Se necesita licencia para CO2?

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Re: Se necesita licencia para CO2?

Mensaje por josegun » 16 Nov 2012 21:08

Hola Irius,dijiste en tu intervencion de mas arriba,que llegado el caso que entraran en tu casa y ver que no las tienes registradas,podian sacartelas,es en eso, a lo que te digo que no.

Re: Se necesita licencia para CO2?

Mensaje por kansas » 16 Nov 2012 21:00

irius escribió:Bueno pues comprobando la Ley del Reglamento de Armas dice esto:

Artículo 105.

1. Para poder llevar y usar las armas de la categoría 4 fuera del domicilio habrán de estar documentadas singularmente, mediante tarjetas de armas, que las acompañarán en todo caso.

Con lo cual supongo que para tenerla dentro del domicilio no es necesario registrarla.

Pues eso, si la tienes en tu domicilio y no la vas a usar. No tienes ningun problema. Porque dice TENENCIA Y USO fuera del domicilio. De acuerdo que los foreros no solemos tener todas nuestras armas registradas, por lo menos yo, pero si las que uso habitualmente en mis tiradas. Un saludo

Re: Se necesita licencia para CO2?

Mensaje por irius » 16 Nov 2012 19:07

Bueno pues comprobando la Ley del Reglamento de Armas dice esto:

Artículo 105.

1. Para poder llevar y usar las armas de la categoría 4 fuera del domicilio habrán de estar documentadas singularmente, mediante tarjetas de armas, que las acompañarán en todo caso.

Con lo cual supongo que para tenerla dentro del domicilio no es necesario registrarla.

Re: Se necesita licencia para CO2?

Mensaje por josegun » 16 Nov 2012 15:53

Discrepo contigo Irius,ninguna autoridad es nadie para quitarte a ti algo con lo que no has cometido delito.Si por causas diferentes a las armas un juez ordena un registro de la guardia civil en tu casa,porque motivos se las van a llevar?Solo por el hecho de verlas? en el domicilio pueden estar sin documento ni factura,ya que no tengo que demostrar a nadie que son mias,siempre que no las saque del domicilio.Requisarlas asi porque si,en el domicilio es un sinsentido,ya que no estan envueltas en ningun problema.

Re: Se necesita licencia para CO2?

Mensaje por wibols » 16 Nov 2012 14:48

irius escribió:Tú lo has dicho, trasporte y "tenencia". Nadie va a ir a registrar tu casa pero si lo hicieran y no estuviese registrada podrían requisartela.

y si la tienes registrada y te paran para registrarte, a ti, el coche o lo que sea, también te la pueden requisar cuando les de la gana, existen muchas formas de justificar una retirada preventiva del arma.

Re: Se necesita licencia para CO2?

Mensaje por irius » 16 Nov 2012 11:25

Tú lo has dicho, trasporte y "tenencia". Nadie va a ir a registrar tu casa pero si lo hicieran y no estuviese registrada podrían requisartela.

Re: Se necesita licencia para CO2?

Mensaje por kansas » 16 Nov 2012 10:25

A ver la compra es libre. Otra cosa es el uso, transporte etc. Para usarla o transportarla, es obligatorio la obtencion de la correspondiente tarjeta de armas de 4 cat. En algunos municipios te pueden pedir lo que les de la real gana (por ejem.) la afiliacion de tu abuela y el numero de calzoncillo que gastas, con esto queda claro que para tenerla en tu domicilio, sin usarla no tienes obligacion de registrarla, si en algun caso la autoridad competente cree oportuno requisartela, puede hacerlo, ante lo cual debes demostrar que dicha arma es de tu propiedad. La tasrjeta de armas te faculta para el transporte y tenencia de la misma y SIEMPRE debe acompañar a la misma junto al DNI para justificar la propiedad de dicha arma. Despues cada uno puede pensar lo que le de la gana. Un saludo

Re: Se necesita licencia para CO2?

Mensaje por irius » 16 Nov 2012 08:22

La armeria no tiene responsabilidad sobre ello, se limitan a darte las cartulinas para su registro y algunos ni eso, de hecho yo he comprado alguna sin DNI siquiera, el comprador es el responsable de resgitrarla y te puedo asegurar que ahora pidén certificado de penales a la Intervención de la GC.

Re: Se necesita licencia para CO2?

Mensaje por JotaErre » 16 Nov 2012 00:22

irius escribió:Pues creo que incluso para la tenencia es necesrio tenerla registrada, porque ahora se pide a la GC un certificado de penales y como tengas algo no puedes ni siquiera tenerla.


Pues no sé... en todas las armerías en las que he comprado (la última, hace menos de un año), te las venden sin más trámite que mostrar el DNI...

Re: Se necesita licencia para CO2?

Mensaje por CoolTreme » 15 Nov 2012 23:33

luchar escribió:Hola aqui tienes el contracto de Compra-Venta.

CONTRATO DE COMPRA–VENTA PARTICULAR Reunidos por una parte D.: ...........................................................con domicilio en la población de:........................................provincia de............. C/................................................,nº....., .—Código postal: ........ Con D.N.I. nº.:................. como vendedor. Y por la otra parte D.:................................................. con domicilio en la población de: ............................, provincia de: ......................... calle:....................................................., Nº................... ---Código postal: Con D.N.I. nº.:……………………….. , como comprador. Siendo los dos, mayores de edad y en plenas facultades, suscriben este contrato particular de compra-venta, sobre el articulo detallado y el precio pactado, y acatando las leyes vigentes, que rigen este tipo de transacciones. Articulo sujeto a esta transacción: Arma de aire comprimido, reglamentada por el apartado 4ª del Reglamento de Armas: Tipo(*):..................,Marca: ............., Modelo:...................., Número de serie: ........................., Calibre:............. Ambas partes acuerdan su compra-venta del articulo señalado y sus accesorios o complementos, si los hubiese, por la cantidad de euros ESTIMADA ENTRE AMBOS A TÍTULO PRIVADO . Efectuándose la entrega del material mencionado y el pago acordado en el mismo momento de la firma del presente contrato particular de compra-venta. Y para que así conste, firman este documento en ...........................a.......de.........................de2005 ............................................................................................... Nombre, número de D.N.I y firma del comprador. Nombre, número de DNI y firma de vendedor. _________________

Un saludo.
Luchar.


Gracias ;)

Re: Se necesita licencia para CO2?

Mensaje por irius » 14 Nov 2012 22:38

Pues creo que incluso para la tenencia es necesrio tenerla registrada, porque ahora se pide a la GC un certificado de penales y como tengas algo no puedes ni siquiera tenerla.

Re: Se necesita licencia para CO2?

Mensaje por luchar » 14 Nov 2012 21:21

Hola aqui tienes el contracto de Compra-Venta.

CONTRATO DE COMPRA–VENTA PARTICULAR Reunidos por una parte D.: ...........................................................con domicilio en la población de:........................................provincia de............. C/................................................,nº....., .—Código postal: ........ Con D.N.I. nº.:................. como vendedor. Y por la otra parte D.:................................................. con domicilio en la población de: ............................, provincia de: ......................... calle:....................................................., Nº................... ---Código postal: Con D.N.I. nº.:……………………….. , como comprador. Siendo los dos, mayores de edad y en plenas facultades, suscriben este contrato particular de compra-venta, sobre el articulo detallado y el precio pactado, y acatando las leyes vigentes, que rigen este tipo de transacciones. Articulo sujeto a esta transacción: Arma de aire comprimido, reglamentada por el apartado 4ª del Reglamento de Armas: Tipo(*):..................,Marca: ............., Modelo:...................., Número de serie: ........................., Calibre:............. Ambas partes acuerdan su compra-venta del articulo señalado y sus accesorios o complementos, si los hubiese, por la cantidad de euros ESTIMADA ENTRE AMBOS A TÍTULO PRIVADO . Efectuándose la entrega del material mencionado y el pago acordado en el mismo momento de la firma del presente contrato particular de compra-venta. Y para que así conste, firman este documento en ...........................a.......de.........................de2005 ............................................................................................... Nombre, número de D.N.I y firma del comprador. Nombre, número de DNI y firma de vendedor. _________________

Un saludo.
Luchar.

Re: Se necesita licencia para CO2?

Mensaje por EduardoLaporta » 14 Nov 2012 21:10

Hola JoséGun, la circular existe:

Acuerdo CIPAE 15.03.1994.

Transporte de armas de aire comprimido fuera del municipio para el que se tenga documentación:
Sentar el criterio de que, a su juicio transportar un arma de la 4ª categoría o circular con ella fuera del municipio que haya expedido la correspondiente tarjeta de armas, sin llevarla prevenida para usarla, por ejemplo en una maleta o una funda, sin munición, es algo quie puede hacerse, sin necesidad de ninguna documentación especifica y sin infringir con ello ningún precepto RA.

Sacado de un foro de la Policía, no es que me lo hayan contado en el bar.

https://www.foropolicia.es/foros/armas-d ... 91764.html

Un saludo!

Re: Se necesita licencia para CO2?

Mensaje por josegun » 14 Nov 2012 13:59

Hola,Eduardolaporta,esa circular a la que te refieres,de poder circular libremente por el territorio nacional,es aplicable a todo el territorio nacional? valga la redundancia.Me explico,puede haber una comunidad que te diga que no puedes portar el arma por alli, ya que procedes de otra provincia?Nos podemos hacer los usuarios de esa circular,para llegado el caso,enseñarsela a alguien que quiera requisarla?Esto de poder transportarla libremente,ademas de tranquilidad,favorece las amistades lejanas,ya que uno puede viajar para quedar con los amiguetes que esten en otra provincia por ejemplo.Saludos

Re: Se necesita licencia para CO2?

Mensaje por PepePolo72 » 11 Nov 2012 22:04

He repasado todos los post que he publicado y en todos ellos he pretendido dejar claro que mis intervenciones estaban motivadas porque el compañero que ha preguntado hablaba de usarla. Si en algún momento has entendido otra cosa o no me he explicado en ese sentido lo siento, pero de la simple tenencia yo no he realizado manifestación alguna.
Saludos.

Re: Se necesita licencia para CO2?

Mensaje por JotaErre » 11 Nov 2012 21:52

Tú lo has dicho...TRANSPORTE Y USO. No "tenencia".

Y vale, tirar en tu propio domicilio también es usarla, pero mientras no hagas ruído que moleste a los vecinos ni te vea nadie por la ventana, no creo que te venga la policía a casa...

Re: Se necesita licencia para CO2?

Mensaje por PepePolo72 » 11 Nov 2012 21:28

JotaErre, compañero, por suerte o por desgracia no es lo que nos parezca. El Reglamento de Armas dice en el artículo que he citado anteriormente que:
"6. Para llevar y usar armas de la categoría 4 se necesita obtener tarjeta de armas."
Así que no sólo pare el transporte, sino también para el uso. Otra cosa distinta es donde y como la puedes usar, pero ese es otro tema.
Saludos.

Re: Se necesita licencia para CO2?

Mensaje por CoolTreme » 11 Nov 2012 20:57

Bueno, muchas gracias a todos por las respuestas. Tirar tenia pensado hacerlo en mi pueblo. Lugar en el que no estoy empadronado pero en el que hay un campo de tiro prácticamente al lado de mi casa. Así que creo que lo mejor que puedo hacer es pasarme por el ayuntamiento y ver los tramites necesarios. Si no me ponen muchas pegas genial, si me ponen muchas pegas pues nada, a disparar en casa o a salirme al campo que con cuidadito y sin molestar no creo que pase nada. Aunque por supuesto el hacer las cosas dentro de la legalidad es mucho mas tranquilo.
Un saludo!

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