Mensaje por Buen_tirador » 07 Oct 2007 21:44
El libro de coleccionista sirve para inscribir en el (por parte del Interventor de Armas) armas antiguas de coleccion (no puedes inscribir una beretta 92, por ejemplo, una walther p-99, son armas actuales) y que esten en estado de tiro, es decir no inutilizadas.
Estas armas, se pueden tener exclusivamente en el domicilio, como objeto de coleccion y por supuesto no puedes hacer fuego con ellas.
Los Certificados BOPE y nominativo (que lo expide el Interventor de Armas de la Guardia Civil), son para armas inutilizadas y tienen el caracter de irreversible, es decir, un arma inutilizada no puede volver a guiarse para su uso, pues tiene que estar inutilizada con caracter irreversible.
El Certificado BOPE, lo expide el Banco de Pruebas de Eibar y puede pasar el arma de un propietario a otro, sin cambio en la titularidad del certificado.
El Certificado nominativo, lo expide el Interventor de Armas, al que le presentas el arma, (el de tu demarcacion, el de la Intervencion de Armas a la que pertenezcas por razon de tu domicilio) y pagas una tasa por su expedicion y tiene valor unicamente para el arma y el propietario que lo solicita. Por lo tanto, si el arma, se enajena el nuevo propietario debe de solicitar un nuevo certificado a su nombre y debe pagar de nuevo la tasa por su expedicion.
Basicamente es eso.
Un saludo al foro.
El libro de coleccionista sirve para inscribir en el (por parte del Interventor de Armas) armas antiguas de coleccion (no puedes inscribir una beretta 92, por ejemplo, una walther p-99, son armas actuales) y que esten en estado de tiro, es decir no inutilizadas.
Estas armas, se pueden tener exclusivamente en el domicilio, como objeto de coleccion y por supuesto no puedes hacer fuego con ellas.
Los Certificados BOPE y nominativo (que lo expide el Interventor de Armas de la Guardia Civil), son para armas inutilizadas y tienen el caracter de irreversible, es decir, un arma inutilizada no puede volver a guiarse para su uso, pues tiene que estar inutilizada con caracter irreversible.
El Certificado BOPE, lo expide el Banco de Pruebas de Eibar y puede pasar el arma de un propietario a otro, sin cambio en la titularidad del certificado.
El Certificado nominativo, lo expide el Interventor de Armas, al que le presentas el arma, (el de tu demarcacion, el de la Intervencion de Armas a la que pertenezcas por razon de tu domicilio) y pagas una tasa por su expedicion y tiene valor unicamente para el arma y el propietario que lo solicita. Por lo tanto, si el arma, se enajena el nuevo propietario debe de solicitar un nuevo certificado a su nombre y debe pagar de nuevo la tasa por su expedicion.
Basicamente es eso.
Un saludo al foro.