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Cazar con calibre .22

Publicado: 25 Mar 2021 16:55
por llamareto
Como esta la normativa de caza en España respecto a cazar con calibre .22?, Se que depende de las CCAA pero, todavia queda alguna en España donde sea legal cazar con este calibre?


Saludos

Re: Cazar con calibre .22

Publicado: 26 Mar 2021 02:26
por Komprasman
NEIN, NO, Verboten, Forbbiden, prohibido total, el .22 LR unicamente para hacer agujeritos a un cartón en el Campo de Tiro y gracias.

Buena suerte y que no te pille el Seprona cazando con .22 LR.

Re: Cazar con calibre .22

Publicado: 26 Mar 2021 10:31
por llamareto
Komprasman escribió:NEIN, NO, Verboten, Forbbiden, prohibido total, el .22 LR unicamente para hacer agujeritos a un cartón en el Campo de Tiro y gracias.

Buena suerte y que no te pille el Seprona cazando con .22 LR.


He dicho yo que vaya a ir a cazar con .22? No necesito buena suerte porque yo cumplo el reglamento de armas y el de caza.

Re: Cazar con calibre .22

Publicado: 26 Mar 2021 11:07
por Chinchu
llamareto escribió:Como esta la normativa de caza en España respecto a cazar con calibre .22?, Se que depende de las CCAA pero, todavia queda alguna en España donde sea legal cazar con este calibre?


Saludos


Siendo rigurosos, lo único que se puede decir en cuanto a este asunto es:

- El Reglamento de Armas no prohíbe su uso para la caza, porque no es su atribución. (Las armas de la la categoría 3ª,1 y todas las demás de calibre 22, pueden ser guiadas como armas largas de caza, con la Licencia D)

- La potestad de definir con qué cartuchos o calibres se puede cazar cada especie cinegética corresponde sólo a las CC.AA.

- A día de hoy no parece haber ninguna Comunidad Autónoma que permita la caza con el .22, pero mañana esto podría cambiar.

- Estamos en un país donde es más fácil y cómodo prohibir, que regular y controlar, y además tenemos al enemigo dentro de nuestras propias filas, Hay mucho quintacolumnista entre nosotros.


Amén...

saludos.

Re: Cazar con calibre .22

Publicado: 26 Mar 2021 13:58
por llamareto
Chinchu escribió:
llamareto escribió:Como esta la normativa de caza en España respecto a cazar con calibre .22?, Se que depende de las CCAA pero, todavia queda alguna en España donde sea legal cazar con este calibre?


Saludos


Siendo rigurosos, lo único que se puede decir en cuanto a este asunto es:

- El Reglamento de Armas no prohíbe su uso para la caza, porque no es su atribución. (Las armas de la la categoría 3ª,1 y todas las demás de calibre 22, pueden ser guiadas como armas largas de caza, con la Licencia D)

- La potestad de definir con qué cartuchos o calibres se puede cazar cada especie cinegética corresponde sólo a las CC.AA.

- A día de hoy no parece haber ninguna Comunidad Autónoma que permita la caza con el .22, pero mañana esto podría cambiar.

- Estamos en un país donde es más fácil y cómodo prohibir, que regular y controlar, y además tenemos al enemigo dentro de nuestras propias filas, Hay mucho quintacolumnista entre nosotros.


Amén...

saludos.


Desde luego, si entre nuestro gremio nos damos patadas poco se va a conseguir.

Si no me equivoco los .22 tambien se pueden guiar en E de momento. al menos eso pone en el reglamento segun su categoria.

Saludos

Re: Cazar con calibre .22

Publicado: 26 Mar 2021 17:23
por Chinchu
llamareto escribió:
Desde luego, si entre nuestro gremio nos damos patadas poco se va a conseguir.

Si no me equivoco los .22 tambien se pueden guiar en E de momento. al menos eso pone en el reglamento segun su categoria.

Saludos


Las armas largas rayadas del .22 l.r. se guían a priori al amparo de la E, por estar catalogadas como armas largas rayadas de tiro deportivo, sin embargo son susceptibles de ser guiadas al amparo de la D.

Además del .22 l.r. hay otros 22's como el Hornet, el Remington Magnum, el 22-250 Remington y algunos más, todos ellos guiados al amparo de la Lecencia D, salvo el magnum que se puede guiar también con ambas al ser de fuego anular.

Re: Cazar con calibre .22

Publicado: 27 Mar 2021 21:42
por Colmillos
llamareto escribió:Como esta la normativa de caza en España respecto a cazar con calibre .22?, Se que depende de las CCAA pero, todavia queda alguna en España donde sea legal cazar con este calibre?


Saludos


Pues para sorpresa y mayúscula, un amigo me acaba de enseñar una autorización para cazar conejos, en la que se permite el uso del 22 únicamente en espera, a ver si van tomando nota...

Re: Cazar con calibre .22

Publicado: 27 Mar 2021 21:53
por Colmillos
Aquí esta

Re: Cazar con calibre .22

Publicado: 27 Mar 2021 21:55
por Colmillos
Q pena q no se lee, al borrar el nombre y número de sociedad no me dejaba guardar e hice captura, pero vamos q autorizan el 22 :mrgreen:

Re: Cazar con calibre .22

Publicado: 28 Mar 2021 11:51
por llamareto
Quizas como autorizacion especial y puntual se pueda pero estara a criterio de la comunidad y de la g,c.
En un coto q tengo cercano moviendo papeleos tb autorizaban la caza del jabali por destrozos durante el primer confinamiento pero son casos puntuales lo suyo es q lo autorizaran de forma general.

Saludos

Re: Cazar con calibre .22

Publicado: 28 Mar 2021 13:56
por Chinchu
¿Por qué no nos quedamos con lo positivo del asunto?

Que es una cuestión de quien decide sobre la normativa de caza ya lo sabemos, la Comunidad Autónoma.

Que sobre temas de caza la G.C. tiene poco que decir, también lo sabemos, realmente nada.

Lo importante es que nos ponen ante nuestros ojos un Permiso Administrativo para usar cinegéticamente el .22, y que da igual si es un caso extraordinario, puntual o no, simplemente es un caso real, es legal, es posible y puede darse en otros puertos.

Si aprendiésemos a tomar lo positivo de las cosas y usarlo en nuestro provecho, quizás nos animaríamos a defender nuestros derechos y se darían más casos.

Pero siempre nos andamos con lo mismo.

Re: Cazar con calibre .22

Publicado: 01 May 2021 09:57
por curro501
Chinchu escribió:- El Reglamento de Armas no prohíbe su uso para la caza, porque no es su atribución. (Las armas de la la categoría 3ª,1 y todas las demás de calibre 22, pueden ser guiadas como armas largas de caza, con la Licencia D)

Amén...

saludos.

Hola que tal, no se trata de molestar a nadie ni nada por el estilo, pero pienso que esta usted confundido.
El calibre .22 de percusión anular,¿( 3.1 )si es de lo que estamos hablando?, se guiá en este país con licencia "E" o "F", a lo sumo con licencia "C" (2.1) que cada vez hay meeeenos. Si no soy yo el que esta confundido que todo es posible.

Me pueden decir que un .222 también es un calibre 22 y ese si se guiá con la "D" (licencia de armas para caza mayor).
Solo es una observación. que no se me moleste nadie, que quizás sea yo el equivocado.

1salu2

Re: Cazar con calibre .22

Publicado: 01 May 2021 11:19
por llamareto
El calibre .22 no se puede guiar como arma de caza mayor o sea en D.
Solo en E y F y puede q en C pero no conozco ninguna. Antiguamente las llevaban guardas de cotos y similar.

Saludos

Re: Cazar con calibre .22

Publicado: 01 May 2021 19:18
por AngelCalibre16

Re: Cazar con calibre .22

Publicado: 02 May 2021 17:06
por Chinchu
curro501 escribió:
Chinchu escribió:- El Reglamento de Armas no prohíbe su uso para la caza, porque no es su atribución. (Las armas de la la categoría 3ª,1 y todas las demás de calibre 22, pueden ser guiadas como armas largas de caza, con la Licencia D)

Amén...

saludos.

Hola que tal, no se trata de molestar a nadie ni nada por el estilo, pero pienso que esta usted confundido.
El calibre .22 de percusión anular,¿( 3.1 )si es de lo que estamos hablando?, se guiá en este país con licencia "E" o "F", a lo sumo con licencia "C" (2.1) que cada vez hay meeeenos. Si no soy yo el que esta confundido que todo es posible.

Me pueden decir que un .222 también es un calibre 22 y ese si se guiá con la "D" (licencia de armas para caza mayor).
Solo es una observación. que no se me moleste nadie, que quizás sea yo el equivocado.

1salu2


Sólo dos cuestiones.

    Tengo un arma del .22 l.r. guiada con D, luego se puede.

    Guiándose bajo la E, podría tener uso para caza menor.

Reitero, no el la G.C., ni el R.A. quienes disponen qué armas o calibres han de usarse para cazar, y para muestra el permiso administrativo citado más arriba.

Que el R.A. cite Armas Largas Rayadas para caza mayor, o armas largas rayadas para tiro deportivo, no implica que el R.A. tenga atribución alguna para definir el uso cinegético de esas armas. Muchos son los gazapos de ese reglamento, y parece que hay quien aun no quiere asumir que el tema cinegético no es de su competencia, sino de las consejerías de medioambiente de las CC.AA.

Saludos.

Pd. En cualquier caso, claro está para cualquiera de miras abiertas que el .22 l.r. no es un calbre de caza mayor, pero este hilo habla de "cazar", y la menor también está ahí.

Re: Cazar con calibre .22

Publicado: 02 May 2021 18:29
por AngelCalibre16
Entiendo su razonamiento y pienso que es el que dice la normativa. Además en CyL también se autoriza en control de predadores.

Sin embargo, hace ya tiempo que se hizo esa pregunta al INAGA, que lo remitió a la CIPAE y contestaron esto:
Calibre 22 contestación 2014.pdf
(160.79 KiB) Descargado 239 veces


Sería cuestión de volver a preguntar.

Parece ser que la caza es deporte solo para algunas cosas (pagar).

Saludos.

Re: Cazar con calibre .22

Publicado: 02 May 2021 18:33
por llamareto
Yo pregunte en mi federacion de caza (Andalucia)y me contestaron que a dia de hoy esta prohibida la caza en todo el territorio nacional con .22.

Si alguien tiene autorizacion especial (que por lo visto en alguna CCAA la dan) podria decirlo y saber cual es y en que consiste.

Saludos

Re: Cazar con calibre .22

Publicado: 02 May 2021 20:11
por curro501
Quien cojones me mandara a mi a intervenir.


Chinchu escribió:
Sólo dos cuestiones.

    Tengo un arma del .22 l.r. guiada con D, luego se puede.

    Guiándose bajo la E, podría tener uso para caza menor.


Hay una canción popular aragonesa que dice no digo ni que si ni que no, solo digo que esto era un rey que tenia tres hijas la metió en tres botijas y las tapo con pez, ¿quiere que te lo cuente otra vez,? esto era un rey que .... quiere que.....
pues eso que yo no digo nada.

Reglamento de armas --> https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1993-6202

articulo 100
2. Nadie podrá poseer más de una licencia D, que tendrá cinco años de validez y autorizará para llevar y usar hasta cinco armas de la categoría 2.ª, 2.


articulo 3
3.ª categoría:

1. Armas de fuego largas rayadas para tipo deportivo, de calibre 5,6 milímetros (.22 americano), de percusión anular, bien sean de un disparo, bien de repetición o semiautomáticas.




Para los que dicen que no lo han visto nunca. https://www.guardiacivil.es/es/servicio ... index.html

Las armas de fuego específicas de los guardas rurales para desempeñar funciones de vigilancia y guardería, con carácter general, serán:

Armas largas rayadas de repetición.

Son armas concebidas para usar con cartuchería metálica, apta para su utilización con arma corta, de calibres:

6,35, 7,65, 9 mm corto,
9 mm parabellum,
9 mm largo,
22LR, 22 Magnum,
38 especial
357 Magnum.


Volvemos al relamento de armas,
Artículo 96.4. Las demás licencias para armas de las categorías 1.ª, 2.ª y 3.ª serán:

b) La licencia C, para armas de dotación del personal de vigilancia y seguridad .......

En fin, que cada uno tenga lo que le de la gana, y como le de la gana o pueda, haga lo que le plazca, y poco mas.
esta no es mi guerra, el rato que me tiro intentando de respaldar mis palabras, se lo quito a mi familia...

Saludos
Pdt. Sr moderador, si considera que por el camino que va esto se convierte en un sinsentido, por favor borre mis dos intervenciones. GRACIAS