BAC escribió:Buenas noches a todos.
He seguido en varios hilos la limitación para tener este tipo de armas, pero el caso es que en la subasta que se va a celebrar en Moralzarzal (Madrid) en diciembre, sale uno a subasta en calibre 7,62x51.
Mi duda es: a pesar de las limitaciones de uso y transmisión, si se compra en esa subasta ¿cual sería la situación jurídica del comprador? ¿Lo podrá poseer legalmente o tendrá que depositarlo? ¿Si limitan su posesión, porqué ha salido a subasta?
Estas son mis dudas, espero que algún compañero pueda aclararme algo.
un cordial saludo a todos.
todos los cetme sean 308 o 307 son 7,62x51
el que saldra a subasta sera 307 tendra tacahado el 7,62 con x o k y el calibre que tenga marcado sera el 307 win
de momento es un rifle semiauto que lo va a subastar la guardia civil no es una venta
«1. Queda prohibida la publicidad, compraventa, tenencia y uso, salvo por
funcionarios especialmente habilitados, y de acuerdo con lo que dispongan las
respectivas normas reglamentarias de:
a) Las armas de fuego cortas semiautomáticas de percusión central cuya
capacidad de carga sea superior a veintiún cartuchos, incluido el alojado en la
recámara.
b) Las armas de fuego largas semiautomáticas de percusión central cuya
capacidad de carga sea superior a once cartuchos, incluido el alojado en la
recámara.
c) Las armas de fuego largas de cañones recortados.
d) Las armas de fuego automáticas que hayan sido transformadas en armas
de fuego semiautomáticas.