[citando a: IVAN-HK][citando a: LUENGO]
1 º Art. 8.4.4.4 Pistola Fuego Central.
Puede utilizarse cualquier arma de Fuego Central de calibre 7.62 mm. a 9.65
mm. (.30" - .38"), excepto las de un solo tiro. Todo ello de acuerdo con lo
especificado en 8.16.0.
2º art 8.4.6 Munición.
Todos los proyectiles que se usen deben estar hechos de plomo u otro material blando parecido. No están permitidos los proyectiles blindados. El Jurado podrá recoger muestras de la munición de los tiradores para controlarla.
Arma Calibre Otras especificaciones Pistola Fuego Central 25 m.
7.62 mm. 9.65 mm. (.30" - .38")
Por razones de seguridad la munición de tipo "magnum" no
está permitida.
http://www.tirolimpico.org/ReglamentoTEpistola05_2ed.pdf
Por lo que ningún Club beta hace lo que le da la gana, simplemente aplica la legislación vigente.
Objetividad y respeto. Dos virtudes en una persona.
Pero quisiera añadir: NO es posible que un club aplique normas que no esten en el reglamento?
Pues sí, Ivan-HK, posible los es ahora tambien se ha de tener en cuenta que esa decisión no la puede tomar unilateralmente una junta o cargos de junta porque ellos lo dicen, obviamente si los socios lo aprueban en asamblea......... "FuenteOvejuna Todos a una", obviamente si no está contemplado en reglamento, yo me asesoraría antes de tomar una decisión que pueda tener consecuencias, que ya se sabe lo que pasa con las jurisprudencias y anteposiciones.............
Rdos.