¿Inutilizadas al libro de coleccionista?

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¿Inutilizadas al libro de coleccionista?

Mensajepor valero » 25 Nov 2012 17:48

Hola a todos, según la I.A de mi zona las armas inutilizadas, aunque sean históricas, no pueden estar en el libro, ¿esto es así? tenía intención de sacarme el libro e inscribir las mías, para que si en un futuro las tuviera que vender todo fuera más facil, debido al nuevo reglamento sería costosa su venta y las destrozarían con una nueva inutilización.
Saludos

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Re: ¿Inutilizadas al libro de coleccionista?

Mensajepor marchoso » 25 Nov 2012 18:28

Estimado Valero.
Intentare aclárate lo mejor que pueda tu consulta.
Primero si las armas inutilizadas figuran ya a tu nombre con certificado nominal no podrás inscribirlas en tu libro de coleccionista deberás conservarlas tal como están.
Podrás vender tus armas a cualquier coleccionista acreditado y se las inscribirán tal cual están si necesidad de tener que reinutilizarlas más.
Si dudas algo más por favor pregunta.
También te aconsejo unirte a www.anarma.org
Un saludo
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Re: ¿Inutilizadas al libro de coleccionista?

Mensajepor mdosll » 25 Nov 2012 18:59

Es así, compañero valero. Yo he comprado alguna inutilizada (antiguo reglamento) y ha ido tal cual a mi Libro sin ningún problema. Ahora bien, mis inutilizadas no.
Credendo vides, videndo vites.

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Re: ¿Inutilizadas al libro de coleccionista?

Mensajepor albertobc » 25 Nov 2012 19:11

Hola a todos.
Pregunta para nota..¿Y como sería el trámite si las inutilizadas tienen certificado de inutilización militar?
Un saludo.

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Re: ¿Inutilizadas al libro de coleccionista?

Mensajepor marchoso » 25 Nov 2012 19:12

Disposición transitoria única.
Es muy clara al respecto.
Un saludo
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Re: ¿Inutilizadas al libro de coleccionista?

Mensajepor ISABELM » 25 Nov 2012 19:18

Buenas tardes Valero

Veamos una serie de supuestos:

1º) Quieres adquirir un arma inutilizada que tiene certificado BOPE.
Perfecto, te la compras, te la envían a casa, y no tines nada qué hacer, más que disfrutarla.

2º) Quieres adquirir un arma inutilizada que tiene certificado Nominal.
Aquí empieza el lío, cuando la compres, hay que mandarla por la IA, y si el certificado es posterior a la reforma, es decir el arma esta achatarrada, pues te cambian en la IA el certificado, te emiten uno a tu nombre y te la llevas a casa.

3º) Quieres adquirir un arma inutilizada que tiene certificado nominal "anterior" a la reforma.
Se manda también por la IA, si ya tienes Libro de Coleccionista la puedes inscribir en él, y te la llevarás sin más, sin tener que hacer nada más.

4º)Lo mismo, pero NO TIENES el Libro, "las cagao" tendrás que mandarla al BOPE a "reinutilizar" conforme a la normativa nueva; con los gastos oportunos: viaje de ida más guía, gastos del BOPE, viaje de vuelta más guía, aproximadamente 200 EUR.

5º) Que ya poseas el arma inutilizada, con certificado BOPE ó Nominal, ya sea éste antiguo ó nuevo), NO PUEDES PASARLAS AL LIBRO, si las vendes el comprador tiene las opciones antes comentadas dependiendo del certificado con que las tengas.

Espero haberte aclarado algo el tema.
"Dios te dio un Alma, tu Madre un Cuerpo, y el Ejército un Arma, manten siempre lí­mpios los tres".

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Re: ¿Inutilizadas al libro de coleccionista?

Mensajepor marchoso » 25 Nov 2012 19:19

albertobc escribió:Hola a todos.
Pregunta para nota..¿Y como sería el trámite si las inutilizadas tienen certificado de inutilización militar?
Un saludo.

Saludos Alberto.
Dispones de la IT 10-12 MAY0 2012 armas particulares?
Un saludo
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Re: ¿Inutilizadas al libro de coleccionista?

Mensajepor marchoso » 25 Nov 2012 19:24

ISABELM escribió:Buenas tardes Valero

Veamos una serie de supuestos:

1º) Quieres adquirir un arma inutilizada que tiene certificado BOPE.
Perfecto, te la compras, te la envían a casa, y no tines nada qué hacer, más que disfrutarla.

2º) Quieres adquirir un arma inutilizada que tiene certificado Nominal.
Aquí empieza el lío, cuando la compres, hay que mandarla por la IA, y si el certificado es posterior a la reforma, es decir el arma esta achatarrada, pues te cambian en la IA el certificado, te emiten uno a tu nombre y te la llevas a casa.

3º) Quieres adquirir un arma inutilizada que tiene certificado nominal "anterior" a la reforma.
Se manda también por la IA, si ya tienes Libro de Coleccionista la puedes inscribir en él, y te la llevarás sin más, sin tener que hacer nada más.

4º)Lo mismo, pero NO TIENES el Libro, "las cagao" tendrás que mandarla al BOPE a "reinutilizar" conforme a la normativa nueva; con los gastos oportunos: viaje de ida más guía, gastos del BOPE, viaje de vuelta más guía, aproximadamente 200 EUR.

5º) Que ya poseas el arma inutilizada, con certificado BOPE ó Nominal, ya sea éste antiguo ó nuevo), NO PUEDES PASARLAS AL LIBRO, si las vendes el comprador tiene las opciones antes comentadas dependiendo del certificado con que las tengas.

Espero haberte aclarado algo el tema.


Estimada Isabel.
Disculpa que te consulte ya que observo estas muy puesta en temas normativos.
Tengo las siguientes dudas, te estaría muy agradecido si me pudieses indicar.
1) Supongamos que compro un arma histórica (anterior al año 1945) ya inutilizada en Alemania y que el vendedor es un particular. Dispone del cuño BKA con su número correspondiente. Preguntas:
- ¿La puedo importar directamente? (que me la manden por correo/transportista, lo que sea legal en el país de origen de dicha arma).
- Una vez recibida, la presento en la Intervención de Armas correspondiente a mi domicilio ¿Sigue siendo un arma inutilizada en España?
Ya que, evidentemente dicha arma no traerá certificado del BOPE ni el cuño con la "I" por proceder del extranjero y la inutilización se habrá efectuado de acuerdo con la normativa vigente en Alemania.
- El hecho de sólo disponer de cuño impide saber si fue inutilizada antes o después de la entrada en vigor de la modificación del reglamento de armas. Entonces ¿puedo solicitar que se inscriba en el libro de coleccionista o debe ser reinutilizada en Eibar según el nuevo reglamento?
- En caso que se pueda inscribir en el libro de coleccionista, ¿el interventor puede negarse a ello? ¿Qué pasos debo seguir entonces?
- ¿Tienen derecho en la intervención de armas a exigirme factura de compra? Si es una compra a un particular no la tendré.
2) Supongamos que compro un arma histórica (anterior al año 1945) ya inutilizada en Finlandia y que el vendedor es un particular. No dispone de cuño pues en Finlandia las armas no se punzonaban hasta principios del año pasado (cuando allí cambió la ley para adaptarse a la Directiva europea). Posee certificado de inutilización pero:
- No dispone de cuño ¿Supone un problema?
Gracias de antemano y recibe un cordial saludo
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Re: ¿Inutilizadas al libro de coleccionista?

Mensajepor albertobc » 25 Nov 2012 20:25

marchoso escribió:
albertobc escribió:Hola a todos.
Pregunta para nota..¿Y como sería el trámite si las inutilizadas tienen certificado de inutilización militar?
Un saludo.

Saludos Alberto.
Dispones de la IT 10-12 MAY0 2012 armas particulares?
Un saludo

Hola Javier.
La tengo en el curro, creo recordar que decia muy claro que las armas inutilizadas con anterioridad a la fecha de modificación pueden ser inscritas en el Libro de Coleccionista expedido por el Ejercito (si es a esto a lo que te refieres) pero no dice nada en caso de ser traspasadas a un civil..y este lógicamente sin Libro expedido por el ejercito.
Un saludo.

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Re: ¿Inutilizadas al libro de coleccionista?

Mensajepor valero » 25 Nov 2012 21:35

Gracias a todos, por lo que me habéis informado, veo que al menos si las vendiera a un coleccionista con libro no las "achatarrarian" como dice Isabelm, la verdad es que tengo alguna muy histórica y en muy buenas condociones, y me fastidiaría que les hicieran esa barbaridad.
Saludos, y de nuevo gracias a todos

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Re: ¿Inutilizadas al libro de coleccionista?

Mensajepor marchoso » 25 Nov 2012 21:56

albertobc escribió:
marchoso escribió:
albertobc escribió:Hola a todos.
Pregunta para nota..¿Y como sería el trámite si las inutilizadas tienen certificado de inutilización militar?
Un saludo.

Saludos Alberto.
Dispones de la IT 10-12 MAY0 2012 armas particulares?
Un saludo

Hola Javier.
La tengo en el curro, creo recordar que decia muy claro que las armas inutilizadas con anterioridad a la fecha de modificación pueden ser inscritas en el Libro de Coleccionista expedido por el Ejercito (si es a esto a lo que te refieres) pero no dice nada en caso de ser traspasadas a un civil..y este lógicamente sin Libro expedido por el ejercito.
Un saludo.

Sin van al Libro igual que se hubiese sido expedido por la GC.
Reitero está en la disposición transitoria única.
Un saludo
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