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Imposible comprar munición. Legislación defectuosa.

Publicado: 01 Abr 2024 07:21
por NandoBlackbird
Supongo que os pasará a todos.

Licencia F. Munición para pistola. Máximo legal 150 cartuchos anuales (sin ampliación de cupo)

1.- pido ampliación de cupo de cartucheria.
2.- pasan 3 meses y no hay resolución aún. Sigue en trámite.
3.- no me venden munición en ninguna armería, ni siquiera el cupo legal máximo que permite la ley (150 anuales). El motivo es que las armerías no saben si ya he agotado mi cupo legal de 150 cartuchos anuales dado que no hay documento alguno que lo refleje y como aún no tengo la ampliación concedida, pues…. No me venden.
4.- reclamo a la intervención de armas esta situación y si me pueden hacer un escrito provisional sobre el máximo de 150 cartuchos. No hacen provisionales. Incluso me “aconsejan en petit comité” que para otro año, empiece a hacer acopio antes de acabar mi cupo, aunque suponga incumplir la ley de tener en casa más de 150 cartuchos.

Vamos, que la ley me permite comprar 150 pero en la realidad no puedo comprar ninguno.

Re: Imposible comprar munición. Legislación defectuosa.

Publicado: 01 Abr 2024 09:04
por jlppons
Estás seguro?, pensaba que eran 100 por guía/año aunque en tu club podrás comprar la que necesites consumir.

Saludos

Re: Imposible comprar munición. Legislación defectuosa.

Publicado: 01 Abr 2024 10:02
por JJWinchester
NandoBlackbird escribió:Supongo que os pasará a todos.


3.- no me venden munición en ninguna armería, ni siquiera el cupo legal máximo que permite la ley (150 anuales). El motivo es que las armerías no saben si ya he agotado mi cupo legal de 150 cartuchos anuales dado que no hay documento alguno que lo refleje y como aún no tengo la ampliación concedida, pues…. No me venden.



Esto que dices es muy extraño. Para la lic. E, me venden 22LR de 200 en 200, sin saber si he agotado el cupo anual de 1000. Está claro que es un margen mucho mayor, pero ellos siempre te venden, el responsable de no pasarte eres tú, sin duda.

Re: Imposible comprar munición. Legislación defectuosa.

Publicado: 01 Abr 2024 11:28
por Chinchu
NandoBlackbird escribió:Supongo que os pasará a todos.

Licencia F. Munición para pistola. Máximo legal 150 cartuchos anuales (sin ampliación de cupo)

1.- pido ampliación de cupo de cartucheria.
2.- pasan 3 meses y no hay resolución aún. Sigue en trámite.
3.- no me venden munición en ninguna armería, ni siquiera el cupo legal máximo que permite la ley (150 anuales). El motivo es que las armerías no saben si ya he agotado mi cupo legal de 150 cartuchos anuales dado que no hay documento alguno que lo refleje y como aún no tengo la ampliación concedida, pues…. No me venden.
4.- reclamo a la intervención de armas esta situación y si me pueden hacer un escrito provisional sobre el máximo de 150 cartuchos. No hacen provisionales. Incluso me “aconsejan en petit comité” que para otro año, empiece a hacer acopio antes de acabar mi cupo, aunque suponga incumplir la ley de tener en casa más de 150 cartuchos.

Vamos, que la ley me permite comprar 150 pero en la realidad no puedo comprar ninguno.


Independiente de que la legislación sea o no defectuosa, como bien te dicen, la cantidad máxima que puedes comprar en armería para arma corta, anualmente, es de 100 cartuchos, nada de esos 150 que comentas.

En cuanto a dónde comprarla, quizás deberías cambiar de armería, llevo muchos años comprándola en armerías de toda España y nunca me han negado la compra o el envío, y menos con argumentos como los que comentas, ya que el responsable de saber si me queda cupo o no soy yo.


CAPÍTULO IV
Venta y puesta a disposición del público de cartuchería
Artículo 136. Adquisición de cartuchería.


1. Los titulares de licencias para armas largas rayadas podrán adquirir únicamente hasta 1.000 cartuchos anuales por arma, presentando la guía de pertenencia y el Documento Nacional de Identidad (DNI), Número Identificación de Extranjeros (NIE) o cualquier documento acreditativo de la identidad. El vendedor realizará los asientos correspondientes en los libros de su establecimiento y dará cuenta de la compra, dentro de los cinco primeros días del mes inmediatamente posterior, a la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil que por demarcación corresponda. En ningún caso se podrá tener en depósito un número superior a 200 cartuchos.

2. Los titulares de licencia para arma corta sólo podrán adquirir 100 cartuchos anuales por arma, presentando la guía de pertenencia y el Documento Nacional de Identidad (DNI), Número de Identificación de Extranjeros (NIE) o cualquier documento acreditativo de la identidad, debiendo el vendedor realizar las operaciones que se aluden en el apartado anterior. El número de cartuchos que pueden tenerse en depósito para arma corta no será superior a 150.




Saludos,

Re: Imposible comprar munición. Legislación defectuosa.

Publicado: 01 Abr 2024 15:40
por NandoBlackbird
Cierto. 100 para arma corta es el límite anual.
Para arma larga rayada el tope es 1000.

Y en tres armerías de Madrid me han pedido si o si, la resolución de la IA autorizando la ampliación de cupo.

Re: Imposible comprar munición. Legislación defectuosa.

Publicado: 01 Abr 2024 16:52
por nap3
Les habrás contado que tienes pedida la ampliación y aun no la has recibido. En esta situación, podría estar concedida la ampliación ya, y en ese caso tendría que anotarse la compra en el documento que aún no has recibido. La próxima vez, si estás sin munición, agota el cupo que te quede antes de pedir la ampliación. Si no les dices nada, no tiene por qué pedirte la ampliación, es responsabilidad tuya no agotar el cupo -a no ser que les vayas pidiendo 150 de golpe, que obviamente no puedes sin ampliación. [Otro sinsentido del reglamento: nadie te impide incumplir, pero si luego lo descubren te castigan.]

Re: Imposible comprar munición. Legislación defectuosa.

Publicado: 01 Abr 2024 21:29
por NandoBlackbird
Gracias a todos por vuestros comentarios.

Voy a intentarlo de nuevo.

Aún así, presentaré escrito de consulta del estado de tramitación. No es normal que una simple petición de ampliación de cupo, completa con toda la documentación, y que básicamente es renovar la de años anteriores, tardé tanto tiempo.

Re: Imposible comprar munición. Legislación defectuosa.

Publicado: 01 Abr 2024 21:32
por NandoBlackbird
De todas formas, a vosotros, cus do compráis si. El documento de cupo ¿donde apunta la armería a quien se la vende y cuánto?

Porque a mí
Me
Lo apuntan en la relación adjunta a la concesión de cupo. Pero si no tengo y, como decís, me tienen que vender porque el responsable de no pasarme del cupo soy yo y no la armería, ¿donde apuntan a quién y cuánto me venden?

Porque las armerías están obligadas a llevar registro de venta de munición y guía.

Re: Imposible comprar munición. Legislación defectuosa.

Publicado: 01 Abr 2024 22:13
por MCas
Buenas noches,
cuando compré mi primera pistola, según la tuve, solicité la ampliación de cupo.
Y tras esto, fui a comprar las 100 balas que legalmente podía adquirir, hasta recibir la ampliación.
En la armería lo registraron, como marca la ley.
Los meses que tuve que esperar, compré munición en la galería.
No se me ocurrió ir a otra armería, pues conocía la ley y ni se me pasó por la cabeza hacer una tontería y poder perder la licencia. Doy por hecho que en cualquier armería, si no llevas el documento de la ampliación de cupo, anotarán la venta asociada a la guía del arma, con lo qué quedaría probado que has incumplido la ley comprando más de las 100 balas permitidas.
¿En tu galería no venden munición?
Al final, cuando nos iniciamos, hay que tener en cuenta bastantes factores, pues hay ciertas limitaciones.

Una vez tienes la ampliación de cupo, cada vez que compras, lo anotan y sellan, en el documento de ampliación, para tener también el control de la munición que vas adquiriendo. También es importante, pues a lo largo del año, puedes solicitar más ampliaciones, en caso de ser necesario. Para eso viene bien el documento de ampliación, pues puedes ver si la previsión que hiciste, es correcta, o no. Si pediste de más, ya lo tendrán en cuenta en la siguiente solicitud. Pero si hiciste corto, puedes pedir más, pero con tiempo.

Un saludo

Re: Imposible comprar munición. Legislación defectuosa.

Publicado: 01 Abr 2024 22:32
por kikeformad
NandoBlackbird escribió:De todas formas, a vosotros, cus do compráis si. El documento de cupo ¿donde apunta la armería a quien se la vende y cuánto?

Porque a mí
Me
Lo apuntan en la relación adjunta a la concesión de cupo. Pero si no tengo y, como decís, me tienen que vender porque el responsable de no pasarme del cupo soy yo y no la armería, ¿donde apuntan a quién y cuánto me venden?

Porque las armerías están obligadas a llevar registro de venta de munición y guía.

Apuntan siempre en su libro de venta, fecha, guía, calibre, cantidad, etc… y si, la GC revisa esas cosas, así que si uno se pasa de listo ya vendrá Paco con las rebajas… ¿o tampoco te piden la guía del arma? Contáis unas cosas las mar de extrañas…

Re: Imposible comprar munición. Legislación defectuosa.

Publicado: 03 Abr 2024 15:52
por Benelly
si tienes un rifle de 9mm o 45acp
puedes comprar 1000 al año

Re: Imposible comprar munición. Legislación defectuosa.

Publicado: 10 Abr 2024 14:20
por CORRINCHA
La ley está hecha para que no se haga acopio de munición de arma corta,creo yo,independientemente del calibre.
De todas formas es una pena tener que andar así pero la solución ya te la han dado.
Saludos