Mensaje por Sergi » 15 Sep 2010 20:36
Artículo 104.1 del reglamento de cartucheria y pirotécnia.
"Carga y recarga de cartuchería por particulares. Para la carga o recarga de cartuchería por particulares se podrá tener almacenados hasta un kilogramo de pólvora, cien unidades de vainas con pistón y cien pistones. Para su almacenamientos se adoptaran las medidas de seguridad que se establecen en la Instrucción técnica complementaria número 15, las cuales también serán de obligado cumplimiento para la recarga de cartuchería no metálica, a pesar de no necesitar autorización alguna."
Artículo 167.4 del reglamento de cartuchería y pirotécnia.
"Los particulares que estén autorizados para la recarga de cartuchería metálica podrán transportar por medios propios hasta 1 kilogramo de pólvora. Esto se aplicará igualmente a los que ejerzan la actividad de recarga de cartuchería no metálica."
De todo lo anterior se deduce que solo se puede comprar 1 kg. de pólvora cada vez.
Un saludo.
Artículo 104.1 del reglamento de cartucheria y pirotécnia.
[size=85]"Carga y recarga de cartuchería por particulares. Para la carga o recarga de cartuchería por particulares se podrá tener almacenados hasta un kilogramo de pólvora, cien unidades de vainas con pistón y cien pistones. Para su almacenamientos se adoptaran las medidas de seguridad que se establecen en la Instrucción técnica complementaria número 15, las cuales también serán de obligado cumplimiento para la recarga de cartuchería no metálica, a pesar de no necesitar autorización alguna."[/size]
Artículo 167.4 del reglamento de cartuchería y pirotécnia.
[size=85]"Los particulares que estén autorizados para la recarga de cartuchería metálica podrán transportar por medios propios hasta 1 kilogramo de pólvora. Esto se aplicará igualmente a los que ejerzan la actividad de recarga de cartuchería no metálica."[/size]
De todo lo anterior se deduce que solo se puede comprar 1 kg. de pólvora cada vez.
Un saludo.