Mensaje por Tony_Montana » 05 Sep 2007 20:03
Stelios te copio y pego lo que pone en el apartado "Leyes" de esta misma web:
Licencia AEM (Autorización Especial para Menores):
Esta es una licencia especial que autoriza el uso de armas a jóvenes de edades comprendidas entre los 14 y 18 años. Los titulares de esta licencia sólo podrán utilizar las armas para caza o competiciones deportivas especiales. Además, siempre deberán estar acompañados por una persona mayor de edad con licencia D, E, o F.
Esta licencia especial autoriza el uso de las siguientes armas:
-Armas largas con cañón rayado destinadas a la caza mayor.
-Armas largas con cañón rayado empleadas en el tiro deportivo. Deben poseer un calibre 5,6mm (.22) y su munición debe ser de fuego anular.
-Escopetas y armas con cañón liso destinadas a la caza.
-Armas de aire comprimido. La energía cinética de su proyectil en boca debe superar los 24,2 julios.
El titular de esta licencia sólo podrá poseer una única autorización para un arma de cada clase.
Un saludo.
Stelios te copio y pego lo que pone en el apartado "Leyes" de esta misma web:
[b]Licencia AEM (Autorización Especial para Menores):[/b]
Esta es una licencia especial que autoriza el uso de armas a jóvenes de edades comprendidas [b]entre los 14 y 18 años[/b]. Los titulares de esta licencia sólo podrán utilizar las armas para caza o competiciones deportivas especiales. Además, siempre deberán estar acompañados por una persona mayor de edad con [b]licencia D, E, o F[/b].
Esta licencia especial autoriza el uso de las siguientes armas:
-Armas largas con cañón rayado destinadas a la caza mayor.
-Armas largas con cañón rayado empleadas en el tiro deportivo. Deben poseer un calibre 5,6mm (.22) y su munición debe ser de fuego anular.
-Escopetas y armas con cañón liso destinadas a la caza.
-Armas de aire comprimido. La energía cinética de su proyectil en boca debe superar los 24,2 julios.
El titular de esta licencia sólo podrá poseer una única autorización para un arma de cada clase.
Un saludo.