Mensaje por Takel » 28 Oct 2012 21:44
En primer lugar, gracias a ambos.
El criterio legal a considerar, viene marcado por el art. 6 del Rgto de Armas, que establece:
Art.6.
1. Se consideran armas de guerra, quedando en consecuencia prohibidos su adquisición, tenencia y uso por particulares:
a.- Armas de fuego o sistemas de armas de fuego de calibre igual o superior a 20 milímetros.
b.- Armas de fuego o sistemas de armas de fuego de calibre inferior a 20 milímetros, cuyos calibres sean considerados por el Ministerio de Defensa como de guerra.
Me interesaría encontrar algun texto concreto, sobre esa consideracion que debe establecer el Ministerio de Defensa.
Concretamente, querria saber si los calibres 5,7x28mm (FN P90) y 4,7x30mm (HK MP7) estan considerados como "de guerra".
Ya entiendo, que a civiles no se va a vender estos calibres, es un estudio personal, que ando realizando.
En primer lugar, gracias a ambos.
El criterio legal a considerar, viene marcado por el art. 6 del Rgto de Armas, que establece:
[i]Art.6.
1. Se consideran armas de guerra, quedando en consecuencia prohibidos su adquisición, tenencia y uso por particulares:
a.- Armas de fuego o sistemas de armas de fuego de calibre igual o superior a 20 milímetros.
b.- Armas de fuego o sistemas de armas de fuego de calibre inferior a 20 milímetros, cuyos calibres sean considerados por el Ministerio de Defensa como de guerra.[/i]
Me interesaría encontrar algun texto concreto, sobre esa consideracion que debe establecer el Ministerio de Defensa.
Concretamente, querria saber si los calibres 5,7x28mm (FN P90) y 4,7x30mm (HK MP7) estan considerados como "de guerra".
Ya entiendo, que a civiles no se va a vender estos calibres, es un estudio personal, que ando realizando.