dudas con 17 hmr y 222rem
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dudas con 17 hmr y 222rem
saludos a todos: a ver si alguien me puede resolver una duda; tengo varios 22 lr y magnum,escopeta del 12 , un mosin nagant,un zastava 222 rem y hace poco compre un cz 452 del 17 hmr , sencillamente por que me gusta ese cartucho.Lo tuve que guiar con la D y es un calibre autorizado para caza; mi pregunta es¿ podria usarlo por ejemplo para el zorro o las urracas, en el ambito de la caza menor,sin que me suponga un problema con la autoridad? la misma duda cabe para el 222........gracias
- gumersindo
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Re: dudas con 17 hmr y 222rem
czzkm17hmr escribió:saludos a todos: a ver si alguien me puede resolver una duda; tengo varios 22 lr y magnum,escopeta del 12 , un mosin nagant,un zastava 222 rem y hace poco compre un cz 452 del 17 hmr , sencillamente por que me gusta ese cartucho.Lo tuve que guiar con la D y es un calibre autorizado para caza; mi pregunta es¿ podria usarlo por ejemplo para el zorro o las urracas, en el ambito de la caza menor,sin que me suponga un problema con la autoridad? la misma duda cabe para el 222........gracias
La licencia D es esa que autoriza a armas largas rayadas para CAZA MAYOR?.
Las hurracas o los zorros son CAZA MAYOR ?
Está permitida la CAZA MAYOR con proyectiles de menos de 6 mm de diámetro ?
Con tal que no te pillen

Bienvenido al mundo de los cazadores españoles.

Re: dudas con 17 hmr y 222rem
Del 17 HMR, no te se decir , aunque te lo hayan guiado para caza mayor , aunque no sea un 22 , pero sí es de percusión anular , yo creo que dependerá mucho del criterio que tenga aquel que te pida los papeles si te pillan cazando con él.
En cuanto al 222 , aun siendo un 22, es de fuego central y si está autorizado para cazar , otra cosa es que en algunas autonomias no permitan menos de 6 mm. , yo tengo 4 rifles del 222 y los utilizo única y exclusivamente para la caza del zorro , pero aquí en Murcia al zorro si se le puede tirar como caza mayor en algunos supuestos , las esperas nocturnas son para jabalí y zorro y las batidas también son para jabalí y zorro.
Con el 222 ,enteraté en tu autonomía a ver como tienes la legislación , en cuanto al 17 HMR. yo no me fiaría ni medio milímetro.
Un saludo
Yunque
En cuanto al 222 , aun siendo un 22, es de fuego central y si está autorizado para cazar , otra cosa es que en algunas autonomias no permitan menos de 6 mm. , yo tengo 4 rifles del 222 y los utilizo única y exclusivamente para la caza del zorro , pero aquí en Murcia al zorro si se le puede tirar como caza mayor en algunos supuestos , las esperas nocturnas son para jabalí y zorro y las batidas también son para jabalí y zorro.
Con el 222 ,enteraté en tu autonomía a ver como tienes la legislación , en cuanto al 17 HMR. yo no me fiaría ni medio milímetro.
Un saludo
Yunque
El mejor calibre es aquel que hace el agujero en su sitio.
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Re: dudas con 17 hmr y 222rem
Yo se que segun el convenio de Berna no se puede hacer caza mayor con menos de 6mm.Pero tambien es cierto que cualquier rifle de cualquier calibre que no sea 22lr o magnum ha de guiarse con la D o con la F si esa licencia lo permite...en el 17 hmr esta la prueba , aunque sea de percusion anular.Tambien tengo entendido -si no ha cambiado- que ciertas especies consideradas de mayor se pueden cazar con 222,ejemplo el corzo.Ahora, con un 17 hmr no voy a ir al corzo,pero un zorro?? aclaro que en Cantabria los zorros se cazan como menor....esa es la duda ,que el cartucho esta autorizado para cazar pero evidentemente no es para caza mayor aunque el rifle este guiado con licencia D....un saludo
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Re: dudas con 17 hmr y 222rem
aclaro que hay una nota informativa de la CIPAE creo,que aclara que el 17 hmr debe ser guiado con la licencia D.Corriganme si me equivoco de organismo
- Cheroky1
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Re: dudas con 17 hmr y 222rem
Mi amigo y armero,...se ha echado un Anschutz 1517,....una gozada de aparato.
El lo quiere para tiro y para caza,....según él ya ha matado 3 rabosos.
Se guía con D, se puede emplear para caza mayor. La armeria Alvarez, en su catalogo, las ofertan,....pero deja bien claro, que depende de cada CC.AA.
Lo ilogico, es que no se pueda cazar con 22lr o magnum.
En mi comunidad de Aragón la ley de caza no prohibe la caza con 22,....pero todo Dios dice que no se puede,....aun estoy esperando de la DGA y de la Comandancia una respuesta,....cayan como putas,....si hubiera una respuesta clara y concisa, ya me hubieran indicado unos y otros el articulito.
Pero calma,....las cosas pueden cambiar,....deben cambiar.
Con lo facil que es legalizar o para tiro o para caza o para las dos cosas a la vez.
Parece que lo unico que quieren es que la gente haga ilegalidades por mareo y lo marrullero del tema.
Ya veremos.
Un abrazo.
El lo quiere para tiro y para caza,....según él ya ha matado 3 rabosos.
Se guía con D, se puede emplear para caza mayor. La armeria Alvarez, en su catalogo, las ofertan,....pero deja bien claro, que depende de cada CC.AA.
Lo ilogico, es que no se pueda cazar con 22lr o magnum.
En mi comunidad de Aragón la ley de caza no prohibe la caza con 22,....pero todo Dios dice que no se puede,....aun estoy esperando de la DGA y de la Comandancia una respuesta,....cayan como putas,....si hubiera una respuesta clara y concisa, ya me hubieran indicado unos y otros el articulito.
Pero calma,....las cosas pueden cambiar,....deben cambiar.
Con lo facil que es legalizar o para tiro o para caza o para las dos cosas a la vez.
Parece que lo unico que quieren es que la gente haga ilegalidades por mareo y lo marrullero del tema.
Ya veremos.
Un abrazo.
Última edición por Cheroky1 el 29 Ene 2011 23:12, editado 1 vez en total.
- Cheroky1
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Re: dudas con 17 hmr y 222rem
La licencia D es esa que autoriza a armas largas rayadas para CAZA MAYOR?.
Las hurracas o los zorros son CAZA MAYOR ? NO
Está permitida la CAZA MAYOR con proyectiles de menos de 6 mm de diámetro ?
Al parecer si.
Con tal que no te pillen
Bienvenido al mundo de los cazadores españoles.
[/quote]
¿¿¿ Se puede cazar con una escopeta del 12 con licencia tipo E, caza mayor y usar balas ?? Pues esta es otra,...pero bueno.
Un abrazo.
Las hurracas o los zorros son CAZA MAYOR ? NO
Está permitida la CAZA MAYOR con proyectiles de menos de 6 mm de diámetro ?
Al parecer si.
Con tal que no te pillen

Bienvenido al mundo de los cazadores españoles.

¿¿¿ Se puede cazar con una escopeta del 12 con licencia tipo E, caza mayor y usar balas ?? Pues esta es otra,...pero bueno.
Un abrazo.
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Re: dudas con 17 hmr y 222rem
es que esto al final es un chocho porque la caza con armas flobert o percusion anular de calibre 5,6 o 22 americano esta prohibida, pero luego resulta que hay 17 leyes o reglamentos de caza diferentes;seria bueno como dices, que esto cambie , que haya apertura y liberen a estos cartuchos para cazar ya que es una prohibicion que no tiene logica.......si es por los furtivos esta claro que a ellos les da igual que sea un 22 o un 300....siempre van ilegales.En todo el mundo se caza con 22 y no pasa nada ¿acaso aqui somos diferentes, somos mas tontos,nos consideran delincuentes en potencia....? si es asi que lo digan pero que sepan que no hay mayor delincuente que un ESTADO ABUSON
En cuanto al 17hmr decir que es un cartucho que me ha encantado y que para tiro y caza es perfecto....siempre que se sepa que es lo que se puede cazar con el, sin arriesgarte a las interpretaciones famosas de la ley por parte de la autoridad
En cuanto al 17hmr decir que es un cartucho que me ha encantado y que para tiro y caza es perfecto....siempre que se sepa que es lo que se puede cazar con el, sin arriesgarte a las interpretaciones famosas de la ley por parte de la autoridad
- Cheroky1
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Re: dudas con 17 hmr y 222rem
Yo tengo un 22 Mag. y estoy enamorado de el,...estoy deseoso, que ahora con el nuevo reglamento y con la apertura del 17 hmr a la caza, se pueda usar sin tanta laguna legal.
La gente pide su uso a gritos,....pero de forma legal.
Creo que tanto el 22 como el 17, debieran autorizarse, si tu quieres con licencia D, por eso de ser rallada,....pero solo para animales de caza menor,....mi opinión.
Un abrazo.
La gente pide su uso a gritos,....pero de forma legal.
Creo que tanto el 22 como el 17, debieran autorizarse, si tu quieres con licencia D, por eso de ser rallada,....pero solo para animales de caza menor,....mi opinión.
Un abrazo.
- gumersindo
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Re: dudas con 17 hmr y 222rem
Cheroky1 escribió:¿¿¿ Se puede cazar con una escopeta del 12 con licencia tipo E, caza mayor y usar balas ?? Pues esta es otra,...pero bueno.
Un abrazo.
En ninguna parte consta que el uso de una escopeta quede restringido a la caza menor. En cambio la licencia tipo D habla especificamente de "armas largas rayadas para caza mayor".
ESCOPETAS
ARTICULO 101. 1. Las armas de las categorías 3. y 7., 2 y 3, precisarán una licencia E
de armas, que autorizará para poseer, llevar y usar las armas de dichas categorías. Su número no excederá de seis escopetas o de seis armas largas rayadas para tiro deportivo, ni de doce
armas en total.
2. Nadie podrá poseer más de una licencia E, que tendrá cinco años de validez.
3. Será concedida por los Gobernadores civiles y por los Delegados del Gobierno en Ceuta
y Melilla, quienes podrán delegar en los primeros Jefes de las Comandancias de la Guardia Civil.
4. Las licencias de armas de fuego para lanzar cabos serán expedidas por los
Gobernadores civiles, previo informe de los Comandantes de Marina.
3. categoría:
1. Armas de fuego largas rayadas para tipo deportivo, de calibre 5,6 milímetros (.22
americano), de percusión anular, bien sean de un disparo, bien de repetición o semiautomáticas.
2. Escopetas y demás armas de fuego largas de ánima lisa, o que tengan cañón con rayas
para facilitar el plomeo, que los bancos de pruebas reconocidos hayan marcado con punzón de
escopeta de caza, no incluidas entre las armas de guerra.
1. Armas de inyección anestésica capaces de lanzar proyectiles que faciliten la captura o
control de animales, anestesiándolos a distancia durante algún tiempo.
2. Las ballestas.
3. Las armas para lanzar cabos.
4. Las armas de sistema Flobert .
5. Los arcos, las armas para lanzar líneas de pesca y los fusiles de pesca submarina que
sirvan para disparar flechas o arpones, eficaces para la pesca y para otros fines deportivos.
6. Los revólveres o pistolas detonadoras y las pistolas lanzabengalas.
ARMAS LARGAS RAYADAS
ARTICULO 100. 1. Quienes precisen armas de la categoría 2., 2, deberán obtener
previamente licencia D.
2. Nadie podrá poseer más de una licencia D, que tendrá cinco años de validez y autorizará
para llevar y usar hasta cinco armas de la categoría 2ª, 2 (redactado según Real Decreto
316/2000, de 3 de marzo, BOE nº 55, de 4 de marzo de 2000).
3. La competencia para concederla corresponde al Director general de la Guardia Civil, que
podrá delegarla.
4. Con la licencia D se podrá adquirir un arma de la categoría 2., 2. La adquisición de cada
una de las restantes requerirá la obtención previa de una autorización especial con arreglo a lo
dispuesto en el artículo 49 y siguientes de este Reglamento.
5. Las armas de la categoría 2., 2, deberán ser guardadas:
a) En los propios domicilios de sus titulares, en cajas fuertes o armeros autorizados, con
las medidas de seguridad necesarias, aprobadas por la Intervención de Armas de la Guardia Civil,
que podrá comprobarlas en todo momento.
b) En los locales de empresas o entidades especializadas en la custodia de armas, de
acuerdo con lo dispuesto en los artículos 83 y 144 de este Reglamento.
6. La adquisición, tenencia y uso de las alzas o miras telescópicas o artificios adaptables
a las armas de caza mayor para aumentar su eficacia, solamente se permitirán a las personas
que acrediten poseer licencia D para armas de caza mayor ante los establecimientos de venta,
los cuales deberán comunicarlo a la Intervención de Armas de la Guardia Civil.
2. categoría:
2. Armas de fuego largas rayadas: Se comprenden aquellas armas utilizables para caza
mayor. También comprende los cañones estriados adaptables a escopetas de caza, con
recámara para cartuchos metálicos, siempre que, en ambos supuestos, no estén clasificadas
como armas de guerra.
Creo que es importante fijarse en el subrayado pues puede ser objeto de interpretaciones.
He buscado y rebuscado y no encuentro limitacion sobre el diametro del proyectil ni de la forma de ignicion, de todos modos mi recomendacion sigue siendo la misma:
CON TAL QUE NO TE PILLEN

De todos modos ya se que no debe ser de aplicacion en nuestro pais pero cuidado que los cabos del seprona son muy suyos



https://www.arcoyflecha.cl/leycazachile.htm
Artículos Importantes de la Ley Chilena de Caza
ARTICULO 24.
Las armas autorizadas para caza mayor serán las armas de fuego de un
calibre superior a 6 milímetros o su equivalencia en otras medidas, de
acción manual (tiro a tiro) o de repetición y siempre que no constituyan
material de uso bélico en los términos definidos por la ley Nº17.798, sobre
Control de Armas, Explosivos y Elementos Similares
No obstante seguro que en algun rincon debe estar escrito que aquí en España los calibres de Caza Mayor deben ser de 6 milimetros como mínimo, creo que en virtud de algun acuerdo internacional.
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Re: dudas con 17 hmr y 222rem
la limitacion al calibre minimo de 6 mm se debe a que España esta suscrita al convenio de Berna , y ahi se dice que el calibre minimo para caza mayor es de 6mm........pero evidentemente dentro de la caza mayor hay especies menores que se pueden cazar con menos calibre por ejemplo 222 , 22hornet , 17rem etc; caso del corzo y algunos caprinos que no superan los 50 o 60 kg
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Re: dudas con 17 hmr y 222rem
gumersindo escribió:
En ninguna parte consta que el uso de una escopeta quede restringido a la caza menor. En cambio la licencia tipo D habla especificamente de "armas largas rayadas para caza mayor".En la web de la G.C, pagina oficial, en el apartado de licencias,...licencia tipo E, dice bien clarito,...
Licencia de armas "E".
Personal: Para Caza menor.
Autoridad concesión: Delegados/Subdelegados Gobierno (Jefes de Comandancia por delegación).
Vigencia: 5 años. debiendo ser visadas bienal y anualmente para los mayores de 60 años y 70 años respectivamente.
Armas que ampara: Categoría 3ª.1 máximo de 6, categoría 3ª.2 máximo 6, categoría 3ª.3 máximo 12, categoría 7ª.2 máximo 12 y categoría 7ª.3 máximo 12. Siempre el número total de armas que posea no puede ser superior a 12 armas.
Otras consideraciones: Las licencias de armas de fuego para lanzar cabos serán expedidas por los Gobernadores Civiles, previo informe de los Comandantes de Marina.
O se han colado,......ya hace medio siglo o hacen de su capa un sayo.
Creo que es importante fijarse en el subrayado pues puede ser objeto de interpretaciones.
He buscado y rebuscado y no encuentro limitacion sobre el diametro del proyectil ni de la forma de ignicion, mas de uno piensa eso, algo falla o nos quieren dar sopa con onda de todos modos mi recomendacion sigue siendo la misma:
CON TAL QUE NO TE PILLEN si pero eso no es,....las cosas claras y sencillas dan pocos problemas

De todos modos ya se que no debe ser de aplicacion en nuestro pais pero cuidado que los cabos del seprona son muy suyos



https://www.arcoyflecha.cl/leycazachile.htm
Artículos Importantes de la Ley Chilena de Caza
ARTICULO 24.
Las armas autorizadas para caza mayor serán las armas de fuego de un
calibre superior a 6 milímetros o su equivalencia en otras medidas, de
acción manual (tiro a tiro) o de repetición y siempre que no constituyan
material de uso bélico en los términos definidos por la ley Nº17.798, sobre
Control de Armas, Explosivos y Elementos Similares
No obstante seguro que en algun rincon debe estar escrito que aquí en España los calibres de Caza Mayor deben ser de 6 milimetros como mínimo, pues ahora parece que no,...ahora saltamos a caza mayor sin pasar por caza menor,....con dos cojones y luego pasará lo mismo que con el 22,...a dar por cul.., por hacer las cosas mal creo que en virtud de algun acuerdo internacional.[/quote]
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Re: dudas con 17 hmr y 222rem
Por alusiones:
nunca te acostaras sin aprender algo nuevo
Espero haber descifrado correctamente tu post
nunca te acostaras sin aprender algo nuevo

Espero haber descifrado correctamente tu post

Re: dudas con 17 hmr y 222rem
Hola, he leido antes algo de cantabria y los zorros, que son piezas de caza menor,
cierto, pero no se pueden tirar con bala.
Cosas de las autonomias.
1. Está prohibido el empleo y tenencia en el ejercicio de la caza de los siguientes tipos de armas:
Armas accionadas por aire y otros gases comprimidos.
Armas de fuego semiautomáticas cuyo cargador pueda contener más de dos cartuchos.
Armas de fuego automáticas.
Armas de fuego largas rayadas de calibre 5,6 milímetros (veintidós americano) de percusión anular.
Armas de inyección anestésica.
Armas de fuego cortas.
Las que reglamentariamente se establezcan.
2. Está prohibido el empleo y tenencia en el ejercicio de la caza de los siguientes tipos de municiones:
Los cartuchos con munición de postas, entendiéndose por postas los proyectiles introducidos en los cartuchos cuyo peso unitario sea igual o superior a dos gramos y medio o cuyo diámetro sea igual o superior a cuatro milímetros y medio.
En el ejercicio de la caza menor, el empleo y tenencia de munición de bala.
En el ejercicio de la caza mayor, el empleo y tenencia de munición de cartuchos con munición de perdigón, entendiéndose por perdigones los proyectiles introducidos en los cartuchos cuyo peso unitario sea inferior a dos gramos y medio y cuyo diámetro sea inferior a cuatro milímetros y medio.
Las que reglamentariamente se establezcan.
cierto, pero no se pueden tirar con bala.
Cosas de las autonomias.
1. Está prohibido el empleo y tenencia en el ejercicio de la caza de los siguientes tipos de armas:
Armas accionadas por aire y otros gases comprimidos.
Armas de fuego semiautomáticas cuyo cargador pueda contener más de dos cartuchos.
Armas de fuego automáticas.
Armas de fuego largas rayadas de calibre 5,6 milímetros (veintidós americano) de percusión anular.
Armas de inyección anestésica.
Armas de fuego cortas.
Las que reglamentariamente se establezcan.
2. Está prohibido el empleo y tenencia en el ejercicio de la caza de los siguientes tipos de municiones:
Los cartuchos con munición de postas, entendiéndose por postas los proyectiles introducidos en los cartuchos cuyo peso unitario sea igual o superior a dos gramos y medio o cuyo diámetro sea igual o superior a cuatro milímetros y medio.
En el ejercicio de la caza menor, el empleo y tenencia de munición de bala.
En el ejercicio de la caza mayor, el empleo y tenencia de munición de cartuchos con munición de perdigón, entendiéndose por perdigones los proyectiles introducidos en los cartuchos cuyo peso unitario sea inferior a dos gramos y medio y cuyo diámetro sea inferior a cuatro milímetros y medio.
Las que reglamentariamente se establezcan.
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Re: dudas con 17 hmr y 222rem
vale aclarado......sigo diciendo que las leyes de caza son un chocho,17 distintas , cada una con sus particularidades.....con lo sencillo que seria una ley de ambito nacional , lo mismo digo con respecto a las licencias ,una de ambito nacional y se acabo , como antiguamente
Re: dudas con 17 hmr y 222rem
Dando vueltas por esto de internet he ido a caer en el foro de aire comprimido .net , y en el foro de armas largas tambien hay un hilo sobre el 17 HMR , en el cual está la respuesta que le dan a alguien que consulta sobre este calibre desde la DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA Y DE LA GUARDIA CIVIL .
Le agradeceria a alguien que sepa poner el enlace directo , (que yo no se
) que lo haga que es interesante .
La contestación está en Imageshak y se puede ampliar para poder leerla bién.
Gracias al que ponga el enlace.
Un saludo
Yunque
Le agradeceria a alguien que sepa poner el enlace directo , (que yo no se



La contestación está en Imageshak y se puede ampliar para poder leerla bién.
Gracias al que ponga el enlace.
Un saludo
Yunque
El mejor calibre es aquel que hace el agujero en su sitio.
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