FACILIDADES PARA OBTENCION DE ALGUN TIPO DE LICENCIA

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RE: FACILIDADES PARA OBTENCION DE ALGUN TIPO DE LICENCIA

Mensaje por Flobert » 03 Ago 2007 23:53

Aventurero,,,seguro que tu alcalde,,,tiene una "B", igual no le hace falta "escolta armada" cuando esta "currando", de lo contrario,,,ya la tendrias.

RE: FACILIDADES PARA OBTENCION DE ALGUN TIPO DE LICENCIA

Mensaje por ivan1999 » 03 Ago 2007 20:27

Pues aventurero habla con tu alcalde que tienes derecho a la tipo "C" y que te compre un arma ,te lo digo con uso de razón y conocimiento de causa ,¿a que a quedado bien?

BUEN SERVICIO

RE: FACILIDADES PARA OBTENCION DE ALGUN TIPO DE LICENCIA

Mensaje por Flobert » 03 Ago 2007 19:36

RESUMIENDO
..... ¿FACILIDADES PARA OBTENER UN ARMA EN ESTE PAIS ??????



JOJOJOJOJOJOJOJOJOJOJOJOJOJOJO

RE: FACILIDADES PARA OBTENCION DE ALGUN TIPO DE LICENCIA

Mensaje por ivan1999 » 03 Ago 2007 00:20

Vale como te dije hable con un P.L el mas antiguo,me dijo que cuando era auxiliar estuvo 2 años sin ningun tipo de arma,hasta que el ayuntamiento le solicito la licencia tipo "c" y le comprarón el revolver.en cuanto a lo de pasar de auxiliar a policia fué por una derogacion de una la ley, y lo hicieron policia por el morro .
Me ha pasado la nueva ley que regula a la P.L y sus auxiliares es esta LEY 4/2007 DE 20 DE ABRIL .Hasta aqui te puedo ayudar esto fué todo lo que pude averiguar ,

UN ABRAZO Y SUERTE

RE: FACILIDADES PARA OBTENCION DE ALGUN TIPO DE LICENCIA

Mensaje por ivan1999 » 02 Ago 2007 11:23

Llevas razon buen tirador es el camino mar recto ,pero no el definitivo muchas veces, si a cualquier organismo se lo llevamos masticado ,vamos bien documentados,con la ley o reglamentos en la mano y sabemos a lo que tenemos o no derecho. ¿a que la cosa cambia ? si supierais lo que yo he conseguido en tramites que me han dicho que no tenia derecho , y despues he ido documentado y me los han concedido .MI CONSEJO IR A LA I.A PERO DOCUMENTADO,AHI TIENE LA LEY Y EL ART.120 DEL VIGENTE REGLAMENTO,QUE HACE MENCION A LO QUE TIENE DERECHO.

UN SALUDO

RE: FACILIDADES PARA OBTENCION DE ALGUN TIPO DE LICENCIA

Mensaje por Flobert » 02 Ago 2007 11:11

Lo que dice Ivan,,,,,,la "C",..ya que al denominarse "auxiliar",,,,pasas a regirte por el articulo 120 de Reglamento Armas, al menos eso tengo entendido.

RE: FACILIDADES PARA OBTENCION DE ALGUN TIPO DE LICENCIA

Mensaje por aventurero » 02 Ago 2007 07:42

Ivan muchas gracias, eres un fenomeno,de esa asociacion soy miembro fundador.Creo que ya habeis gastado demasiado tiempo en estas cuestiones que solo nos puede resolver la G.C. cuando sepa algo os lo paso,de todos modos he iniciado los tramites de obtencion de la licencia F para matar el gusanillo, cuando pase el verano sera cuestion de sentarse con el señor alcalde y presionarle un poquillo y ver que pasa de todos modos gracias a todos y salud

RE: FACILIDADES PARA OBTENCION DE ALGUN TIPO DE LICENCIA

Mensaje por Buen_tirador » 02 Ago 2007 03:10

Y no vais a darle vueltas, antes de coger el camino correcto que es el de la Intervencion de Armas. O una consulta a la Intervencion Central de Armas en el telefono de atencion y que es un 900 101 062 o al fax 900 102 062 o por correo electronico a sugerencias@guardiacivil.org

Supongo que ya habra mas casos, que habra jurisprudencia sobre el tema, que no vas a ser el primero en solicitarlo.

Un saludo al foro.

RE: FACILIDADES PARA OBTENCION DE ALGUN TIPO DE LICENCIA

Mensaje por ivan1999 » 02 Ago 2007 02:32

Mañana me voy a poner en contacto con los P.L de mi pueblo antiguos auxiliares
y te informare que hicieron para portar armas cuando eran auxiliares,aunque creo que por ahi va la cosa licencia tipo "c"

RE: FACILIDADES PARA OBTENCION DE ALGUN TIPO DE LICENCIA

Mensaje por ivan1999 » 02 Ago 2007 02:21

Artículo 120.

Las empresas de seguridad y en general las entidades u organismos cuya constitución y funcionamiento cumplan los requisitos legalmente prevenidos, de las que dependa reglamentariamente personal de seguridad, podrán poseer las armas necesarias con fines de prestación de servicios, adiestramiento de personal o realización de pruebas de aptitud, obteniendo al efecto la correspondiente autorización de la Dirección General de la Guardia Civil, previa justificación de que cumplen aquellos requisitos y de la necesidad de las armas. La autorización documenta exclusivamente la adquisición de las armas, que estarán a cargo del jefe de seguridad o titular del puesto que designen dichas empresas o entidades, el cual responderá de su correcto uso, así como de la oportuna recuperación de las mismas. La posesión de cada una de las armas se documentará mediante la correspondiente guía de pertenencia expedida a nombre de las empresas, entidades u organismos propietarios. Cuando no sean objeto de utilización, deberán ser custodiadas en locales de las empresas o entidades, que reúnan las adecuadas condiciones de seguridad.ESTO CREO QUE DEJA TODO ACLARADO LICENCIA DE ARMAS TIPO C SOLO Y EXCLUSIVAMENTE PARA EL SERVICIO.

RE: FACILIDADES PARA OBTENCION DE ALGUN TIPO DE LICENCIA

Mensaje por ivan1999 » 02 Ago 2007 02:17

a) Los municipios pueden crear -con carácter voluntario- el servicio de serenos o vigilantes nocturnos.b) Dicho servicio, por implicar ejercicio de autoridad, ha de ser prestado por gestión directa.

c) De no ser prestado por la Policía Local, debe prestarse por auxiliares de la misma, con el carácter de Agentes de la autoridad y auxiliares de la Policía Local.

d) Caso de ser prestado por dicho personal auxiliar, sus funciones consistirían básicamente en la asistencia al vecindario y en la colaboración y auxilio a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en la prevención de la comisión de delitos y en el mantenimiento del orden público.

e) Asimismo, el personal auxiliar de la Policía Local deberá ostentar la condición de funcionario municipal, perteneciente a la escala de servicios especiales de los funcionarios de carrera.

f) En cuanto a la prestación de servicios con armas, debe estarse a lo que establezca el vigente Reglamento de Armas, aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, cuyo artículo 120 y siguientes regulan las licencias para el ejercicio de las funciones de custodia y vigilancia.COMO MUCHO TIENES DERECHO A LA LICENCIA TIPO C LA QUE LA DAN A LOS VIGILANTES DE SEGURIDAD ALGO ES ALGO

RE: FACILIDADES PARA OBTENCION DE ALGUN TIPO DE LICENCIA

Mensaje por ivan1999 » 02 Ago 2007 02:04

AVENTURERO ESTO LO HE CONSEGUIDO EN UNA PAGINA DEL DIARIO DE LA RIOJA CREO QUE ESTA ASOCIACION TE PUEDE AYUDAR . Impulsada por el sindicato CSI- CSIF, ayer quedó formada la Asociación Independiente de Alguaciles y Auxiliares de Policía Local de La Rioja, tras la constitución de una comisión gestora que redactará los estatutos. El colectivo pretende la defensa y el reconocimiento de las labores que desempeñan los alguaciles y auxiliares de Policía Local. /EFE

RE: FACILIDADES PARA OBTENCION DE ALGUN TIPO DE LICENCIA

Mensaje por escarpia » 01 Ago 2007 23:24

Puedes preguntar lo que quieras en la Intervención de Armas.
Eso es un problema de competencias del municipio.
Porque os tienen en esa situación pues no lo entiendo.
Problemas de presupuesto.................
Que más da que tenga 200 que 60.000 habitantes.
Tu estas desprotegido para actual y hacer cumplir la ley.
No salgáis a patrullar, os quedáis en el Ayuntamiento y le decís a los vecinos cual es el teléfono de puesto más cercano de la GC.
Venga ya hombre que estamos en el 2007.
Suerte.

RE: FACILIDADES PARA OBTENCION DE ALGUN TIPO DE LICENCIA

Mensaje por aventurero » 01 Ago 2007 20:13

veo cierta incredulidad por vuestra parte pero en el tema de las policias locales cada provincia tiene su ley marco y de coordinacion.Aqui en la rioja hay que llegar a 11 agentes de momento se esta intentando bajar el numero a 6 pero no se sabe cuando mientras tanto tenemos el rango de agentes de la autoridad o agentes municipales ,aux. de policia local y si me apuras mucha gente todavia nos llama alguaciles.Como dije antes hace 2 meses que saque mi oposicion y el temario era exactamente igual que en ciudades mas grandes de mi provincia que si son policias locales,llevamos el mismo uniforme que ellos y tenemos las mismas funciones pero en esto de las armas se la dan antes a un politico que a nosotros de todos modos preguntare en la intervencion de armas y os mantendre informados .UN SALUDO ESPERO ANSIOSO VUESTROS COMENTARIOS.

RE: FACILIDADES PARA OBTENCION DE ALGUN TIPO DE LICENCIA

Mensaje por FERARRFE » 01 Ago 2007 15:48

El asunto que comentas me parece extraño, en mi pueblo no llegamos a 4.000 habitantes y tenemos 2 policias locales con sus correspondientes pistolas, no son para nada auxiliares, así que no entiendo esa ley que comentas que al ser menos de 5.000 habitantes y menos de 11 policias locales teneis que ser auxiliares :8:8:8
A ver si algún docto en el tema nos aclara el entuerto.
Saludos. :sn:sn:sn

RE: FACILIDADES PARA OBTENCION DE ALGUN TIPO DE LICENCIA

Mensaje por ivan1999 » 01 Ago 2007 15:33

EN MI PUEBLO ERA LO MISMO EL ANTIGUO MUNICIPAL COMO ASI SE LLAMABA ,NO LLEVABA NI UNIFORME,SE PONIA EL UNIFORME GRIS EN LAS FIESTAS Y POCO MAS IBA DE PAISANO, COMO MUCHO LLEVABA LA GORRILLA,PERO YA A LLOVIDO DE ESTO HACE 40 AÑOS ,PERO CUANDO ENTRO EL QUE LE SUPLIO QUE ERA AUXILIAR ,VECINO DE MIS PADRES ,LLEVABA UN REVOLVER ASTRA DE CUATRO PULGADAS QUE LE COMPRO EL AYUNTAMIENTO, YA TODOS LLEVAN GLOCK 17,AUNQUE SEAS DE UNA COMUNIDAD DISTINTA QUIEN CONCEDE LAS LICENCIAS ES LA I.A O LA D.G.G.C. PUES TU ERES UN FUNCIONARIO DE LA ADMINISTRACION LOCAL Y ADEMAS AGENTE DE LA AUTORIDAD ,¿COMO UN VIGILANTE DE SEGURIDAD LA PUEDE PORTAR Y TU NO? ,NO TE PREOCUPES TE INFORMARE AL RESPECTO A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE. NO ES JUSTO QUE UN AGENTE VALLA DESARMADO Y UN DELINCUENTE ARMADO.

UN SALUDO

RE: FACILIDADES PARA OBTENCION DE ALGUN TIPO DE LICENCIA

Mensaje por Buen_tirador » 01 Ago 2007 15:31

La Ley Organica 2/1986 de 13 de marzo de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

En su art. 2º,

Artículo segundo

Son Fuerzas y Cuerpos de Seguridad:

A) Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado dependientes del Gobierno de la Nación.

B) Los Cuerpos de Policía dependientes de las Comunidades Autónomas.

C) Los Cuerpos de Policía dependientes de las Corporaciones Locales.


Un saludo al foro.

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