LICENCIA DE ARMAS TIPO E ¿vacio legal?

Publicar una respuesta

Código de confirmación
Introduzca el código exactamente como lo ve en la imagen. Las letras no son sensibles a las mayúsculas y minúsculas.
Emoticonos
:zebFat: :Zeb: :homer: :clint: :papa: :duel-guns: :ghost: :helicopter: :jeep: :police-smiley: :rambo: :saluting-soldier: :ganster: :shoot-soldier: :zombie1: :zombie2: :duelo: :apla: :band: :xpist: :ypist: :pists: :metra: :pist: :rifle: :caba: :cow: :sniper :birra^: :angel^: :tanque^: :vacaciones^: :D :) :( :o :shock: :? 8) :lol: :x :P :oops: :cry: :evil: :twisted: :roll: :wink: :!: :?: :idea: :arrow: :| :mrgreen:

BBCode está habilitado
[img] está habilitado
[Flash] está deshabilitado
[url] está deshabilitado
Emoticonos están habilitados

Revisión de tema
   

Si quiere adjuntar uno o más archivos introduzca los detalles debajo

Expandir vista Revisión de tema: LICENCIA DE ARMAS TIPO E ¿vacio legal?

RE: LICENCIA DE ARMAS TIPO E ¿vacio legal?

Mensaje por KALECOS » 02 Jun 2008 21:27

Gracias por vuestras opiniones. No tendrá mas remedio que esperar, pero me parece una injusticia y una indefensión; para mí, debiera ser igual que el carnet de conducir.

RE: LICENCIA DE ARMAS TIPO E ¿vacio legal?

Mensaje por KALECOS » 02 Jun 2008 21:26

Gracias por vuestras opiniones. No tendrá mas remedio que esperar, pero me parece una injusticia y una indefensión; para mí, debiera ser igual que el carnet de conducir.

RE: LICENCIA DE ARMAS TIPO E ¿vacio legal?

Mensaje por jrdc1 » 01 Jun 2008 23:41

Buenas!

No, no hay vacío legal.

Art. 96.1 del RA:

Nadie podrá llevar ni poseer armas de fuego en territorio español sin disponer de la correspondiente autorización expedida por los órganos administrativos a quienes este Reglamento atribuye tal competencia.[...]

Hasta que no esté en el bolsillo, nada de nada.

De hecho, una vez superada la prueba, viene la etapa de las comprobaciones, y es ahí donde la pueden denegar por los motivos que reglamentariamente se determinan.

Saludos

RE: LICENCIA DE ARMAS TIPO E ¿vacio legal?

Mensaje por molino_paya » 01 Jun 2008 21:01

Que se espere a tenerla en el bolsillo, que si no se va a meter en problemas, además sin la licencia en el bolsillo no va a poder adquirir ningún arma. Y si se la prestan, problema para él y para el que presta.
Una cosa es tenerla aprobada y concedida y otra es "tenerla", no sé si se me entiende lo que quiero decir.

LICENCIA DE ARMAS TIPO E ¿vacio legal?

Mensaje por KALECOS » 01 Jun 2008 20:55

Buenas tardes a todos:

Mi sobrino acaba de aprobar el examen práctico y le han dicho que le remitirán la licencia a su intervención. Al parecer, este trámite puede tardar bastante tiempo.

¿puede utilizar desde este mismo momento su escopeta en tiro al plato, caza, etc... o tiene que esperar a tener fisicamente la licencia?.

Si ha aprobado y lo demás son trámites burocráticos,¿porque no se le expide inmdiatamente un documento que le permita utilizar el arma hasta que le llegue la licencia a su intervención?, ¿hay un vacio legal?.

Que lejos quedan los tiempos en los que nos daban las licencias como churros....

Arriba