libro difernete del coleccionista clåsico) y ya está. Por no necesitar, no necesitas ni el aremro de grado 3, que si sería necesario en el caso de t ner la AER. Eso si, no pueden salir de tu casa.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor _Dani » 03 Feb 2018 16:41

Libro (a secas o de réplicas): tenencia
AE o AER: uso.

Si ya tienes el libro, normal para avancarga o de réplicas para cartucho, ya puedes comprar el arma y tenerla en tu casa.

Cuidado no te pase como a mi, que la resolución que te concede el libro, no es el libro, hay que llamar a imprentaescuela de la g.c. para que te manden el libro físico a tu IA. Igual ya lo sabes o ya lo tienes pero como ha sido anteayer tenía que decirlo :lol:

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor topp » 03 Feb 2018 16:49

El libro lo tengo de coleccionista de siempre, lo que no tengo es la condición de coleccionista de replicas creo que es una hoja parecida a la de coleccionista de armas...??? y eso tendré que tramitarlo y no se como o no hace falta..??
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor para_bellum » 03 Feb 2018 17:06

topp escribió:El libro lo tengo de coleccionista de siempre, lo que no tengo es la condición de coleccionista de replicas creo que es una hoja parecida a la de coleccionista de armas...??? y eso tendré que tramitarlo y no se como o no hace falta..??


Justo eso lo pregunté en la intervención de Madrid. Yo también tengo el libro.

Hace falta pagar una tasa de 11 euros con nosecuanto y presentar un psicotécnico. No es necesario presentar afiliación de asociación de coleccionistas ni carta de otros coleccionistas ni gaitas. Lo cierto es que esto era muy difícil de exigir teniendo en cuenta que tú y yo tenemos una carta de la "autoridad competente" que reconoce que ya somos coleccionistas de armas... que hace falta para el propio libro. Pero será por absurdeces...

Se utiliza el mismo libro si ya se tiene uno "normal"

Me dijo que, eso sí, la solicite cuando tenga claro que voy a comprar, porque hace falta tener 2 réplicas inscritas en 1 año desde que recibe la autorización.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor _Dani » 03 Feb 2018 17:08

Si es para un cattleman o similar de cartucho, no de avancarga, necesitas el libro de réplicas, esto se lo han inventado para que no fuera tan fácil tener un revolver de bala con la ae. Es similar al otro, solicitud, tasa, certificado médico, lo de la pertenencia a asociación no hace falta si ya tienes el otro y la AE (en mi caso al menos así ha sido), se pide con la solicitud genérica de la gc. Igual que con las de avancarga, la licencia AER es para el uso, para solo la tenencia no hace falta basta con el libro, y aunque el libro normal y la ae se podían pedir a la vez, en algunas IA no te van a dejar pedir la AER (en caso que la quisieras para el uso) hasta que tengas concedido el libro y dos armas en el (o una y declaración jurada de comprar otra)

Edito: libro no se si físicamente son dos o uno, pero para registrar réplica de cartucho, si creo que exigen tener concedida la autorización de coleccionista de réplicas, que el libro en si físicamente sean dos distintos o el mismo es otro tema, pero no te van a permitir un arma de cartucho con la concesión de coleccionista "antigua". Y si lo hacen mejor para ti has tenido suerte pero la norma es que no

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor topp » 03 Feb 2018 17:37

_Dani escribió:Si es para un cattleman o similar de cartucho, no de avancarga, necesitas el libro de réplicas, esto se lo han inventado para que no fuera tan fácil tener un revolver de bala con la ae. Es similar al otro, solicitud, tasa, certificado médico, lo de la pertenencia a asociación no hace falta si ya tienes el otro y la AE (en mi caso al menos así ha sido), se pide con la solicitud genérica de la gc. Igual que con las de avancarga, la licencia AER es para el uso, para solo la tenencia no hace falta basta con el libro, y aunque el libro normal y la ae se podían pedir a la vez, en algunas IA no te van a dejar pedir la AER (en caso que la quisieras para el uso) hasta que tengas concedido el libro y dos armas en el (o una y declaración jurada de comprar otra)

Edito: libro no se si físicamente son dos o uno, pero para registrar réplica de cartucho, si creo que exigen tener concedida la autorización de coleccionista de réplicas, que el libro en si físicamente sean dos distintos o el mismo es otro tema, pero no te van a permitir un arma de cartucho con la concesión de coleccionista "antigua". Y si lo hacen mejor para ti has tenido suerte pero la norma es que no


entonces:
-instancia genérica poniendo solicitud de coleccionista de replicas.
-tasa de 11 euros
-psicotécnico
-fotocopia DNI..??? o no hace falta.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Luismi2 » 03 Feb 2018 19:07

Hola a todos...
Aunque en este hilo se ha escrito que no es necesario armero grado II si no se van a usar las armas, lo cierto es que a mi en su momento se me informó que si era necesario y eso en el caso de no estar expuetas, que de estarlo se deben de exponer en vitrinas con blindaje y cierres de seguridad...

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Luismi2 » 03 Feb 2018 19:08

Perdón... Quise decir Armero grado III.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor _Dani » 03 Feb 2018 20:10

topp escribió:
_Dani escribió:Si es para un cattleman o similar de cartucho, no de avancarga, necesitas el libro de réplicas, esto se lo han inventado para que no fuera tan fácil tener un revolver de bala con la ae. Es similar al otro, solicitud, tasa, certificado médico, lo de la pertenencia a asociación no hace falta si ya tienes el otro y la AE (en mi caso al menos así ha sido), se pide con la solicitud genérica de la gc. Igual que con las de avancarga, la licencia AER es para el uso, para solo la tenencia no hace falta basta con el libro, y aunque el libro normal y la ae se podían pedir a la vez, en algunas IA no te van a dejar pedir la AER (en caso que la quisieras para el uso) hasta que tengas concedido el libro y dos armas en el (o una y declaración jurada de comprar otra)

Edito: libro no se si físicamente son dos o uno, pero para registrar réplica de cartucho, si creo que exigen tener concedida la autorización de coleccionista de réplicas, que el libro en si físicamente sean dos distintos o el mismo es otro tema, pero no te van a permitir un arma de cartucho con la concesión de coleccionista "antigua". Y si lo hacen mejor para ti has tenido suerte pero la norma es que no


entonces:
-instancia genérica poniendo solicitud de coleccionista de replicas.
-tasa de 11 euros
-psicotécnico
-fotocopia DNI..??? o no hace falta.


Dni y penales como siempre, el formulario ya lleva casilla de autoriza consulta...

Declaración jurada de que vas a adquirir dos armas del tipo adecuado en menos de un año

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor topp » 04 Feb 2018 16:11

_Dani escribió:
topp escribió:
_Dani escribió:Si es para un cattleman o similar de cartucho, no de avancarga, necesitas el libro de réplicas, esto se lo han inventado para que no fuera tan fácil tener un revolver de bala con la ae. Es similar al otro, solicitud, tasa, certificado médico, lo de la pertenencia a asociación no hace falta si ya tienes el otro y la AE (en mi caso al menos así ha sido), se pide con la solicitud genérica de la gc. Igual que con las de avancarga, la licencia AER es para el uso, para solo la tenencia no hace falta basta con el libro, y aunque el libro normal y la ae se podían pedir a la vez, en algunas IA no te van a dejar pedir la AER (en caso que la quisieras para el uso) hasta que tengas concedido el libro y dos armas en el (o una y declaración jurada de comprar otra)

Edito: libro no se si físicamente son dos o uno, pero para registrar réplica de cartucho, si creo que exigen tener concedida la autorización de coleccionista de réplicas, que el libro en si físicamente sean dos distintos o el mismo es otro tema, pero no te van a permitir un arma de cartucho con la concesión de coleccionista "antigua". Y si lo hacen mejor para ti has tenido suerte pero la norma es que no


entonces:
-instancia genérica poniendo solicitud de coleccionista de replicas.
-tasa de 11 euros
-psicotécnico
-fotocopia DNI..??? o no hace falta.


Dni y penales como siempre, el formulario ya lleva casilla de autoriza consulta...

Declaración jurada de que vas a adquirir dos armas del tipo adecuado en menos de un año


perfecto, la declaración jurada me lo darán allí para que lo firme me imagino. :roll:
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor jrdc1 » 04 Feb 2018 19:57

Buenas!

topp escribió:
_Dani escribió:
topp escribió:
entonces:
-instancia genérica poniendo solicitud de coleccionista de replicas.
-tasa de 11 euros
-psicotécnico
-fotocopia DNI..??? o no hace falta.


Dni y penales como siempre, el formulario ya lleva casilla de autoriza consulta...

Declaración jurada de que vas a adquirir dos armas del tipo adecuado en menos de un año


perfecto, la declaración jurada me lo darán allí para que lo firme me imagino. :roll:



No. Tienes que llevarla de casa. O te dan un papel y la rellenas en la IA. Pero no hay modelo establecido. No recuerdo si ya tienes réplicas en AE que quieras transferir al libro o a la AER. Si es así, no hace falta la declaración. En mi caso, llevé un contrato Proforma para la primera arma, y el compromiso de adquirir la segunda en el plazo establecido. En aquel momento, no estaba claro que pudieras pedir la ACR sin tener réplicas en la AE.

Y la tasa por la emisión de la autorización de coleccionista de réplicas es de

2016 AUTORIZACIÓN DE COLECCIONISTA 30,19

Que seguramente será incrementado cuando se aprueben los presupuestos generales del estado.

Saludos

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor jrdc1 » 04 Feb 2018 20:13

Buenas!

Luismi2 escribió:Hola a todos...
Aunque en este hilo se ha escrito que no es necesario armero grado II si no se van a usar las armas, lo cierto es que a mi en su momento se me informó que si era necesario y eso en el caso de no estar expuetas, que de estarlo se deben de exponer en vitrinas con blindaje y cierres de seguridad...


Te informaron mal.

De la Resolución de 27 de marzo de 2015, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determinan las medidas de seguridad para guardar las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas en domicilios particulares.

Segundo. Medidas de seguridad de las armas en exposición.

1. Las réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas inscritas en el Libro-Registro previsto en el artículo 107 del Reglamento de Armas, que se expongan en el interior de los domicilios, deberán poseer alguna de las medidas de seguridad siguientes, que impidan su robo o sustracción:

a) Un sistema de anclaje adecuado al medio de exposición.

b) Una vitrina dotada con cerradura y cristal con categoría de resistencia P1A de la norma UNE 356.

2. Sin perjuicio de lo exigido en el apartado anterior, si el número de réplicas o reproducciones de armas de fuego antiguas inscritas en el Libro-Registro sobrepasa las cinco unidades, la puerta de la estancia o habitación donde se expongan estará dotada de cerradura con llave, y las ventanas o huecos estarán protegidos con persianas metálicas o con rejas.


Por supuesto, si las guardas en caja, mejor. Pero si no, las limitaciones son las expuestas. Lo demás son pajas mentales.
Y para información general: la resistencia P1a la cumple un vidrio STADIP 33.2 de 3+3 mm de espesor (7 mm reales), y la cerradura puede ser cualquiera.

Lo que sí es verdad es que una vez las guías en AER debes guardarlas en caja grado III o superior, si son cortas, y grado I, si son largas.

Saludos.
Última edición por jrdc1 el 04 Feb 2018 20:15, editado 1 vez en total.


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