Resolución Guardia Civil Armeros

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NarcoPolo
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Re: Resolución Guardia Civil Armeros

Mensajepor NarcoPolo » 02 Jul 2025 20:19

Vaya por delante mi agradecimiento hacia el compañero letrado que esta poniendo sus conocimientos y tiempo a favor de todos nosotros como tiradoes. Debo confesar que me cargan profundamente estas actuaciones tan estupidas, prepotentes y sin sentido de determinados organismo, como la ICAE en este caso. Entiendo y defiendo que debe de haber control sobre las armas que tenemos, no son juguetes , pero esta situacio generada con los armeros me parece mas fruto de la presion de un lobby , que de una normativa logica para incrementar la seguridad en la custodia de nuestras armas. Unico pais de Europa que le da por la unidad de capacidad en litros, contestaciones vagas o directamente sin sentido para sustentar sus decisiones, esa insufrible lentitud de la justicia y esa extraña sensacion que se legisla en contra del bien general y del sentido comun, en defensa de vete a saber que espureos intereses. De P. pena. Reitero mi sincero agradecimiento al compañero Reyi66

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Re: Resolución Guardia Civil Armeros

Mensajepor Reyi66 » 03 Jul 2025 21:59

NarcoPolo escribió:Vaya por delante mi agradecimiento hacia el compañero letrado que esta poniendo sus conocimientos y tiempo a favor de todos nosotros como tiradoes. Debo confesar que me cargan profundamente estas actuaciones tan estupidas, prepotentes y sin sentido de determinados organismo, como la ICAE en este caso. Entiendo y defiendo que debe de haber control sobre las armas que tenemos, no son juguetes , pero esta situacio generada con los armeros me parece mas fruto de la presion de un lobby , que de una normativa logica para incrementar la seguridad en la custodia de nuestras armas. Unico pais de Europa que le da por la unidad de capacidad en litros, contestaciones vagas o directamente sin sentido para sustentar sus decisiones, esa insufrible lentitud de la justicia y esa extraña sensacion que se legisla en contra del bien general y del sentido comun, en defensa de vete a saber que espureos intereses. De P. pena. Reitero mi sincero agradecimiento al compañero Reyi66


Me alegro de que alguien mas piense como yo. No soy policía ni juez, pero soy padre, y he aprendido que si uno de mis hijos me da una explicación irrazonable, me está engañando. La explicación que ofrece la Guardia Civil es completamente irrazonable: dicen que valoraron el criterio citado en la demanda (que cada interesado pruebe las medidas de sus armas conforme al art. 77 LPA), pero que el establecido en la norma nos resulta mas favorable. Nos están llamando cornudos y apaleados. ¿Mas favorable? . Dicen que en otro caso los poseedores de armas mas grandes no podrían guardarlas. Esa explicación es propia de alguien con muy escasa talla profesional, dado que el art 77 LPA permite que cada administrado probar las dimensiones de su arma y que dicha arma cabe dentro de su caja fuerte. Por consiguente, una explicación tan deficiente necesariamente esconde intereses ocultos. Y ahí lo dejo.

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Re: Resolución Guardia Civil Armeros

Mensajepor Reyi66 » 03 Jul 2025 22:10

Por cierto, la escasa talla profesional de este concreto abogado del Estado se nota cuando defiende que la Resolución es un Acto administrativo, y en el cuerpo del escrito lo identifica varias veces como NORMA. la explicación es que el escrito lo han redactado dos personas: la primera, el Abogado del Estado sabe que su única carta es afirmar que la resolucion es un acto administrativo, para que se inadmita mi recurso, y la segunda persona (posiblemente alguien de la ICAE) que sabe que eso es una NORMA, aunque desconoce que si lo declaran norma se lo TUMBO. Lo que es imperdonable es que un Abogado del Estado se dedique a copiar y pegar sin observar que en su argumentario está llamando varias veces NORMA, a lo que él dice que es un acto.

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Re: Resolución Guardia Civil Armeros

Mensajepor Chinchu » 03 Jul 2025 23:04

Reyi66 escribió:Por cierto, la escasa talla profesional de este concreto abogado del Estado se nota cuando defiende que la Resolución es un Acto administrativo, y en el cuerpo del escrito lo identifica varias veces como NORMA. la explicación es que el escrito lo han redactado dos personas: la primera, el Abogado del Estado sabe que su única carta es afirmar que la resolucion es un acto administrativo, para que se inadmita mi recurso, y la segunda persona (posiblemente alguien de la ICAE) que sabe que eso es una NORMA, aunque desconoce que si lo declaran norma se lo TUMBO. Lo que es imperdonable es que un Abogado del Estado se dedique a copiar y pegar sin observar que en su argumentario está llamando varias veces NORMA, a lo que él dice que es un acto.



Eso sólo se ajusta a un nombre:

"Chapuza"

Saludos,


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