Mensaje por RC67 » 03 Ago 2022 19:21
Pues ya lo tengo, en Catalunya está prohibido cazar con ballesta por que este arma está incluida en el anexo VII de la Llei 42/2007 del Patrimoni Natural i la Biodiversitat, que enumera los métodos prohibidos de captura, muerte y transporte de animales. Esta ley es la transposición de la directiva Directiva 92/43/CEE, por tanto entiendo que en todas las comunidades debería estar prohibida ya que estas directivas son de cumplimiento obligado mediante la elaboración de leyes propias.
Saludos.
Pues ya lo tengo, en Catalunya está prohibido cazar con ballesta por que este arma está incluida en el anexo VII de la Llei 42/2007 del Patrimoni Natural i la Biodiversitat, que enumera los métodos prohibidos de captura, muerte y transporte de animales. Esta ley es la transposición de la directiva Directiva 92/43/CEE, por tanto entiendo que en todas las comunidades debería estar prohibida ya que estas directivas son de cumplimiento obligado mediante la elaboración de leyes propias.
Saludos.