Mensaje por jrdc1 » 27 Sep 2007 22:34
Buenas!
La cesión la regula el Art. 91 del RA, y no dice nada de cupos, por lo que se supone que si, que te pueden hacer una cesión. Al fin y al cabo, los cupos son para la adquisición de armas, no?
Saludos
Buenas!
La cesión la regula el Art. 91 del RA, y no dice nada de cupos, por lo que se supone que si, que te pueden hacer una cesión. Al fin y al cabo, los cupos son para la adquisición de armas, no?
Saludos