Mensaje por greyghost » 05 Ene 2015 21:50
oscashooter escribió:Ajá, Tito, nos vamos encontrando. Sí, es así, en el apartado de los requisitos, en mi opinión, siempre en mi opinión, debiera recogerse si no lo que pudiésemos llamar "prueba plena" sí los racionales indicios que, amparados en la defensa de bienes jurídicos como la integridad física o la propia vida, constituyesen suficiente justificación, no debiendo esperar a que ese peligro grave, contra la vida o la salud e integridad fisica, se materializase. Dicho de otro modo: no necesito que el cabroncete me dispare o pase a navaja a un hijo mío, me basta con que esgrima el arma o la navaja y tenga sobradas y jsutas sospechas de que va a hacer uso de ellas en lesión de las personas amparadas bajo mi techo y a las que me debo, sean familia, amigos... Digamos que, para mí, esos indicios razonables de peligro cierto, unidos a una circunstancia -que por cierto la Ley sí recoge- que es la del "miedo insuperable", vengan a conjugar ese requisito de necesidad del que te hablaba, y la inminencia de la lesión prevista y dada como segura y cierta, avalen el uso de unos medios contundentes que son los que se encuentran en ese momento a mi alcance.
La idea, Tito, está bien, es justa: necesidad y proporcionalidad, tanto de la respuesta como de los medios utilizados. El problema, finalmente, viene por las interpretaciones restrictivas que se exigen para darlos por cumplidos.
Un saludo y, por lo demás y quiero que lo sepas, ante situaciones como las que estamos ahora contemplando: peligro cierto de graves consecuencias de lesión o muerte propia o de una persona a la que me debo y que se encuentra bajo mi techo.... lo veo como tú, yo tampoco me quedaría cruzado de brazos, te lo aseguro.
¿Que la ley ampara el derecho a la legitima defensa?, un huevo de pato va a defender, en todo caso es interpretable por el juez (que Dios te pille confesado), lo que es seguro es que de momento te va a tocar ir a juicio, así que vete rascandote el bolsillo con un abogado.
¿cuantos casos conocemos de delincuentes que han denunciado a quienes se han defendido de ellos?, yo conozco a gente que ha tenido que pagar indemnizaciones a ladrones, por que estos al saltar la verja del domicilio que pretendían asaltar, se han lesionado con esta. A joyeros que les buscado la ruina, porque en un atraco a mano armada en su establecimiento, su perro ha mordido la mano del atracador provocandole lesiones en los tendones de esa mano. Hay un caso que muchos recordareis, el asalto al chalet del dueño de la empresa Ferry´s, en ese asalto intervinieron no menos de 12 asaltantes, en el, ataron a la mujer del dueño de la casa, le dieron una paliza, la amenazaron con matarla y violarla mientras le ponian una pistola en la cabeza, a el tambien le dieron de palos , al final el hombre decide entregarles todas sus joyas y el dinero, aun así, viendo que la cosa va increschendo, logra sacar un arma de fuego(creo que era del 22) y dispara contra los asaltantes, quienes a su vez le apuñalan, matando a 2 de ellos. conclusión, tras acabar en el hospital por ese brutal asalto, la "señora" juez le imputa 2 homicidio y esa familia se pasa 4 años de juicios en los que le podía caer ademas una condena de 30 años.
Ya lo dice el viejo adagio: "juicios tengas y los ganes", por eso no sorprende(desgraciadamente) que la propia policía(extraoficialmente), en los casos de asaltos a fincas asisladas aconseje al dueño que en caso de repeler la agresión, o le dispare a matar y arroje el cuerpo por ahí, o que dispare a matar y efectue un segundo disparo contra el techo, simulando un disparo previo de advertencia, pero que nunca hieran al delincuente si no se quieren buscar la ruina.
Dificilmente se puede erradicar la delincuencia, si en nuestro país continuamos con el pensamiento decimononico de Concepción Arenal: "Odia al delito, compadece al delincuente", es decir, el fin de las penas ha de ser la reintegración del delincuente, eso esta muy bien en el caso de un roba-gallinas, pero en el caso de un violador, un asesino, un pederasta,etc, o gente que hace del delito su profesión, incluyendo a los delincuente de cuello alto, con esa gentuza es muchisimo mas efectivo el derecho romano, Dura Lex, sed Lex (la ley es dura pero es ley)
[quote="oscashooter"]Ajá, Tito, nos vamos encontrando. Sí, es así, en el apartado de los requisitos, en mi opinión, siempre en mi opinión, debiera recogerse si no lo que pudiésemos llamar "prueba plena" sí los racionales indicios que, amparados en la defensa de bienes jurídicos como la integridad física o la propia vida, constituyesen suficiente justificación, no debiendo esperar a que ese peligro grave, contra la vida o la salud e integridad fisica, se materializase. Dicho de otro modo: no necesito que el cabroncete me dispare o pase a navaja a un hijo mío, me basta con que esgrima el arma o la navaja y tenga sobradas y jsutas sospechas de que va a hacer uso de ellas en lesión de las personas amparadas bajo mi techo y a las que me debo, sean familia, amigos... Digamos que, para mí, esos indicios razonables de peligro cierto, unidos a una circunstancia -que por cierto la Ley sí recoge- que es la del "miedo insuperable", vengan a conjugar ese requisito de necesidad del que te hablaba, y la inminencia de la lesión prevista y dada como segura y cierta, avalen el uso de unos medios contundentes que son los que se encuentran en ese momento a mi alcance.
La idea, Tito, está bien, es justa: necesidad y proporcionalidad, tanto de la respuesta como de los medios utilizados. El problema, finalmente, viene por las interpretaciones restrictivas que se exigen para darlos por cumplidos.
Un saludo y, por lo demás y quiero que lo sepas, ante situaciones como las que estamos ahora contemplando: peligro cierto de graves consecuencias de lesión o muerte propia o de una persona a la que me debo y que se encuentra bajo mi techo.... lo veo como tú, yo tampoco me quedaría cruzado de brazos, te lo aseguro.[/quote]
¿Que la ley ampara el derecho a la legitima defensa?, un huevo de pato va a defender, en todo caso es interpretable por el juez (que Dios te pille confesado), lo que es seguro es que de momento te va a tocar ir a juicio, así que vete rascandote el bolsillo con un abogado.
¿cuantos casos conocemos de delincuentes que han denunciado a quienes se han defendido de ellos?, yo conozco a gente que ha tenido que pagar indemnizaciones a ladrones, por que estos al saltar la verja del domicilio que pretendían asaltar, se han lesionado con esta. A joyeros que les buscado la ruina, porque en un atraco a mano armada en su establecimiento, su perro ha mordido la mano del atracador provocandole lesiones en los tendones de esa mano. Hay un caso que muchos recordareis, el asalto al chalet del dueño de la empresa Ferry´s, en ese asalto intervinieron no menos de 12 asaltantes, en el, ataron a la mujer del dueño de la casa, le dieron una paliza, la amenazaron con matarla y violarla mientras le ponian una pistola en la cabeza, a el tambien le dieron de palos , al final el hombre decide entregarles todas sus joyas y el dinero, aun así, viendo que la cosa va increschendo, logra sacar un arma de fuego(creo que era del 22) y dispara contra los asaltantes, quienes a su vez le apuñalan, matando a 2 de ellos. conclusión, tras acabar en el hospital por ese brutal asalto, la "señora" juez le imputa 2 homicidio y esa familia se pasa 4 años de juicios en los que le podía caer ademas una condena de 30 años.
Ya lo dice el viejo adagio: "juicios tengas y los ganes", por eso no sorprende(desgraciadamente) que la propia policía(extraoficialmente), en los casos de asaltos a fincas asisladas aconseje al dueño que en caso de repeler la agresión, o le dispare a matar y arroje el cuerpo por ahí, o que dispare a matar y efectue un segundo disparo contra el techo, simulando un disparo previo de advertencia, pero que nunca hieran al delincuente si no se quieren buscar la ruina.
Dificilmente se puede erradicar la delincuencia, si en nuestro país continuamos con el pensamiento decimononico de Concepción Arenal: "Odia al delito, compadece al delincuente", es decir, el fin de las penas ha de ser la reintegración del delincuente, eso esta muy bien en el caso de un roba-gallinas, pero en el caso de un violador, un asesino, un pederasta,etc, o gente que hace del delito su profesión, incluyendo a los delincuente de cuello alto, con esa gentuza es muchisimo mas efectivo el derecho romano, Dura Lex, sed Lex (la ley es dura pero es ley)