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BORRADOR O.M. REGULACION ARMAS DE AIRSOFT Y PAINTBALL
Publicado: 04 Sep 2012 15:43
por muretti
...Hace cuestion de un par de semanas, atraves de las IA, se contacto con clubs y asociaciones de Airsoft para comunicarles que en breve recibiran el borrador de la O.M. para la regularización de las armas para la practica del airsoft y del paintball. Por parte de ICAE se abrirá periodo de alegaciones y se intentará que sea los más consenduado entre ellos y asociaciones, tras lo cual se aprobará mediante dicha O.M.
...Resumiendo viene a decir:
Articulo 1. - Armas lúdico-deportivas
Se entenderá por arma de uso lúdico-deportiva aquella arma accionada por muelle , resorte , aire o gas compromido , de ánima lisa , que dispara proyectiles de material a base de polímeros biodegradables , que pueden contener o no líquidos o geles en su interior , los cuales deberán cumplir con la normativa medioambiental
En las armas lúdico deportivas denominadas de "airsoft" el peso del proyectil no será superior a 0.45 gramos , su diámetro igual o inferior a 8 milímetros y la energía cinética en boca no superior a 3 julios
En las armas lúdico-deportivas denominadas de "paintball" el proyectil contendra liquidos o geles en su interior , siendo su peso no superior a 4 gramos , su diametro igual o inferior a 18 milimetros y la energia cinetica en boca no superior a 16 julios
Articulo 2. - Armas lúdico-deportivas cuyo sistema de disparo es automático o estén accionadas por muelle o resorte
Las armas lúdico-deportivas , cuyo sistema de disparo es automático y las que estén accionadas por muelle o resorte , se incluyen en las categorias 4º.1 y 4º.2 respectivamente , del articulo 3 del Reglamento de armas
Re: BORRADOR O.M. REGULACION ARMAS DE AIRSOFT Y PAINTBALL
Publicado: 04 Sep 2012 15:54
por alectoris
Hola amigos.
Ya tardaban en poner la vista en estos artículos (no los califico de armas, por que no lo son).
Lo que me "preocupa" es la regularización de las armas para la práctica del airsoft que se indica en la noticia.
Supongo si están implicadas las "Intervenciones de Armas" no se realizará "dicha regularización" como con las armas de Aire comprimido, que si no recuerdo mal solo tienen que registrarse en el ayuntamiento.
Como siempre mas controles, sino tasas que todo puede ser.
Saludos
Re: BORRADOR O.M. REGULACION ARMAS DE AIRSOFT Y PAINTBALL
Publicado: 06 Sep 2012 13:05
por blacknight
Re: BORRADOR O.M. REGULACION ARMAS DE AIRSOFT Y PAINTBALL
Publicado: 07 Sep 2012 01:30
por JotaErre
Dos apuntes...
1) Creo que hay países en los que las de airsoft están limitadas a 0,5 julios, o sea que podía ser peor...
2) Las definiciones son francamente confusas. ¿Cómo impiden que un arma de airsoft o de paintball se "guie" como de aire comprimido?
Re: BORRADOR O.M. REGULACION ARMAS DE AIRSOFT Y PAINTBALL
Publicado: 06 Oct 2012 21:05
por S5_1988
Las armas lúdico-deportivas , cuyo sistema de disparo es automático y las que estén accionadas por muelle o resorte , se incluyen en las categorias 4º.1 y 4º.2 respectivamente , del articulo 3 del Reglamento de armas
Y las que funcionen con CO2 y sean semiautomaticas o de repetición no?
Aparte,si estan en la misma categoría que la armas de aire ¿para que esa limitación de 3 y 16 julios? ademas de que si estan en la categoría 4 supone lo que ya sabemos:
Tarjeta de armas (con el consiguiente psicotecnico y tasas y renovar cada 5 años aquí en Madrid) + prohibición de usar en cualquier lugar que no sea un campo de tiro autorizado + tarjeta de armas que no te vale fuera del ayuntamiento...etc
¿Y esta es la regulación? una puta chapuza...creía que iban a separarlas de las armas de aire de perdigones...pero al final es lo mismo.
Re: BORRADOR O.M. REGULACION ARMAS DE AIRSOFT Y PAINTBALL
Publicado: 07 Oct 2012 21:39
por muretti
...ese es el borrador, ahora toca el periodo de alegaciones. Así pues a trabajar y hacerlas llegar...
Re: BORRADOR O.M. REGULACION ARMAS DE AIRSOFT Y PAINTBALL
Publicado: 07 Oct 2012 21:44
por corvo
Para mi tampoco son armas y esto lo único que viene a decir como siempre es que vivimos en le país de los toros, las castañuelas y la pandereta.
Re: BORRADOR O.M. REGULACION ARMAS DE AIRSOFT Y PAINTBALL
Publicado: 07 Oct 2012 21:48
por marchoso
Saludos compañeros.
Nosotros ya estamos trabajando en ello desde hace meses en cierta provincia de Andalucía llegaron a intervenir muchísimas armas vendidas a los chavales.
Un saludo
Re: BORRADOR O.M. REGULACION ARMAS DE AIRSOFT Y PAINTBALL
Publicado: 08 Oct 2012 13:35
por alectoris
Hola amigos.
Quisiera saber si el borrador se ha publicado en la red o solo ha circulado entre los clubs y/o asociaciones de airsolft.
Si alguien sabe donde encontrarlo lo podría hojear y tener más idea por donde van los tiros, perdón las bolas.
Saludos.
Re: BORRADOR O.M. REGULACION ARMAS DE AIRSOFT Y PAINTBALL
Publicado: 08 Oct 2012 14:07
por Ramsey
editado
Re: BORRADOR O.M. REGULACION ARMAS DE AIRSOFT Y PAINTBALL
Publicado: 08 Oct 2012 14:34
por oteflo
Re: BORRADOR O.M. REGULACION ARMAS DE AIRSOFT Y PAINTBALL
Publicado: 08 Oct 2012 15:20
por wibols
Ahora mismo con el reglamento actual en las manos estas armas ya son de 4ª categoria y deben cumplir todas las restricciones de esta categoria, yo creo que la clasificación como "lúdico deportiva" estaría bien siempre que se asocie esta nueva clasificacion a otras reformas en el reglamento, como por ejemplo los lugares en los que se pueden utilizar, la posibilidad del fuego a rafagas y automatico, condiciones de transporte, etc
Re: BORRADOR O.M. REGULACION ARMAS DE AIRSOFT Y PAINTBALL
Publicado: 08 Oct 2012 16:23
por Schize
En mi pueblo ya se está trabajando en ello y se va por la buena dirección, vamos la que va a prevalecer. Se consideran armas dentro de la 4º categoría y, por lo tanto, hay que legalizarlas mediante Tarjeta de Armas en el Ayuntamiento y sólo son válidas para el término municipal correspondiente. Sin embargo, muchos de nosostros vamos a jugar a otros lugares del entorno. Queda por aclarar cómo se pueden llevar tus armas a otros lugares. Me respondo yo mismo, con la propia tarjeta de armas debería ser suficiente, ya que un arma de fuego se transporta al lugar de uso con la guía de pertenencia, que equivaldría a la tarjeta de armas.
En fin, esperemos a ver lo que ocurre. Saludos.
Re: BORRADOR O.M. REGULACION ARMAS DE AIRSOFT Y PAINTBALL
Publicado: 08 Oct 2012 17:10
por alectoris
Ramsey escribió:Y no seria mejor que dedicaran su tiempo a trabajar en serio en vez de andar tocando las narices con pistolas de juguete, mientras los verdaderos malos andan cada día mejor abastecidos...

Creo que las fuerzas del orden hacen bien su trabajo, persiguiendo el trafico de drogas, armas...
Referente a armas que vienen de fuera, tenemos que tener en cuenta el volumen brutal de mercancías que pasan por las aduanas, pasos fronterizos... es imposible revisar al 100% todo lo que llega por vía terrestres, férrea, marítima... (considero que la vía aérea esta bien protegida)
Esto provocaría tal atasco, colapso logístico y retrasos que casi paralizaría el país.
Referente a las armas robadas a particulares o empresas, todos tenemos que ser conscientes que nuestras armas son un bien preciado y protegerlo como tal.
Saludos
Re: BORRADOR O.M. REGULACION ARMAS DE AIRSOFT Y PAINTBALL
Publicado: 08 Oct 2012 17:49
por Ramsey
editado
Re: BORRADOR O.M. REGULACION ARMAS DE AIRSOFT Y PAINTBALL
Publicado: 08 Oct 2012 18:02
por Ramsey
editado
Re: BORRADOR O.M. REGULACION ARMAS DE AIRSOFT Y PAINTBALL
Publicado: 08 Oct 2012 18:18
por muretti
...Que si que son pistolicas de bolitas y todo lo que querais decir, pero seguro que al compañero del GRS 2 que en una actuación encañonarón con una de ellas no le parecio lo mismo que a vosotros...
...beretta de bolitas...

Re: BORRADOR O.M. REGULACION ARMAS DE AIRSOFT Y PAINTBALL
Publicado: 08 Oct 2012 19:00
por alectoris
Tienes razón, dudo que en una situación limite... se pueda identificar si es de bolas o de fuego y las décimas de segundo cuentan.
Se merecería haber recibido fuego real.
Para mi quien utilice pistolas... de airsoft para intimidar, coaccionar... ¡delinquir! reciba una pena como si fuera por una arma de fuego real, desconozco como está la legislación actual.