armero para una licencia B?

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lincis
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armero para una licencia B?

Mensajepor lincis » 09 Jun 2012 22:25

Soy militar retirado y estoy tramitando una licencia B. Presento la documentación y me dan la noticia de que he de instalar una armero homologado nivel III.

Soy capaz de encontrar muy razonable que, a un tirador deportivo, le obliguen a instalarlo, ya que no está autorizado a portar su arma en su vida diaria, y que ha de trasladarla con el protocolo que muy bien conocéis, y que ha de custodiarla adecuadamente durante el tiempo que no hace uso de ella en el campo de tiro y que atiende sus obligaciones profesionales y sociales fuera de su casa.

Pero, alguien con un permiso para portar un arma corta, que para eso queda definida el tipo B como defensa personal, para que diablos le hace falta el armero de marras?

Es de sentido común que mi arma va a estar custodiada permanente y personalmente por mi. Que para eso tengo la intención de utilizarla para amparar un arma de pequeño formato, un pocket gun del 22lr o una subcompacta de polímero, que me permita portarla discretamente en cualquier circunstancia, algo de lo cual tengo sobrada experiencia.

Y, volviendo a citar el, al parecer, el menos común de los sentidos; si por alguna circunstancia excepcional, como por ejemplo viajar fuera de España, con el sentido de la responsabilidad que le da a uno el estar bregando con armas desde los 17 añitos, ya sale de mi mismo dejar el arma depositada en una armería de confianza o en la propia Intervención.

Volviendo a la responsabilidad y al sentido común, también tengo pensado hacerme con un arma larga, posiblemente una carabina, o quizás un fusil de grueso calibre. En ese supuesto y, dado que guiaría esas armas con la F, y, claro está, no voy a hacer mi vida cotidiana con el fusil terciado, si que encuentro más que razonable y necesario el armero de clase I.

Pero, para un arma corta de defensa personal, veo totalmente absurdo gastarme en el armero más que en una pistola que va a permanecer a mi lado todo el santo día tan sólo por la cortedad de miras de "los legisladores".

Por mi parte, voy a cursar un escrito solicitando la exención de esa medida de "tabula rasa" y, desde aquí, invito a los poseedores y aspirantes a la licencia B, a organizarnos y presentar batalla común.

Entiendo que si los poseedores de la licencia A están exentos de esa innecesaría medida, los de la B, con prácticamente la misma necesidad y responsabilidad de portar un arma defensiva, habríamos de estar en igualdad de exención.

Eso o que la norma se aplique también a todos los miembros de la Fuerzas Armadas y de Seguridad del Estado.

Espero vuestro parecer al respecto.
A suerte o a muerte.
Certified Armed Infidel

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