¿DE CUANTA MUNICIÓN DISPONE UN TIRADOR?
Publicado: 17 Oct 2009 23:52
Quiero desde este foro hacer una aclaración que tiene a muchos deportistas confundidos.
1.es cierto que reglamenbto de armas y municiones limita el nº de cartuchos que se pueden comprar. con licencia F no venden en armerías, con licencia A en armerias venden 50 cartuchos por aaño. Las licencias F deben comprar su munición en las galerias de tiro pero sólo para consumirlas allí, sin sacar nada para fuera.
2º con licencia de recargador se pueden tener en casa 100 cartuchos cargados y 100 empistonados
3º como podeis comprender con estas cantidades no se puede abastecer un tirador que compita habitualmente fuera de su domicilio y extranjero.
4º para esto hay dos solucciones: una es que el club solicite autorización para comprar munición y puede comprar cuanta quiera, dejandola depositada en la G.C., o en la armería que se la vende, claro que este sistema tiene el inconveniente de tener que ir por la G.C. o armería cada semana a retirar la munición que necesitaránb los socios.
5ºotro sistema es hacer una solicitud personal en la G.C. para comprar munición, en los siguientes términos.DON ........CON DNI.......... Y LICENCIA DE ARMAS F, ES PROPIETARIO DE LAS ARMAS TAL DE TAL CALIBRE CON GUIA Nº.... Y TAL OTRA DE TAL CALIBRE CON Nº DE GUIA......, Y TIENE PREVISTO COMPETIR ESTE AÑO EN TAL SITIO, TAL OTRO, ETC, POR LO QUE SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA COMPRAR TANTOS CARTUCHOS DEL .... Y TANTOS DEL CALIBRE.... con esto la G.C. concede el permiso.
6º- otro punto es el transporte que evidentemente no se puede transportar armas y municiones juntamente, pues se transportan por separado y ya está.
7º- otro punto es la venta de munición entre particulares, pues el reglamento lo prohibe, incluso el recargador solo puede recargar para su uso personal, pero si un tirador tiene depositadas en la G.C. tanta o cuanta munición de un calibre y deja esa modalidad no se va a comer la munición, puede cederla a optro tirador que tenga el correspondiente permiso y mandarla debidamente guiada de intervención a intervención.
8º un tema que no le encuentro la solución es al de RENFE. Yo compito en recorridos, y una competición de dos días sábado y domingo son un mínimo de 400 cartuchos, además hoay comunidades donde no se compite en esta modalidad y tengo que desplazarme muy lejos, haciendolo en tren, pues bien Renfe no permite qur transporte munición si llevo el arma y tengo que mandar la munición por seur, pero el sábado está cerrado al comienzo de la competición y el viernes ¿quien te la recoge en una ciudad que no conoces a nadie?, ante mis muchas protestas me contestan que deben ser las jefaturas de la FEDETO quien tramite el cambio de normativa.
espero haber dado luz a alguien. un saludo
1.es cierto que reglamenbto de armas y municiones limita el nº de cartuchos que se pueden comprar. con licencia F no venden en armerías, con licencia A en armerias venden 50 cartuchos por aaño. Las licencias F deben comprar su munición en las galerias de tiro pero sólo para consumirlas allí, sin sacar nada para fuera.
2º con licencia de recargador se pueden tener en casa 100 cartuchos cargados y 100 empistonados
3º como podeis comprender con estas cantidades no se puede abastecer un tirador que compita habitualmente fuera de su domicilio y extranjero.
4º para esto hay dos solucciones: una es que el club solicite autorización para comprar munición y puede comprar cuanta quiera, dejandola depositada en la G.C., o en la armería que se la vende, claro que este sistema tiene el inconveniente de tener que ir por la G.C. o armería cada semana a retirar la munición que necesitaránb los socios.
5ºotro sistema es hacer una solicitud personal en la G.C. para comprar munición, en los siguientes términos.DON ........CON DNI.......... Y LICENCIA DE ARMAS F, ES PROPIETARIO DE LAS ARMAS TAL DE TAL CALIBRE CON GUIA Nº.... Y TAL OTRA DE TAL CALIBRE CON Nº DE GUIA......, Y TIENE PREVISTO COMPETIR ESTE AÑO EN TAL SITIO, TAL OTRO, ETC, POR LO QUE SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA COMPRAR TANTOS CARTUCHOS DEL .... Y TANTOS DEL CALIBRE.... con esto la G.C. concede el permiso.
6º- otro punto es el transporte que evidentemente no se puede transportar armas y municiones juntamente, pues se transportan por separado y ya está.
7º- otro punto es la venta de munición entre particulares, pues el reglamento lo prohibe, incluso el recargador solo puede recargar para su uso personal, pero si un tirador tiene depositadas en la G.C. tanta o cuanta munición de un calibre y deja esa modalidad no se va a comer la munición, puede cederla a optro tirador que tenga el correspondiente permiso y mandarla debidamente guiada de intervención a intervención.
8º un tema que no le encuentro la solución es al de RENFE. Yo compito en recorridos, y una competición de dos días sábado y domingo son un mínimo de 400 cartuchos, además hoay comunidades donde no se compite en esta modalidad y tengo que desplazarme muy lejos, haciendolo en tren, pues bien Renfe no permite qur transporte munición si llevo el arma y tengo que mandar la munición por seur, pero el sábado está cerrado al comienzo de la competición y el viernes ¿quien te la recoge en una ciudad que no conoces a nadie?, ante mis muchas protestas me contestan que deben ser las jefaturas de la FEDETO quien tramite el cambio de normativa.
espero haber dado luz a alguien. un saludo