Mensaje por Juan_alberto » 28 Nov 2007 15:21
HEY GRACIAS POR RESPONDER
Pero, tras mirarme la ley, no veo por que ha de ser de dicha aplicacion para los que usamos pcps que no llegan al litro de capacidad
CAPITULO II.-Aparatos a los que se refiere este Reglamento.
Artículo 5.
Se someterá a las prescripciones, inspecciones técnicas y ensayos que determina este Reglamento los aparatos destinados a la producción, almacenamiento, transporte y utilización de los fluidos a presión, en los términos que resulten de las correspondientes Instrucciones Técnicas Complementarias (I. T. C.). No se incluyen en el ámbito de aplicación de este Reglamento los depósitos y cisternas destinadas al transporte de materias peligrosas, que estarán sometidas únicamente a lo dispuesto en el Acuerdo europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR) de 30 de septiembre de 1957 o en el Reglamento Nacional para el Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera, aprobado por Decreto núm. 1754/1976, de 6 de febrero (TPC) según se trate de transportes internacionales o de transportes con origen y destino dentro de nuestro país, así como en las normas de construcción y ensayo de cisternas y disposiciones complementarias.
Los aparatos a que se refiere este Reglamento y que se encuentren instalados o que se instalen en lo sucesivo en actividades afectadas por otras Reglamentaciones específicas, deberán cumplir además lo en ellas dispuesto.
Comprendo y muchisimo que las de submarinismo o scubas, asi como depositos industriales y botellas esten reglamentados, pero no es el caso de los pcp, no hay un I.T.C para ellos, preguntare al de bar, tiene una cafetera que alcanza los x bares de presion cuando se calienta si le afecta algo de esto y que dicen las instrucciones especificas de el fabricante porque es de consumo alimentario y supongo que incluso sera mas restrictivo, pero mientras si la ley española no lo prohibe expresamente no esta prohibido sino en un vacio legal, entonces no siendo de aplicacion por analogia el tratar mi minibotella del pcp como una scuba de la cual he de respirar y me va la vida en ello bajo el agua. Las capsulas de co2 de 60 bares, algunas son solo doraditas sin inscripcion de ningun tipo. ¿sera por el tamaño?
Cuando me ha pasado eso, de vaciarse de golpe el rifle, yo he notado un frio intenso en la mano, pero la valvula directamente se congela, es curiosisimo, menos mal que no es ni medio litro. Pero tampoco lo veo como para iniciar una leyenda negra basada en rumores de un foro, si fuesen siempre ciertos, solo tiraria con la fenix para todo y en vez de un armero reposaria en un altar .
Un saludo y gracias
HEY GRACIAS POR RESPONDER
Pero, tras mirarme la ley, no veo por que ha de ser de dicha aplicacion para los que usamos pcps que no llegan al litro de capacidad
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CAPITULO II.-Aparatos a los que se refiere este Reglamento.
Artículo 5.
Se someterá a las prescripciones, inspecciones técnicas y ensayos que determina este Reglamento los aparatos destinados a la producción, almacenamiento, transporte y utilización de los fluidos a presión, en los términos que resulten de las correspondientes Instrucciones Técnicas Complementarias (I. T. C.). No se incluyen en el ámbito de aplicación de este Reglamento los depósitos y cisternas destinadas al transporte de materias peligrosas, que estarán sometidas únicamente a lo dispuesto en el Acuerdo europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR) de 30 de septiembre de 1957 o en el Reglamento Nacional para el Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera, aprobado por Decreto núm. 1754/1976, de 6 de febrero (TPC) según se trate de transportes internacionales o de transportes con origen y destino dentro de nuestro país, así como en las normas de construcción y ensayo de cisternas y disposiciones complementarias.
Los aparatos a que se refiere este Reglamento y que se encuentren instalados o que se instalen en lo sucesivo en actividades afectadas por otras Reglamentaciones específicas, deberán cumplir además lo en ellas dispuesto.[/color]
Comprendo y muchisimo que las de submarinismo o scubas, asi como depositos industriales y botellas esten reglamentados, pero no es el caso de los pcp, no hay un I.T.C para ellos, preguntare al de bar, tiene una cafetera que alcanza los x bares de presion cuando se calienta si le afecta algo de esto y que dicen las instrucciones especificas de el fabricante porque es de consumo alimentario y supongo que incluso sera mas restrictivo, pero mientras si la ley española no lo prohibe expresamente no esta prohibido sino en un vacio legal, entonces no siendo de aplicacion por analogia el tratar mi minibotella del pcp como una scuba de la cual he de respirar y me va la vida en ello bajo el agua. Las capsulas de co2 de 60 bares, algunas son solo doraditas sin inscripcion de ningun tipo. ¿sera por el tamaño?
Cuando me ha pasado eso, de vaciarse de golpe el rifle, yo he notado un frio intenso en la mano, pero la valvula directamente se congela, es curiosisimo, menos mal que no es ni medio litro. Pero tampoco lo veo como para iniciar una leyenda negra basada en rumores de un foro, si fuesen siempre ciertos, solo tiraria con la fenix para todo y en vez de un armero reposaria en un altar .
Un saludo y gracias