Mensaje por Hoplon » 21 May 2018 18:22
En teoría todo bien, ya sea mueble o inmueble, es susceptible de embargo.
En la práctica, si la ejecución de la deuda llega a un punto en que se practica el embargo de bienes muebles, significa que hace ya mucho tiempo que estás sufriendo problemas mucho mas graves que el que consultas: te han quitado tus inmuebles, no tienes cuenta corriente o la tienes a cero, no tienes tarjeta de crédito, no tienes nómina o te la han dejado reducida al mínimo, hay trabado un embargo incluso sobre tus futuros derechos hereditarios en caso de que los haya, han embargado tus joyas, si las hay, sales en listas de morosos, han escrito a tus clientes y proveedores...
Pero sí, pueden embargarla.
En teoría todo bien, ya sea mueble o inmueble, es susceptible de embargo.
En la práctica, si la ejecución de la deuda llega a un punto en que se practica el embargo de bienes muebles, significa que hace ya mucho tiempo que estás sufriendo problemas mucho mas graves que el que consultas: te han quitado tus inmuebles, no tienes cuenta corriente o la tienes a cero, no tienes tarjeta de crédito, no tienes nómina o te la han dejado reducida al mínimo, hay trabado un embargo incluso sobre tus futuros derechos hereditarios en caso de que los haya, han embargado tus joyas, si las hay, sales en listas de morosos, han escrito a tus clientes y proveedores...
Pero sí, pueden embargarla.