Mensaje por Oscar1975 » 05 Ene 2009 23:54
Ciertamente el R.A no recoge ninguna obligación a los miembros de las FCS de custodiar las armas en ningún tipo de armero, por exactamente el artículo que mencionas:
Art1.4:
Quedan excluidos del ámbito de aplicación de este Reglamento, y se regirán por la normativa especial dictada al efecto, la adquisición, tenencia y uso de armas por las Fuerzas Armadas y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Para el desarrollo de sus funciones también quedan excluidos los establecimientos e instalaciones de dichas Fuerzas y Cuerpos.
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Por ello debería uno irse a la legislación específica, que yo en este momento no tengo a mano, pero creo que en la oficina si que anda por allí, aunque creo que cada cuerpo policial regula su normativa. Pero has hecho lo correcto, yo he visto infinidad de procedimiento de averiguación de hechos, muchos ellos con responsabilidad del titular del armas que se ha perdido o sustraido, por negligencia en su custodia. Lo mejor que podías haber hecho es eso, comprar un armero homologado y que seguramente que si te lo roban o lo extravias (el arma) se te instruya un procedimiento de averiguación de hechos en el que puedes o no resultar responsable de su perdida o sustraccion.
Oscar.
Ciertamente el R.A no recoge ninguna obligación a los miembros de las FCS de custodiar las armas en ningún tipo de armero, por exactamente el artículo que mencionas:
Art1.4:
Quedan excluidos del ámbito de aplicación de este Reglamento, y se regirán por la normativa especial dictada al efecto, la adquisición, tenencia y uso de armas por las Fuerzas Armadas y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Para el desarrollo de sus funciones también quedan excluidos los establecimientos e instalaciones de dichas Fuerzas y Cuerpos.
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Por ello debería uno irse a la legislación específica, que yo en este momento no tengo a mano, pero creo que en la oficina si que anda por allí, aunque creo que cada cuerpo policial regula su normativa. Pero has hecho lo correcto, yo he visto infinidad de procedimiento de averiguación de hechos, muchos ellos con responsabilidad del titular del armas que se ha perdido o sustraido, por negligencia en su custodia. Lo mejor que podías haber hecho es eso, comprar un armero homologado y que seguramente que si te lo roban o lo extravias (el arma) se te instruya un procedimiento de averiguación de hechos en el que puedes o no resultar responsable de su perdida o sustraccion.
Oscar.