CUANTA MUNICION SE PUEDE TENER GUARDADA?

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macmahon
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Re: CUANTA MUNICION SE PUEDE TENER GUARDADA?

Mensajepor macmahon » 28 Mar 2023 17:57

Toni68 escribió:Espero me podáis ayudar ya que soy nuevo, tenía entendido que el máximo de municion para tener en casa son 200 unidades, ¿da igual si es una carabina del 22 que una escopdel calibre 12?

Hola, munición metálica para arma larga rayada puedes tener en depósito 200 unidades.
Munición semi metálica para armas de caza menor puedes tener en depósito hasta 5.000 unidades.
Lo puedes consultar en la página de la Guardia Civil.
Un saludo.

freemanrocco
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Re: CUANTA MUNICION SE PUEDE TENER GUARDADA?

Mensajepor freemanrocco » 29 Mar 2023 22:28

Toni68 escribió:Espero me podáis ayudar ya que soy nuevo, tenía entendido que el máximo de municion para tener en casa son 200 unidades, ¿da igual si es una carabina del 22 que una escopdel calibre 12?


Buenas Toni68,

Como te comenta el compañero macmahon, son :

200 cartuchos de Arma larga en total, ( da igual que tengas 1 que 20 rifles, o distintos calibres, 300, 308, 338, etc...)
150 Cartuchos de Arma Corta en total, ( da igual el numero de armas, calibres, guías, aunque tengas ampliación de cartuchería, Recargues o no..)

Si has tenido opción de leer todo el hilo, esta muy bien explicado.

Saludos.

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Re: CUANTA MUNICION SE PUEDE TENER GUARDADA?

Mensajepor XaviX » 07 May 2023 11:49

Sólo 100 cartuchos de arma corta al año? Y si quieres disparar con mejor munición que te vende el club? Como se puede hacer?

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Re: CUANTA MUNICION SE PUEDE TENER GUARDADA?

Mensajepor Dexterclaymore » 07 May 2023 21:02

XaviX escribió:Sólo 100 cartuchos de arma corta al año? Y si quieres disparar con mejor munición que te vende el club? Como se puede hacer?

Puedes pedir ampliación de cartuchería metálica en la Guardia Civil.
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Re: CUANTA MUNICION SE PUEDE TENER GUARDADA?

Mensajepor monchi682 » 08 May 2023 03:16

El primer aumento de cupo que pedí, fueron 5000 del 9 Para, y 5000 del 22LR, se puede pedir menos si ves que no vas a llegar al cupo, si pides 2500 y las gastas, puedes pedir otro, pero si pides 5000 y no las gastas en el año, no te las van a conceder en la nueva renovacion anual.
La ultima peticion de aumento de cupo, me dijeron que la municion de fuego central se reparte en esas 5000, 3000 del 9 para, 1000 del 32, y 1000 del 357 mag, y del 22LR puedes pedir hasta 10000.
Y así me ha llegado el reparto.
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Re: CUANTA MUNICION SE PUEDE TENER GUARDADA?

Mensajepor shootersesp » 08 May 2023 07:16

freemanrocco escribió:
Toni68 escribió:Espero me podáis ayudar ya que soy nuevo, tenía entendido que el máximo de municion para tener en casa son 200 unidades, ¿da igual si es una carabina del 22 que una escopdel calibre 12?


Buenas Toni68,

Como te comenta el compañero macmahon, son :

200 cartuchos de Arma larga en total, ( da igual que tengas 1 que 20 rifles, o distintos calibres, 300, 308, 338, etc...)
150 Cartuchos de Arma Corta en total, ( da igual el numero de armas, calibres, guías, aunque tengas ampliación de cartuchería, Recargues o no..)

Si has tenido opción de leer todo el hilo, esta muy bien explicado.

Saludos.



Una puntualización que me hicieron en mi IA una vez que pregunté este tema por si a alguien le sirve de interés. Cuando nos referimos a 200 cartuchos de arma larga, y a 150 cartuchos de arma corta, no significa que podamos tener 350 en total.

Según la G.C.: "En ningún caso se podrá tener en depósito un número superior a 200 cartuchos".


Por lo que da igual si tenemos solo armas cortas, o armas cortas y largas... la suma total no puede superar en ningún caso los 200 cartuchos metálicos en domicilio.
Cambiar de respuesta es evolución. Cambiar de pregunta es revolución.

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Re: CUANTA MUNICION SE PUEDE TENER GUARDADA?

Mensajepor abranchadell » 08 May 2023 09:32

Cuentos chinos, de los que suelen relatar de vez en cuando en las IA, si quieres creértelo, pues haya tú. Yo tengo claro que en mi casa puedo tener hasta 150 cartuchos metálicos de arma corta, 200 metálicos de arma larga, y 5000 de cartuchería semimetálica de caza.

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Re: CUANTA MUNICION SE PUEDE TENER GUARDADA?

Mensajepor tresfuegos » 19 May 2023 20:18

Y por complicar más aun, que me decís de pistones, por ejemplo?

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Re: CUANTA MUNICION SE PUEDE TENER GUARDADA?

Mensajepor Chemi _Refogs » 19 May 2023 21:03

abranchadell escribió:Cuentos chinos, de los que suelen relatar de vez en cuando en las IA, si quieres creértelo, pues haya tú. Yo tengo claro que en mi casa puedo tener hasta 150 cartuchos metálicos de arma corta, 200 metálicos de arma larga, y 5000 de cartuchería semimetálica de caza.


Aunque contradictorio con el espíritu del artículo, la coletilla "En ningún caso se podrá tener en depósito un número superior a 200 cartuchos" es bastante clara.

Pues allá tú si te hace una inspección la IA que interprete la norma como el compañero shooteresp y yo… :lol: :lol:

Broma aparte, es una más de las incongruencias e imprecisiones de nuestro querido Reglamento.

Saludos cordiales. :birra^: :birra^:
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Re: CUANTA MUNICION SE PUEDE TENER GUARDADA?

Mensajepor monchi682 » 24 May 2023 01:11

Eso es igual que la polvora, te ponen en la autorizacion de recarga todos los calibres que puedes recargar, presentando las guias de pertenecia, y aunque tengas 3 o calibres diferentes de corta y 7 de larga, solo puedes tener en el domiciilio almacenado 1 kilo de polvora, o 1 kilo de la misma o medio de una y medio de otra, para todos los calibres....
Ya me contaras a ver como recargamos de esa manera
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Re: CUANTA MUNICION SE PUEDE TENER GUARDADA?

Mensajepor santi1967 » 24 May 2023 09:24

Hola,es el mismo cupo de municion en un 44Magnum para un revolver que para un rifle? o se aplica la normativa para cada caso.

Un saludo

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Re: CUANTA MUNICION SE PUEDE TENER GUARDADA?

Mensajepor Bigotes Sam » 24 May 2023 09:58

santi1967 escribió:Hola,es el mismo cupo de municion en un 44Magnum para un revolver que para un rifle? o se aplica la normativa para cada caso.

Un saludo

Si es un rifle del 44 puedes tener en casa 200 y comprar al año 1000.
Si tienes un revólver puedes almacenar 150 y solo puedes comprar 100 al año en armería .
Al ser armas de distinta categoría , arma corta y arma larga , tienen distintos cupos
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Re: CUANTA MUNICION SE PUEDE TENER GUARDADA?

Mensajepor santi1967 » 24 May 2023 12:42

Hola,duda resuelta,muchas gracias.

Un saludo.

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Re: CUANTA MUNICION SE PUEDE TENER GUARDADA?

Mensajepor shootersesp » 24 May 2023 15:03

abranchadell escribió:Cuentos chinos, de los que suelen relatar de vez en cuando en las IA, si quieres creértelo, pues haya tú. Yo tengo claro que en mi casa puedo tener hasta 150 cartuchos metálicos de arma corta, 200 metálicos de arma larga, y 5000 de cartuchería semimetálica de caza.



Cuando seas tu quien me firme las guias de pertenencia, las renovaciones de licencias, y tengas las competencias en materia de armas y explosivos, entonces te haré caso a tí sin rechistar.

Pero contestar que lo que nos comunican en las IA son "cuentos chinos" denota bastante prepotencia por tu parte.

Me gustaría verte en un IA diciéndole al GC que hay al otro lado del mostrador que su información es un cuento chino, y que lo que tu dices e interpretas es lo que va a misa... de verdad que me gustaría verte a ver si eres tan gallito.
Cambiar de respuesta es evolución. Cambiar de pregunta es revolución.

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Re: CUANTA MUNICION SE PUEDE TENER GUARDADA?

Mensajepor Chinchu » 24 May 2023 17:13

Chemi _Refogs escribió:
abranchadell escribió:Cuentos chinos, de los que suelen relatar de vez en cuando en las IA, si quieres creértelo, pues haya tú. Yo tengo claro que en mi casa puedo tener hasta 150 cartuchos metálicos de arma corta, 200 metálicos de arma larga, y 5000 de cartuchería semimetálica de caza.


Aunque contradictorio con el espíritu del artículo, la coletilla "En ningún caso se podrá tener en depósito un número superior a 200 cartuchos" es bastante clara.

Pues allá tú si te hace una inspección la IA que interprete la norma como el compañero shooteresp y yo… :lol: :lol:

Broma aparte, es una más de las incongruencias e imprecisiones de nuestro querido Reglamento.

Saludos cordiales. :birra^: :birra^:


Disculpad mi intromisión pero, siendo estrictamente acordes al texto del Reglamento, ciertamente son 200+150.

El texto cita:

Artículo 136. Adquisición de cartuchería.

1. Los titulares de licencias para armas largas rayadas podrán adquirir únicamente hasta 1.000 cartuchos anuales por arma, presentando la guía de pertenencia y el Documento Nacional de Identidad (DNI), Número Identificación de Extranjeros (NIE) o cualquier documento acreditativo de la identidad. El vendedor realizará los asientos correspondientes en los libros de su establecimiento y dará cuenta de la compra, dentro de los cinco primeros días del mes inmediatamente posterior, a la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil que por demarcación corresponda. En ningún caso se podrá tener en depósito un número superior a 200 cartuchos.

2. Los titulares de licencia para arma corta sólo podrán adquirir 100 cartuchos anuales por arma, presentando la guía de pertenencia y el Documento Nacional de Identidad (DNI), Número de Identificación de Extranjeros (NIE) o cualquier documento acreditativo de la identidad, debiendo el vendedor realizar las operaciones que se aluden en el apartado anterior. El número de cartuchos que pueden tenerse en depósito para arma corta no será superior a 150.

3. No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores de este artículo:


Ambos artículos no son excluyentes, se trata el asunto por separado para los dos tipos de armas, y en cada párrafo, el de cada categoría de armas, se establece la limitación para un tipo de arma o categoría. Por decirlo de algún modo, cada párrafo es totalmente independiente al otro, ni están vinculados en absoluto; y en el punto 3 y siguientes no es expresa disconformidad alguna, ni limitación alguna, ni tampoco en ningún sitio del Reglamento, luego la interpretación de que son 350 es totalmente acertada, bajo mi humilde opinión.

Por tanto, el texto es claro, a cada cual lo suyo y una cantidad no vincula a la otra.

saludos,

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Re: CUANTA MUNICION SE PUEDE TENER GUARDADA?

Mensajepor shootersesp » 24 May 2023 18:04

Chinchu escribió:
Chemi _Refogs escribió:
abranchadell escribió:Cuentos chinos, de los que suelen relatar de vez en cuando en las IA, si quieres creértelo, pues haya tú. Yo tengo claro que en mi casa puedo tener hasta 150 cartuchos metálicos de arma corta, 200 metálicos de arma larga, y 5000 de cartuchería semimetálica de caza.


Aunque contradictorio con el espíritu del artículo, la coletilla "En ningún caso se podrá tener en depósito un número superior a 200 cartuchos" es bastante clara.

Pues allá tú si te hace una inspección la IA que interprete la norma como el compañero shooteresp y yo… :lol: :lol:

Broma aparte, es una más de las incongruencias e imprecisiones de nuestro querido Reglamento.

Saludos cordiales. :birra^: :birra^:


Disculpad mi intromisión pero, siendo estrictamente acordes al texto del Reglamento, ciertamente son 200+150.

El texto cita:

Artículo 136. Adquisición de cartuchería.

1. Los titulares de licencias para armas largas rayadas podrán adquirir únicamente hasta 1.000 cartuchos anuales por arma, presentando la guía de pertenencia y el Documento Nacional de Identidad (DNI), Número Identificación de Extranjeros (NIE) o cualquier documento acreditativo de la identidad. El vendedor realizará los asientos correspondientes en los libros de su establecimiento y dará cuenta de la compra, dentro de los cinco primeros días del mes inmediatamente posterior, a la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil que por demarcación corresponda. En ningún caso se podrá tener en depósito un número superior a 200 cartuchos.

2. Los titulares de licencia para arma corta sólo podrán adquirir 100 cartuchos anuales por arma, presentando la guía de pertenencia y el Documento Nacional de Identidad (DNI), Número de Identificación de Extranjeros (NIE) o cualquier documento acreditativo de la identidad, debiendo el vendedor realizar las operaciones que se aluden en el apartado anterior. El número de cartuchos que pueden tenerse en depósito para arma corta no será superior a 150.

3. No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores de este artículo:


Ambos artículos no son excluyentes, se trata el asunto por separado para los dos tipos de armas, y en cada párrafo, el de cada categoría de armas, se establece la limitación para un tipo de arma o categoría. Por decirlo de algún modo, cada párrafo es totalmente independiente al otro, ni están vinculados en absoluto; y en el punto 3 y siguientes no es expresa disconformidad alguna, ni limitación alguna, ni tampoco en ningún sitio del Reglamento, luego la interpretación de que son 350 es totalmente acertada, bajo mi humilde opinión.

Por tanto, el texto es claro, a cada cual lo suyo y una cantidad no vincula a la otra.

saludos,



Así es también como yo considero que debería de ser. Pero en dos IA, concretamente Tres Cantos y Alcobendas (ambas en Madrid) me dijeron lo mismo. Que el tope de munición que podemos tener en casa son 200 cartuchos. Y les insistí a ambos que yo tenía carabinas guiadas en E, y pistolas en F. La respuesta fue tajante en ambas intervenciones.

Por eso comentaba que lo que decía el compañero de los "cuentos chinos" es posible que así sea, pero ojo que si las IA interpretan una cosa, ya te puedes poner como quieras que te va a dar igual. Ya conocemos todos de sobra que las interpretaciones, NUNCA (o muy rara vez) son en favor nuestro.
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Re: CUANTA MUNICION SE PUEDE TENER GUARDADA?

Mensajepor Chinchu » 24 May 2023 20:52

shootersesp escribió:Así es también como yo considero que debería de ser. Pero en dos IA, concretamente Tres Cantos y Alcobendas (ambas en Madrid) me dijeron lo mismo. Que el tope de munición que podemos tener en casa son 200 cartuchos. Y les insistí a ambos que yo tenía carabinas guiadas en E, y pistolas en F. La respuesta fue tajante en ambas intervenciones.

Por eso comentaba que lo que decía el compañero de los "cuentos chinos" es posible que así sea, pero ojo que si las IA interpretan una cosa, ya te puedes poner como quieras que te va a dar igual. Ya conocemos todos de sobra que las interpretaciones, NUNCA (o muy rara vez) son en favor nuestro.


Hola,

Ya, lo de siempre.

Normalmente las interpretaciones libres de las IA se solucionan pidiendo la respuesta por escrito, entonces suelen dejar de ser libres.

saludos,

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Re: CUANTA MUNICION SE PUEDE TENER GUARDADA?

Mensajepor Chemi _Refogs » 25 May 2023 14:11

Chinchu escribió:
shootersesp escribió:Así es también como yo considero que debería de ser. Pero en dos IA, concretamente Tres Cantos y Alcobendas (ambas en Madrid) me dijeron lo mismo. Que el tope de munición que podemos tener en casa son 200 cartuchos. Y les insistí a ambos que yo tenía carabinas guiadas en E, y pistolas en F. La respuesta fue tajante en ambas intervenciones.

Por eso comentaba que lo que decía el compañero de los "cuentos chinos" es posible que así sea, pero ojo que si las IA interpretan una cosa, ya te puedes poner como quieras que te va a dar igual. Ya conocemos todos de sobra que las interpretaciones, NUNCA (o muy rara vez) son en favor nuestro.


Hola,

Ya, lo de siempre.

Normalmente las interpretaciones libres de las IA se solucionan pidiendo la respuesta por escrito, entonces suelen dejar de ser libres.

saludos,


Releyendo despacio, puede interpretarse como dices.

Pero si alguna Intervención quiere tocarte las narices, lo hará interpretando de la otra forma.

Luego ya, si eso, el Contencioso a lo mejor lo ganas pero lío te lo montan. Yo prefiero no arriesgarme sobre todo si se da que las 350 balas son del .22LR. A saber como justificar que están repartidas para las dos armas...

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